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196 NORMAS LEGALES Domingo 29 de diciembre de 2024 El Peruano / Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8 del Artículo 9° y el Artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto UNANIME de los señores regidores, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL FIJAN EL MONTO MINIMO DEL IMPUESTO PREDIAL, IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR Y ESTABLECEN FECHAS DE VENCIMIENTO DEL IMPUESTO PREDIAL, IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR Y ARBITRIOS MUNICIPALES, PARA EL EJERCICIO 2025 Artículo 1º.- IMPUESTO MÍNIMO PREDIAL Y AL PATRIMONIO VEHICULAR Fijar como monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predial e Impuesto al Patrimonio Vehicular para el Ejercicio Fiscal 2025, el equivalente al 0.6% de la UIT vigente al 01 de enero del 2025 para el Impuesto Predial, y del 1.5% de la UIT vigente al 01 de enero del 2025 para el Impuesto al Patrimonio Vehicular. Artículo 2°.- ESTABLECER las fechas de vencimiento de las cuotas correspondientes al Impuesto Predial e Impuesto al Patrimonio Vehicular de conformidad a los artículos 15° y 35° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal respectivamente para el ejercicio 2025 como se indica: • Pago al contado : hasta el 28 de febrero• Pago fraccionado :1° cuota : hasta el 28 de febrero 2° cuota : hasta el 30 de mayo3° cuota : hasta el 29 de agosto4° cuota : hasta el 28 de noviembreDe la segunda a la cuarta cuota serán reajustadas con la variación del índice de precios al por mayor que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática, por el periodo comprendido entre el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente a la fecha de pago. Artículo 3º.- ESTABLECER las fechas de vencimiento de las cuotas trimestrales para la recaudación de los Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio Fiscal 2025, las cuales vencen: 1° cuota : hasta el 31 de marzo 2° cuota : hasta el 30 de junio3° cuota : hasta el 30 de setiembre4° cuota : hasta el 31 de diciembre Artículo 4º.- ESTABLECER que la presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y/o diario encargado de las publicaciones judiciales y regirá hasta el 31 de diciembre de 2025. Artículo 5°.- ENCÁRGUESE el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria y demás unidades orgánicas que resulten competentes; a la O fi cina de Secretaria General e Imagen Institucional su publicación en el diario o fi cial El Peruano y/o diario encargado de las publicaciones judiciales y la Gerencia de Tecnologías de la Información y comunicación, su publicación en el portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Santa: www.munisanta.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase.LUIS FERNANDO GAMARRA ALOR Alcalde 2350217-1 Portal de Gestión de Atención al Cliente 915 248 103915 248 103Escanea el código QR pgaconsulta@editoraperu.com.pepgaconsulta@editoraperu.com.pe eeeSZ^S`cO\]^S^UOSimplificando acciones, agilizando procesos SENCILLO Herramienta amigable para publicar dispositivos en la separata Normas Legales. RÁPIDO Agiliza los trámites de publicación utilizando canales virtuales. SEGURO Trámite validado mediante firma digitaldel responsable de la institución. La solución digital para publicar normas legales y declaraciones juradas en El Peruano. Escanea el códódddódigigigigigigigoooooo o oQRRQRQRQRQRQRQRQQ dódódód plificand o accioness s