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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (07/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Sábado 7 de diciembre de 2024 El Peruano / ANEXO VALOR DE TASACION DEL ÁREA AFECTADA DE LOS INMUEBLES PARA LA EJECUCION DE LA OBRA: AEROPUERTO “CADETE FAP GUILLERMO DEL CASTILL O PAREDES" UBICADO EN EL DISTRITO DE TARAPOTO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETOS PASIVOSIDENTIFICACION DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE TASACIÓN EN SOLES (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES- CARLOS DANNY DELGADO LOPEZ - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESCÓDIGO: PM1G-AERTARAPOTO-PR-574ÁREA AFECTADA: 0.0026 ha.AFECTACIÓN : PARCIAL 8 242,00LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL AREA AFECTADA TOTAL:*Por el Norte : Colinda con la Calle S/N (Jorge Chávez 95), mediante una línea recta (1-2) con una medida de 4.40 ml. *Por el Este : Colinda con la Prolongación Jorge Chávez, mediante una línea recta (2-3) con una medida de 6.99 ml. *Por el Sur : Colinda con la PE N° 11112112 (Jorge Chávez 84), mediante una línea recta (3-4) con una medida de 4.27 ml. *Por el Oeste: Colinda con la PE Nº 11112111 (Jorge Chávez 83) mediante una línea recta (4-1) con una medida de 6.88 ml.COORDENADAS UTM DEL ÁREA AFECTADA TOTAL VÉRTICE LADODISTANCIA (m.)DATUM - WGS84 - 17 SUR ESTE (x) NORTE (y) 1 1-2 4.40 348708.3377 9279146.1897 2 2-3 6.99 348712.7116 9279146.67403 3-4 4.27 348709.9985 9279140.22764 4-1 6.88 348705.7514 9279139.8104 PARTIDA REGISTRAL: N° 11112111 de la Oficina Registral Tarapoto - Zona Registral N° III - Sede Moyobamba.PARTIDA REGISTRAL: N° 05005689 de la Oficina Registral Tarapoto - Zona Registral N° III - Sede Moyobamba. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL de fecha 08 de mayo de 2024, de acuerdo al Informe Técnico N° 004520-2024-Z. R N° III-SEDE-MOYOBAMBA/UREG/CAT INFORME DE VERIFICADOR CATASTRAL N° 020-2024-JYT, suscrito por el verificador catastral de fecha 15 de mayo de 2024. 2351543-1 Aprueban la creación de la Red de Integridad del sector Transportes y Comunicaciones para fortalecer la prevención de la corrupción RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 724-2024-MTC/01 Lima, 4 de diciembre de 2024VISTO: Los Informes N° 0114-2024-MTC/04.05, N° 0168-2024-MTC/04.05 y N° 0169-2024-MTC/04.05 y el Memorando N° 1023-2024-MTC/04.05 de la Ofi cina de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Memorándum N° 2644-2024-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 092-2017- PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno, quienes tienen a su cargo la implementación y ejecución de la citada norma, en el marco de sus competencias;Que, con Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, se establecen medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción con el objeto de orientar la correcta, transparente y e fi ciente actuación de los/as servidores/as públicos/as y de las entidades públicas con la fi nalidad de contribuir al cumplimiento de las políticas en materia de integridad pública, como parte de las acciones de prevención y lucha contra la corrupción para la consolidación de la democracia, el estado de derecho y el buen gobierno; Que, el numeral IV del Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, aprobado mediante Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, propone como estrategia de implementación, un Modelo de Integridad para las entidades del sector público; el cual, según la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 180-2021-PCM, se mantiene vigente hasta la actualización de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; Que, los literales d) y f) de los numerales 6.2 y 6.3 de la Directiva N° 001-2024-PCM/SIP “Directiva para la incorporación y ejercicio de la función de Integridad en las entidades de la Administración Pública”, aprobada por Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 001-2024-PCM/SIP, respectivamente, establecen que es responsabilidad del Titular de la Entidad liderar la Red de Integridad en el ámbito sectorial, regional, local o del Poder Judicial según corresponda, y de la Máxima Autoridad Administrativa participar en la Red de Integridad en el ámbito sectorial, regional, local o del Poder Judicial según corresponda;