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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (31/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 288

TEXTO PAGINA: 275

275 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2024 El Peruano / mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Segunda.- Publicación en la webEl texto íntegro de la presente ordenanza, así como su anexo, serán publicados, el mismo día de su publicación en el diario ofi cial, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa: www.munihuachipa.gob.pe/transparencia, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe y en la página web del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT: www.sat.gob.pe. Segunda.- Cronograma de vencimientosLos vencimientos de los arbitrios municipales se ajustarán, para el año 2025, al siguiente cronograma: BIMESTRE ARBITRIOS VENCIMIENTO 1° Enero - febrero 28 de febrero del 2025 2° Marzo - abril 30 de abril del 2025 3° Mayo - junio 30 de junio del 2025 4° Julio - agosto 29 de agosto del 2025 5° Setiembre - octubre 31 de octubre del 2025 6° Noviembre - diciembre 31 de diciembre del 2025 POR TANTO: Al promulgarla, mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los doce días de diciembre del dos mil veinticuatro. RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde ANEXO 01 INFORME TÉCNICO FINANCIERO QUE ESTABLECE LAS TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES POR LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO EN EL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA PARA EL EJERCICIO 2025 I. ASPECTOS GENERALES Y ANTECEDENTES NORMATIVOS Con Ordenanza N° 2418-2021, publicado el 29 de diciembre del 2021 en el Diario Ofi cial “El Peruano”, se aprueba LAS TASAS, DE ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA (BARRIDO DE CALLES Y RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS), PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA PARA EL EJERCICIO 2022. Para el año 2023 mediante Ordenanza N° 2513-2022, publicado el 21 de diciembre del 2022 en el Diario Ofi cial “El Peruano”; se aprueba las tasas, de arbitrios de limpieza pública (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), parques y jardines y seguridad ciudadana de la Municipalidad Centro Poblado Santa María de Huachipa, para el ejercicio 2023 , el cual se ha reajustado el costo y las tasas con el Índice de Precios al Consumidor-IPC acumulado de enero a mayo de 2022 aprobado por Resolución Jefatural Nº 113-2022-INEI, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 1 de junio de 2022, cuya variación de índice de precios al consumidor es de 3.21%. Para el año 2024 mediante Ordenanza N° 2584-2023, publicado el 16 de diciembre del 2023 en el Diario Ofi cial “El Peruano”; se aprueba las tasas, de arbitrios de limpieza pública (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), parques y jardines y seguridad ciudadana de la Municipalidad Centro Poblado Santa María de Huachipa, para el ejercicio 2024 , el cual se ha reajustado el costo y las tasas con el Índice de Precios al Consumidor- IPC acumulado de enero a julio de 2023 aprobado por Resolución Jefatural Nº 210-2023-INEI, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 1 de agosto de 2023, cuya variación de índice de precios al consumidor es de 2.92%. La potestad tributaria de crear, modifi car y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos es otorgada a los gobiernos locales mediante los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Perú, siempre que sea dentro de su jurisdicción y con los límites que la ley establece; esta Carta Magna, en su artículo 194º, otorga autonomía a las Municipalidades, la que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, lo que es concordante con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Asimismo, la norma IV del Título Preliminar del Código Tributario, concordantemente con lo establecido en el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece las pautas para crear, modifi car y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que la ley señale, siendo la formalidad, en el caso específi co de los gobiernos locales, a través de Ordenanza Municipal; El precitado artículo 40º de la Ley Nº 27972, establece la formalidad que deben utilizar las municipalidades distritales en materia tributaria, disponiendo que las tasas deben ser ratifi cadas por la Municipalidad Provincial, lo que se encuentra regulado en nuestro caso por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante la Ordenanza N° 2386-MML publicada en el diario ofi cial “El Peruano” el 26 de agosto de 2021 que sustituye la Ordenanza N° 2085 y aprueba el procedimiento de ratifi cación de ordenanzas tributarias en el ámbito de la provincia de Lima, la que estipula el procedimiento específi co de ratifi cación de las ordenanzas en esta materia y mediante la Directiva Nº 001-06-00000035 - Directiva sobre Determinación de Costos de los Servicios Aprobados en Ordenanzas Tributarias Distritales de la Provincia de Lima, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT); El Artículo 8º de la Ordenanza Nº 2386 antes mencionada, establece que: “Las municipalidades podrán solicitar la ratifi cación de la Ordenanza que actualice los arbitrios Municipales del ejercicio precedente en función del IPC, en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 69-Bº de la Ley de Tributación Municipal…”, asimismo establece los requisitos para tal fi n; El Instituto Nacional de Estadística e Informática, mediante Resolución Jefatural Nº 205-2024-INEI, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 01 de setiembre del 2024, aprueba los Índices de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y de Lima Metropolitana correspondientes al mes de agosto 2024, la variación porcentual acumulada del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana es de 2.1% (dos con 10/100 por ciento); Que la Sub Gerencia de Gestión Ambiental y Residuos Sólidos y la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, siendo las áreas prestadoras de los servicios de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, mantenimiento de áreas verdes y seguridad ciudadana, informan que los niveles de prestación de dichos servicios, en el periodo de enero a mayo del presente año y los que se han programado de junio a diciembre, se están cumpliendo de acuerdo a las metas y objetivos establecidos en el presente ejercicio. Así mismo, informan que los servicios de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, mantenimiento de áreas verdes y seguridad ciudadana, en el ejercicio 2025 se realizaran con el mismo personal, materiales, equipos y herramientas considerados en las estructuras de costos del ejercicio 2024, y no se tiene previsto realizar contratación de personal adicional respecto a la cantidad que actualmente viene laborando, ni nuevas adquisiciones; La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, señala que el nivel de cumplimiento de los gastos efectuados por los servicios de barrido de calles, recolección de residuos