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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (23/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Lunes 23 de diciembre de 2024 El Peruano / OPP, emite el informe previo favorable, respecto a la referida transferencia fi nanciera, por el monto ascendente a S/4 130 00.00, en atención a lo dispuesto en el numeral 13.2 del artículo 13 de la citada Ley N° 31953 y en el marco de sus competencias atribuidas en el Reglamento de Organización y Funciones del OTASS; asimismo, adjuntó la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 1140-2024; Que, mediante Informe Legal N.º 000405-2024-OTASS- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica en consideración a lo sustentado en los informes técnicos de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la Dirección de Gestión y Financiamiento, y en el marco de lo dispuesto en el literal e) del numeral 131 y el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 31953, opina que es legamente viable que se expida la resolución directoral que autoriza la transferencia fi nanciera; Que, con Informe N° 000324-2024-OTASS-GG de fecha 21 de diciembre de 2024, la Gerencia General informa a la Dirección Ejecutiva que ha efectuado la revisión del expediente administrativo y encontrándolo conforme, remite los actuados para la continuación del procedimiento correspondiente; Con el visado de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Gestión y Financiamiento, y de la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 009-2024-VIVIENDA que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado con el Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA y la Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE, y la Directiva DIR-002-2024-OTASS-DO – Versión N° 01, aprobada con Resolución de Consejo Directivo N° 000016-2024-OTASS-CD; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de transferencia fi nanciera Autorizar la transferencia financiera del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, hasta por la suma de S/4’130,000.00 (Cuatro Millones Ciento Treinta Mil con 00/100 soles), a favor de la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO GRAU SOCIEDAD ANÓNIMA – EPS GRAU S.A., con cargo a los recursos asignados en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada a financiar la Ficha Técnica: FC-008-2024-GO-032, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2024 de la Sección Primera: Gobierno Central, Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000857: Prestadores reciben Asistencia Técnica y Financiera para la prestación del servicio, Actividad 5006196: Asistencia Técnica y Financiera a los Prestadores, Meta Presupuestal 080: Asistencia técnica y fi nanciera a los Prestadores, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 6: Gastos de capital, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias; Sub Genérica de Gasto 2.4.2: Donaciones y Transferencias de Capital, Detalle de la Especí fi ca de Gasto: 2.4.2.3.1.4: A otras Entidades Públicas.Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución son destinados exclusivamente, bajo responsabilidad, a los fi nes para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo y seguimiento El órgano competente del OTASS, realiza el monitoreo y seguimiento al cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi eren los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 5.- Copia informativa Remitir copia informativa de la presente Resolución a la O fi cina de Administración, a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a la Dirección de Gestión y Financiamiento, a la Dirección de Operaciones, a la Dirección de Monitoreo y Evaluación; y, a la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO GRAU SOCIEDAD ANÓNIMA – EPS GRAU S.A., para los fi nes correspondientes. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el diario o fi cial El Peruano; y en la sede digital del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS HERNAN CONTRERAS BONILLA Director Ejecutivo ANEXO ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO GRAU SOCIEDAD ANÓNIMA – EPS GRAU S.A. CÓDIGO DE LA FICHA TÉCNICA NOMBRE DE LA INTERVENCIÓNPRESUPUESTO S/ FC-008-2024- GO-032“ADQUISICION DE EQUIPO DE BOMBEO EN EL(LA) SISTEMA DE ALCANTARILLADO DE LA EBAR EL CORTIJO AH. MIGUEL CORTES DIS-TRITO DE CASTILLA, PROVINCIA PIU-RA, DEPARTAMENTO PIURA” con CUI N° 26566374 130 000.00 MONTO A TRANSFERIR (S/) S/4 130 000.00 2356549-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL Designan Intendente de la Intendencia de Lima Metropolitana de la SUNAFIL RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 279-2024- SUNAFIL Lima, 20 de diciembre de 2024 VISTOS: El Memorándum N° 220-2024-SUNAFIL/SP, de fecha 19 de diciembre de 2024, de Superintendencia; el Informe N° 548-2024-SUNAFIL/GG/ORH, de fecha 20 de diciembre de 2024, de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe N° 744-2024-SUNAFIL/GG-OAJ, de fecha 20 de diciembre de 2024, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, demás antecedentes; y,