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16 NORMAS LEGALES Lunes 2 de diciembre de 2024 El Peruano / Artículo Segundo.- AGRADECER los servicios prestados por el señor consejero doctor Manuel Estuardo Luján Túpez en su calidad de Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Administrativa en el Diario O fi cial El Peruano y en la página web institucional. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución al señor magistrado. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. IMELDA JULIA TUMIALAN PINTO Presidente de Consejo Directivo (e) 2348767-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Admiten solicitud de revocatoria presentada respecto del mandato de las autoridades municipales del distrito de Huamalí, provincia de Jauja, región de Junín RESOLUCION N° 000085-2024-SG/ ONPE Lima, 27 de noviembre de 2024 VISTOS: La solicitud de revocatoria del mandato de autoridades presentada por el promotor GORKI ROBERTO BACILIO VERA; el O fi cio n° 001797-2024/SGEN/RENIEC remitido por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; el Informe n° 001831-2024-SGACTD-SG/ONPE de la Subgerencia de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario; así como el Informe n° 000562-2024-GAJ/ ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: El tercer párrafo del artículo 21 de la Ley n° 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos (LDPCC), establece que las solicitudes de revocatoria de autoridades municipales y/o regionales son presentadas ante la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). Esta entidad resuelve, admitiendo o denegando la solicitud, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario; Con fecha 11 de noviembre de 2024, el promotor GORKI ROBERTO BACILIO VERA presenta su solicitud de revocatoria de las autoridades municipales del distrito de HUAMALÍ, provincia de JAUJA, región de JUNÍN, conforme al siguiente detalle: N° NOMBRES Y APELLIDOS CARGO 1 MARCELO EFRAIN ROSALES EGOAVIL ALCALDE DISTRITAL 2 CARMEN DOLORES CARHUAVILCA CANO REGIDORA DISTRITAL 3 WILDER ALAIN PARIONA RAMOS REGIDOR DISTRITAL 4 NAYELI MERCEDES CONCHA ESPINOZA REGIDORA DISTRITAL 5 KEVIN NOE YAULILAHUA PEREZ REGIDOR DISTRITAL 6 ANA MARIA LINO CARLOS REGIDORA DISTRITAL De acuerdo con el artículo 2 de las Disposiciones para la Admisión de las Solicitudes de Revocatoria de Autoridades Regionales y/o Municipales 2023-2026, aprobadas por Resolución Jefatural n° 000111-2024-JN/ONPE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 1 de junio de 2024, la presente solicitud debe ser tramitada con observancia obligatoria de los preceptos desarrollados en dicho cuerpo normativo; Así, corresponde veri fi car si la presente solicitud cumple con los presupuestos legales establecidos en los artículos 21 y 22 de la LDPCC; y si, además, se ha presentado dentro del plazo previsto por el Jurado Nacional de Elecciones de acuerdo con el cronograma electoral para el trámite de solicitudes para la Consulta Popular de Revocatoria 2025, correspondiente al periodo de gobierno regional y municipal 2023-2026, aprobado por Resolución n° 0120-2024-JNE; En ese sentido, el sustento de la presente solicitud de revocatoria no puede estar referido a causales de vacancia o suspensión ni a delitos; la solicitud debe estar acompañada de fi rmas de, al menos, el veinticinco (25%) de electores de la circunscripción donde ejerza su mandato la autoridad que se pretende someter a revocatoria; y la solicitud debe haberse presentado como máximo el 21 de noviembre de 2024; Al respecto, de la revisión del expediente, se observa que el promotor rea fi rma que los motivos por los cuales pretende la revocatoria de las referidas autoridades municipales son los expuestos en su solicitud de expedición de formatos para la recolección de fi rmas de adherentes (Expediente n° 0010850-2024/ONPE). Estos motivos son: respecto del alcalde, no cumplir con sus promesas electorales; y, respecto de los regidores, no cumplir con sus promesas electorales y no cumplir con fi scalizar. Como se denota, los motivos no están referidos a causales de vacancia o suspensión ni a delitos; Asimismo, de acuerdo con la Constancia del Procedimiento de Veri fi cación de Firmas del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, remitida mediante el o fi cio de vistos, se encuentra acreditado que el número de adherentes a la presente solicitud es superior al veinticinco por ciento (25%) exigido por ley. Efectivamente, de acuerdo con la Resolución n° 0033- 2023-JNE, para el distrito de HUAMALÍ, provincia de JAUJA, región de JUNÍN, el número mínimo de fi rmas de adherentes para promover la revocatoria –esto es, el veinticinco por ciento (25%) del número de electores– asciende a 381 mientras que el promotor ha presentado 394 fi rmas válidas; Por otra parte, como se señaló supra, la presente solicitud fue ingresada el 11 de noviembre de 2024; es decir, dentro del plazo previsto por el Jurado Nacional de Elecciones en el cronograma aprobado por Resolución n° 0120-2024-JNE; Siendo así, corresponde admitir la solicitud presentada por el promotor GORKI ROBERTO BACILIO VERA al haber sido ingresada dentro del plazo establecido por el JNE y al haberse acreditado el cumplimiento de los presupuestos legales previstos en los artículos 21 y 22 de la LDPCC. Por consiguiente, también corresponde hacer públicos los fundamentos de la revocatoria conforme a ley; De conformidad con lo dispuesto en el literal q) del artículo 16 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE aprobado por Resolución Jefatural n° 000125-2024-JN/ONPE, y sus modi fi catorias; y en el artículo 10 de las Disposiciones para la Admisión de las Solicitudes de Revocatoria de Autoridades Regionales y/o Municipales 2023-2026, aprobadas mediante Resolución Jefatural n° 000111-2024-JN/ONPE; Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- ADMITIR la solicitud de revocatoria presentada por el promotor GORKI ROBERTO BACILIO VERA respecto del mandato de las autoridades municipales del distrito de HUAMALÍ, provincia de JAUJA, región de JUNÍN, conforme al siguiente detalle: N° NOMBRES Y APELLIDOS CARGO 1 MARCELO EFRAIN ROSALES EGOAVIL ALCALDE DISTRITAL 2 CARMEN DOLORES CARHUAVILCA CANO REGIDORA DISTRITAL 3 WILDER ALAIN PARIONA RAMOS REGIDOR DISTRITAL