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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (22/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Domingo 22 de diciembre de 2024 El Peruano / institucional autorizada en la citada disposición se aprueba mediante resolución del titular de la entidad para el caso de los pliegos del Gobierno Nacional, y mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal para el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, respectivamente. La resolución del titular de la entidad y el acuerdo del consejo regional se publica en el diario ofi cial El Peruano, y el acuerdo del consejo municipal se pública en la sede digital del gobierno local. Copia de la resolución, acuerdo de consejo regional y acuerdo de consejo municipal, según corresponda, se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. El numeral 4, señala que la indicada disposición entra en vigencia al día siguiente de la publicación de la Ley N° 32185; Que, de conformidad a lo comunicado por la O fi cina de Administración Financiera de la O fi cina General de Administración y por los Viceministerios de Comercio Exterior y de Turismo se requiere aplicar lo dispuesto por la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, mediante el Memorándum N° 1057-2024-MINCETUR/SG/OGPPD que adjunta el Informe N° 0493-2024-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP, la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo en el marco de lo dispuesto por la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 y, sustentado en lo indicado en el considerando precedente, propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la modi fi cación del Presupuesto Institucional Modi fi cado del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el Año Fiscal 2024, reduciéndolo hasta por la suma de S/ 4 494 213,00 (CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS TRECE Y 00/100 SOLES) correspondiendo S/ 2 216 805,00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL OCHOCIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES) a Recursos Directamente Recaudados y S/ 2 277 408,00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHO Y 00/100 SOLES) a Donaciones y Transferencias; Que, en consecuencia, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modi fi catorias; y, la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Autorizar la modi fi cación del Presupuesto Institucional Modi fi cado del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el Año Fiscal 2024, reduciéndolo hasta por la suma de S/ 4 494 213,00 (CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS TRECE Y 00/100 SOLES) correspondiendo S/ 2 216 805,00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL OCHOCIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES) a Recursos Directamente Recaudados y S/ 2 277 408,00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHO Y 00/100 SOLES) a Donaciones y Transferencias, en el marco de lo dispuesto por la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente detalle:INGRESOS (En Soles) FTE. FTO.: RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS1 INGRESOS PRESUPUESTARIOS 2 216 805,00 1.9 SALDOS DE BALANCE 2 216 805,001.9.1 SALDOS DE BALANCE 2 216 805,001.9.1 1 SALDOS DE BALANCE 2 216 805,001.9.1 1.1 SALDOS DE BALANCE 2 216 805,001.9.1 1.1 1 SALDOS DE BALANCE 2 216 805,00 TOTAL INGRESOS 2 216 805,00 EGRESOS (En Soles)SECCION PRIMERA GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 035 : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - Dirección General de AdministraciónFUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 2 216 805,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 2 216 805,00 ------------------- INGRESOS (En Soles) FTE. FTO.: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 1 INGRESOS PRESUPUESTARIOS 2 277 408,00 1.9 SALDOS DE BALANCE 2 277 408,001.9.1 SALDOS DE BALANCE 2 277 408,001.9.1 1 SALDOS DE BALANCE 2 277 408,001.9.1 1.1 SALDOS DE BALANCE 2 277 408,001.9.1 1.1 1 SALDOS DE BALANCE 2 277 408,00 TOTAL INGRESOS 2 277 408,00 EGRESOS (En Soles) SECCION PRIMERA GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 035 : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - Dirección General de AdministraciónFUENTE DE FINANCIAMIENTO 4 : Donaciones y Transferencias GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 2 277 063,00 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 345,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 2 277 408,00 ------------------ El detalle de los egresos del presupuesto asociado a la modi fi cación del Presupuesto Institucional Modi fi cado del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el Año Fiscal 2024, se encuentra en el Anexo “Desagregación de la Reducción del Presupuesto Institucional Modi fi cado del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo” que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Codi fi cación La O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. Artículo 3.- Notas para Modi fi cación Presupuestaria La O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo instruirá a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - Dirección General de Administración para que elabore las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria”, que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4.- Presentación de la Resolución Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto