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282 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2024 El Peruano / Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, así como DISPONER que la Ofi cina General de Tecnologías de la Información disponer efectué la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Morropón. Artículo Séptimo.- NOTIFICAR, la presente Ordenanza, a todos los órganos internos de la Municipalidad Provincial de Morropón, para los fi nes de Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JULIO CÉSAR CÓRDOVA GÁLVEZ Alcalde Provincial (e) * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2355685-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO Ordenanza que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines Públicos y Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital de San Antonio para el año 2025 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL NIETO ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013-2024- MPMN Moquegua, 19 de diciembre de 2024 EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”:VISTOEn “Sesión Ordinaria” del 18-12-2024, el Dictamen Nº 005-2024-CODUAAT-MPMN de Registro Nº 2454550- 2024 de fecha 12-12-2024, sobre Ratifi cación de la Ordenanza Municipal Nº 016-2024-MDSA del 15-11-2024 de la Municipalidad Distrital de “San Antonio”. POR CUANTO: El Concejo Provincial de “Mariscal Nieto”, en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, al amparo de la Ley Nº 27972 del 26-05-2003, Ley Nº 8230 de fecha 03-04-1936 y TUO de la Ley de Tributación Municipal aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, ha aprobado en “Sesión Ordinaria” de fecha 18-12-2024, la siguiente: ORDENANZA: Artículo Único.- Ratifi car la Ordenanza Municipal Nº 016-2024-MDSA del 15-11-2024, que aprueba el “Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital de San Antonio, para el Año 2025. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.JOHN LARRY COAYLA AlcaldeMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2024- MDSA EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio, Provincia Mariscal Nieto, Región Moquegua; en Sesión Ordinaria Nº 021-2024-CM/MDSA celebrada el 07 de noviembre del 2024, conforme a las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y demás normas complementarias; VISTOS: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio en Sesión Ordinaria Nº 021-2024-CM- MDSA de fecha 07 de noviembre del 2024; Vistos: Informe Nº 2430-2024-MDSA/GM/GSM de fecha 15 de agosto del 2024, Informe 0380-2024-MDSA/GM/GAT de fecha 05 de julio del 2024, Informe Nº 502-2024-MDSA/ GM/OGPP/OPM de fecha 23 de setiembre del 2024, Informe Nº 344-2024-OGPP/GM/MDSA de fecha 26 de setiembre del 2024, Informe Legal Nº 830-2024-OGAJ/ GM/MDSA de fecha 03 de octubre del 2024, Informe Nº 561-2024-MDSA/A/GM de fecha 07 de octubre del 2024, Carta Nº 155-2024-MDSA/A/SGDII de fecha 10 de octubre del 2024, Dictamen Nº 0003-2024-COTM/ CM/MDSA de fecha 15 de octubre del 2024, Ofi cio Nº 002-2024-COTM/CM/MDSA de fecha 22 de octubre del 2024, Carta Nº 176-2024-MDSA/A/SGDII de fecha 28 de octubre del 2024, Ofi cio Nº 003-2024-COTM/CM/MDSA de fecha 28 de octubre del 2024, Informe Nº 488-2024- MDSA/GM-GAT de fecha 30 de octubre del 2024, Informe Nº 270-2024-MDSA/GM/OGAJ de fecha 31 de octubre del 2024, Informe Nº 625-2024-MDSA/A/GM de fecha 06 de noviembre del 2024, Acuerdo de Concejo Nº 149-2024- CM/MDSA de fecha 08 de noviembre del 2024, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, indica “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Asimismo, el Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su Art. 1º, señala “Las municipalidades provinciales y distritales son los Órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes”; el Art. 11º, establece: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, los artículos 39 y 40 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; y que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueban las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, conforme a lo establecido en el Artículo 9. Inciso 8 de la Ley Nº 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades, Una de las Atribuciones del Concejo Municipal es: 8-Aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Asimismo en el artículo 20” Incisos 4 y 5, establecen que las atribuciones del Alcalde son: “Proponer al concejo municipal proyectos de Ordenanzas y Acuerdos” y “Promulgar las Ordenanzas y disponer su publicación; y en el artículo 40” Indica: “Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter