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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (29/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 182

182 NORMAS LEGALES Domingo 29 de diciembre de 2024 El Peruano / Que, el numeral 8) del artículo 9 de Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es atribución del Concejo Municipal el aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Por su parte, el artículo 39 indica que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. En este orden de ideas, el artículo 40° de la misma Ley indica que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, la Cuarta Disposición Transitoria Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF faculta a las Municipalidades a cobrar por el Servicio de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación de impuesto y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 01 de enero de cada ejercicio; Que, por medio de la Ordenanza N° 340-2023- MDL de fecha 30 de octubre del 2023 y publicada en el diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre del 2023, se aprobó la - “Ordenanza Municipal que determina el monto por el servicio del derecho de emisión mecanizada de actualización de los valores tributarios, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales y la distribución a domicilio correspondiente para el ejercicio fi scal 2024 en el distrito de Lurigancho - Chosica”, rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo N° 559, publicados en el diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2023; Que, con el Informe N° 000500-2024-MDL/SGROC la Subgerencia Registro y Orientación al Contribuyente, señala que siendo vital la emisión de la cuponera 2025, es necesario disponer de los instrumentos legales y administrativos necesarios para darle validez legal a la liquidación de la deuda tributaria. Actualmente se encuentra vigente la Ordenanza N° 347 que aprobó el régimen tributario de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2025 del distrito de Lurigancho Chosica. Siendo importante complementar con el instrumento legal que determina el monto por el servicio del derecho de emisión mecanizada a fi n de tener en el presente ejercicio fi scal 2024 el documento normativo complementario para la liquidación de arbitrios 2025, se debe prorrogar la Ordenanza N° 340-2023- MDL “Ordenanza que determina el monto por el servicio de derecho de emisión mecanizada de actualización de los valores tributarios, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales y la distribución a domicilio correspondiente para el ejercicio fi scal 2024 en el distrito de Lurigancho Chosica”, toda vez que es importante iniciar las acciones de cobranza el primer día hábil del ejercicio fi scal 2025. Que, con el Informe N° 000177-2024-MDL/GAT la Gerencia de Administración Tributaria solicita elevar al Concejo Municipal el proyecto de ordenanza que aprueba la prórroga de la Ordenanza N° 340-2023-MDL “Ordenanza que determina el monto por el servicio de derecho de emisión mecanizada de actualización de los valores tributarios de los valores tributarios, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales y la distribución a domicilio correspondiente para el ejercicio fi scal 2024 en el distrito de Lurigancho Chosica” para el ejercicio fi scal 2025, para su deliberación y posterior aprobación, ello en conformidad al Informe técnico de Costos; Que, con el Informe N° 000769-2024-MDL/OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable respecto a la aprobación del proyecto de Ordenanza Municipal que prorroga para el 2025 la Ordenanza que determina el monto por el servicio del derecho de emisión mecanizada de actualización de los valores tributarios, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales y la distribución a domicilio, aprobado con la Ordenanza N° 340-2023-MDL, en aplicación de lo dispuesto en la Séptima Disposición Final de la Ordenanza N° 2386-2021; debiendo ser puesto a consideración del Concejo Municipal para su aprobación, de conformidad con el numeral 8 del artículo 9º, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con lo estipulado en el artículo 40º de la misma Ley Orgánica. Que, con el Memorándum N° 004510-2024-MDL/GM la Gerencia Municipal remite los actuados a la O fi cina General de Secretaria General para ponerlo a disposición del Concejo Municipal para su pronunciamiento; Que, con el Dictamen N° 007-2024-CPDEyT/MDL de la Comisión Permanente de Desarrollo Económico y Turismo, recomienda al Concejo Municipal la aprobación de la prórroga de para el 2025, la Ordenanza N° 340-2023-MDL “Ordenanza que determina el monto por el servicio de derecho de emisión mecanizada de actualización de los valores tributarios, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales y la distribución a domicilio correspondiente para el ejercicio fi scal 2024 en el distrito de Lurigancho Chosica”; Estando a lo expuesto y de conformidad con el numeral 8) y 9) del artículo 9 y el primer párrafo del artículo 39 y 40 de la Ley N° 29792, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Distrital de Lurigancho por UNANIMIDAD aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL 2025, LA ORDENANZA N° 340-2023-MDL “ ORDENANZA QUE DETERMINA EL MONTO POR EL SERVICIO DE DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE LOS VALORES TRIBUTARIOS, DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Y LA DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO CORRESPONDIENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024 EN EL DISTRITO DE LURIGANCHO CHOSICA” Artículo Primero.- PRORROGAR para el 2025, la Ordenanza N° 340-2023-MDL “Ordenanza que determina el monto por el servicio de derecho de emisión mecanizada de actualización de los valores tributarios, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales y la distribución a domicilio correspondiente para el ejercicio fi scal 2024 en el distrito de Lurigancho Chosica”, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 559. Artículo Segundo.- FIJAR en S/ 6.47 (Seis con 47/100 Soles). El monto por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de declaración jurada y determinación del Impuesto Predial; tal como lo establece la Ordenanza Nº 340-2023-MDL, rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo N°559. Y, por cada predio adicional se abonará S/ 1.50 (Un sol con 50/100 Soles), por el derecho mencionado. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia el 01 de enero de 2025, previa publicación de la presente Ordenanza en el diario o fi cial El Peruano. Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la O fi cina de Gestión y Gobierno Digital, a la o fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional y a las Unidades Orgánicas involucradas el cumplimiento de la presente ordenanza. Tercera.- Dejar sin efecto cualquier norma que se oponga a la presente Ordenanza. Cuarta.- Facúltese al Sr. Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias que fuesen necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Quinta.- En atención a lo señalado en el Artículo 19° de la Ordenanza N° 2386-MML, la presente ordenanza, así como los anexos que forman parte integrante de la misma podrán ser consultados en el Portal Web de la Municipalidad de Lurigancho: (www.munichosica.gob.pe), así como en la dirección electrónica establecida por el Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.sat.gob.pe.