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16 NORMAS LEGALES Domingo 22 de diciembre de 2024 El Peruano / Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002- 2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 262-2014- EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414-2019- EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Corbeta Luis Andrés MEZA MEDINA, identi fi cado con CIP N° 00024351 y DNI N° 42256499, para que se desempeñe como Secretario Adjunto para Doctrina y Ciberseguridad en la Secretaría de la Red Interamericana de Telecomunicaciones Navales, con sede en la Estación Naval de Mayport, ciudad de Jacksonville, estado de Florida, Estados Unidos de América, del 1 de febrero de 2025 al 31 de enero de 2027, así como autorizar su salida del país el 31 de enero de 2025 y su retorno el 1 de febrero de 2027. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectuará los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasaje aéreo (ida): Lima - Jacksonville, estado de Florida (Estados Unidos de América) clase económicaUS$ 1,200.00 x 1 persona (Incluye Importe TUUA) US$ 1,200.00 Gasto de Traslado (ida): (Equipaje, bagaje e instalación) US$ 6,416.28 x 1 compensación x 1 persona US$ 6,416.28 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero:US$ 6,416.28 x 11 meses (feb.- dic.) x 1 persona US$ 70,579.08 -------------------- Total a pagar: US$ 78,195.36 Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en comisión de servicio, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú, del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El O fi cial Superior comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El citado O fi cial Superior revistará en la Dirección General del Personal de la Marina de Guerra del Perú, por el periodo que dure la comisión de servicio en el exterior. Artículo 8.- El referido O fi cial Superior está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2356434-1 Aprueban tres Llamamientos Ordinarios correspondientes al Año Fiscal 2025 en la Marina de Guerra del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01760-2024-DE Lima, 20 de diciembre del 2024VISTOS: El Ofi cio N° 10286/51 de la Secretaría del Comandante General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 04522-2024-MINDEF/VRD-DGRRHH de la Dirección General de Recursos Humanos; el Informe Técnico N° 00169-2024-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEM de la Dirección de Personal Militar; y, el Informe Legal N° 02357-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 163 de la Constitución Política del Perú establece que el Estado garantiza la seguridad de la Nación, mediante el Sistema de Defensa Nacional, indicando, además, que toda persona natural o jurídica está obligada a participar en la Defensa Nacional conforme a Ley; Que, el artículo 165 de la Carta Magna dispone que las Fuerzas Armadas tienen como fi nalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República; Que, el artículo 47 de la Ley Nº 29248, Ley del Servicio Militar, concordante con el artículo 52 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 003-2013-DE, señala que el llamamiento ordinario busca satisfacer los requerimientos de personal para el Servicio Militar Acuartelado y es dispuesto anualmente, mediante Resolución Ministerial, en las fechas que determine cada Institución de las Fuerzas Armadas, comprendiendo a los inscritos de la última clase y a los de las clases anteriores, de acuerdo a las necesidades de efectivos para la Seguridad y Defensa Nacional; Que, mediante el O fi cio N° 10286/51, la Secretaría del Comandante General de la Marina de Guerra del Perú solicita aprobar los llamamientos ordinarios correspondientes al Año Fiscal 2025 en la citada Institución Armada, para la incorporación voluntaria al Servicio Militar en el Activo del personal de la clase 2007 y clases anteriores, mediante la modalidad de Acuartelado; de acuerdo con lo señalado en el Informe Técnico de la Jefatura del Departamento de Reservas Navales y Movilización de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, que sustenta la necesidad de realizar tres (3) llamamientos ordinarios para el Año Fiscal 2025; Que, a través del O fi cio N° 04522-2024-MINDEF/VRD- DGRRHH, la Dirección General de Recursos Humanos