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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (31/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 288

TEXTO PAGINA: 286

286 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2024 El Peruano / Estándar de la Municipalidad Distrital de San Antonio https://munisanantonio-mariscalnieto.gob.pe/. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla.Dado en la Sede de la Municipalidad Distrital de San Antonio, a los 15 días del mes de noviembre del año 2024. SANTOS EULOGIO VILLEGAS MAMANI Alcalde 2358087-1 Aprueban la adecuación del Manual de Clasificador de Cargos – MCC de la Municipalidad Distrital de San Antonio RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 398-2024 -A/MDSA San Antonio, 20 de diciembre del 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO VISTOS:El Informe Nº 2625-2024-MDSA/GM/OGA/OGRH de fecha 13 de diciembre del 2024, Informe Nº 006-2024- MDSA/GM/OGPP/OPM/RP-LPCHN/ILCCH de fecha 19 de diciembre del 2024, Informe Nº 0385-2024-MDSA/GM/ OGPP/OPM/RP-LPCN de fecha 19 de diciembre del 2024, Informe Nº 683-2024-MDSA/GM/OGPP/OPM de fecha 19 de diciembre del 2024, Informe Nº 446-2024-OGPP- GM-MDSA de fecha 19 de diciembre del 2024, Informe Nº 2662-2024-MDSA/GM/OGA/OGRH de fecha 20 de diciembre del 2024, Informe Legal Nº 1035-2023-MDSA/GM/OGAJ de fecha 20 de diciembre del 2024, Informe Nº 743-2024-MDSA/A/GM de fecha 20 de diciembre del 2024; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 30305, “las municipalidades provinciales y distritales, son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Así mismo, el Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo I, señala “(…) Las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes”; el Articulo II, establece: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, conforme a los dispuesto en el inciso 6) del artículo 20º, concordante con lo dispuesto en el artículo 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe como una de las atribuciones del Alcalde la de dictar Resolución de Alcaldía y por las cuales aprueba y resuelve, los asuntos de carácter administrativo; si mismo el artículo 38º de la misma Ley, el ordenamiento jurídico de las municipalidades está constituido por las normas emitidas por los órganos de gobierno y administración municipal de acuerdo al ordenamiento jurídico nacional. las normas y disposiciones municipales se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa, así mismo el artículo 39º. El alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía. Por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo; Información actualizada a su alcance andina.pe DESEAS QUE SU NEGOCIO CREZCA Y TENER MÁS CLIENTES Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima • Central Telefónica: (01) 315-0400 CONTACTO COMERCIAL 996 410 162 915 248 092 ventapublicidad@editoraperu.com.pe