TEXTO PAGINA: 17
17 NORMAS LEGALES Lunes 2 de diciembre de 2024 El Peruano / N° NOMBRES Y APELLIDOS CARGO 4 NAYELI MERCEDES CONCHA ESPINOZA REGIDORA DISTRITAL5 KEVIN NOE YAULILAHUA PEREZ REGIDOR DISTRITAL6 ANA MARIA LINO CARLOS REGIDORA DISTRITAL Artículo Segundo.- NOTIFICAR la presente resolución al promotor de la solicitud de revocatoria, así como a las autoridades señaladas en el artículo anterior. Artículo Tercero.- COMUNICAR al Jurado Nacional de Elecciones su contenido, para los fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, conforme al Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo n° 009-2024-JUS. Artículo Quinto.- DIFUNDIR los fundamentos de la solicitud de revocatoria conforme al artículo 19 de las Disposiciones para la Admisión de las Solicitudes de Revocatoria de Autoridades Regionales y/o Municipales 2023-2026. Regístrese y comuníquese.ELAR JUAN BOLAÑOS LLANOS Secretario General 2348820-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Prorrogan para el ejercicio 2025, la vigencia de la Ordenanza N° 430/MDLM, Ordenanza que estableció el Derecho de Emisión Mecanizada por la Actualización de Valores de la Declaración Jurada, liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y Distribución para el Ejercicio 2023 ORDENANZA N° 458/MDLM La Molina, 27 de noviembre de 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA POR CUANTO:EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA VISTOS: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen N° 47-2024-MDLM-CAJ de la Comisión de Asuntos Jurídicos, conjunto con el Dictamen N° 017-2024-MDLM-CAFTPCYTI de la Comisión de Administración Financiera, Tributaria, Presupuesto, Cumplimiento y Tecnologías de la Información; el Memorando N° 2546-2024-MDLM-OGAF-OGRH, de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; el Memorando N° 0919-2024-MDLM-OGAF-OA, de la O fi cina de Abastecimiento; el Memorando N° 0780-2024-MDLM-OGAF-OCC, de la O fi cina de Contabilidad y Costos; el Informe N° 0332-2024-MDLM- GAT-SRFT, de la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria; el Informe N° 0038-2024-MDLM-GAT, de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 0331-2024-MDLM-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre el proyecto de Ordenanza que establece la prórroga para el Ejercicio 2025, de la vigencia de la Ordenanza N° 430/MDLM, Ordenanza que establece el derecho de emisión mecanizada por la actualización de valores de la Declaración Jurada, liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y Distribución para el Ejercicio 2023; y, CONSIDERANDO:De conformidad con lo dispuesto por los numerales 8) y 9) del artículo 9 y artículo 40 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, por mayoría de los miembros presentes, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2025, LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA N° 430/MDLM, ORDENANZA QUE ESTABLECE EL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA POR LA ACTUALIZACIÓN DE VALORES DE LA DECLARACIÓN JURADA, LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Y DISTRIBUCIÓN PARA EL EJERCICIO 2023 Artículo Primero.- PRORROGAR para el ejercicio 2025, la vigencia de la Ordenanza N° 430/MDLM, Ordenanza que estableció el Derecho de Emisión Mecanizada por la Actualización de Valores de la Declaración Jurada, liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y Distribución para el Ejercicio 2023; norma rati fi cada por Acuerdo de Concejo N° 468-2022 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; publicadas en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 25 de diciembre de 2022. Artículo Segundo.- FIJAR en S/ 2.20 (Dos con 20/100 soles) el monto por concepto de Derecho de Emisión Mecanizada por la Actualización de Valores de la Declaración Jurada, liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y Distribución para el Ejercicio 2025, en la jurisdicción del Distrito de La Molina por cada contribuyente, monto que será abonado conjuntamente con el pago al contado del Impuesto Predial o, de optar por el pago fraccionado, con la cancelación de la primera cuota. DISPOSICIONES FINALES Primera.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia el 01 de enero del 2025, previa publicación de la misma en el Diario O fi cial “El Peruano”. Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal poner en conocimiento mediante O fi cio, al Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima - SAT, la aprobación de la presente Ordenanza, conforme a lo establecido en la Séptima Disposición Final de la Ordenanza N° 2386-2021 “Ordenanza que sustituye la Ordenanza N° 2085, que aprueba el Procedimiento de Ratifi cación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la provincia de Lima. Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, a la O fi cina General de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística, el cumplimiento y efectiva difusión de la presente Ordenanza, de acuerdo a sus respectivas competencias y atribuciones. Cuarta.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría de Concejo la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística su publicación en la página web de la Municipalidad de La Molina (www.munimolina.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Del mismo modo, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 de la Ordenanza N° 2386-2021 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el integro de la presente Ordenanza se deberá publicar en la página web del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima - SAT, www.sat.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ESTEBAN UCEDA GUERRA GARCÍA Alcalde 2349260-1