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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (22/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Domingo 22 de diciembre de 2024 El Peruano / VISTOS, los documentos que conforman el Expediente Nº DICOPRO2024-INT-0975096; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 29614, se crea la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua (UNIFSLB), como persona jurídica de derecho público interno, con sede en el distrito de Bagua, provincia de Bagua, departamento de Amazonas; Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan; Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, modi fi cado mediante las Resoluciones Viceministeriales Nº 055-2022-MINEDU y Nº 053-2023-MINEDU, ( en adelante, Documento Normativo) dispone que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercen los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda; Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MINEDU, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015- MINEDU; disponen, como algunas de las funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia; Que, el literal g) del artículo 148 del ROF del MINEDU establece como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, el proponer los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como proponer su conformación; Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del MINEDU, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa que les resulte aplicable; Que, con la Resolución Viceministerial Nº 144-2024-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la UNIFSLB, quedando integrada por el señor JOSE OCTAVIO RUIZ TEJADA, como Presidente; al señor DULIO OSEDA GAGO, como Vicepresidente Académico; y, el señor TIBURCIO RUFINO SOLANO LEON, como Vicepresidente de Investigación; Que, mediante la Carta Nº 027-2024-UNMSM-FE- EPE-DOG, el señor DULIO OSEDA GAGO presenta su renuncia al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la UNIFSLB; Que, mediante el O fi cio Nº 452-2024-UNIFSLB/P, el Presidente de la Comisión Organizadora de la UNIFSLB remite el Acta de instalación de la comisión organizadora, donde se deja constancia de la asistencia del Presidente y Vicepresidente de Investigación de la referida Comisión Organizadora; asimismo, con correo electrónico institucional del 18 de diciembre de 2024, la Jefa de Recursos Humano de la UNIFSLB, informa que el señor DULIO OSEDA GAGO no se ha apersonado a ejercer el cargo de Vicepresidente Académico de la referida Comisión Organizadora; Que, con el O fi cio Nº 02306-2024-MINEDU/VMGP- DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria, remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe Nº 00223-2024-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, por medio del cual, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, sustenta y propone se emita la resolución viceministerial que disponga: (i) Dejar sin efecto la designación del Vicepresidente Académico de la mencionada Comisión Organizadora, dispuesta en el artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 144-2024-MINEDU; y, (ii) Designar al señor JUAN MANUEL ANTON PEREZ en el citado cargo; Que, mediante el Informe Nº 01731-2024-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Viceministerial conforme a lo sustentado por la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Ley Nº 29614, que crea la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, modi fi cado por las Resoluciones Viceministeriales Nº 055-2022-MINEDU y Nº 053-2023-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la designación del señor DULIO OSEDA GAGO, como Vicepresidente Académico de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua, dispuesta en el articulo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 144-2024-MINEDU. Articulo 2.- Designar al señor JUAN MANUEL ANTON PEREZ, en el cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA Viceministra de Gestión Pedagógica 2356534-1 ENERGÍA Y MINAS Aprueban como empresa calificada para efecto de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, a la empresa JOYA SOLAR S.A.C., para el desarrollo del proyecto “San Martín Solar (Ex La Joya Solar) – Línea de Transmisión en 220 kV S.E. San Martín Solar - S.E. San José” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 465-2024- MINEM/DM Lima, 19 de diciembre de 2024VISTOS: La solicitud de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto