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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (31/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 288

TEXTO PAGINA: 274

274 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2024 El Peruano / EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA VISTOS: El Informe Nº 273-2024-SGRCRT-GSATDE/ MDSA de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria; el Informe Nº 064-2024-GSATDE/MDSA, de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico; el Informe Nº 570-2024-OGAJ/MDSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 1195-2024-MDSA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 357/MDSA, se establece el Régimen de Saneamiento Tributarios a fi n de otorgar un benefi cio temporal y extraordinario para la regularización del pago de las deudas tributarias que se encuentre vencidas o por vencer en la vía ordinaria o en ejecución de cobranza coactiva, a fi n de incentivar el pago voluntario de las obligaciones tributarias del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y cuotas de fraccionamientos vencidos, Multas Tributarias y Sanciones Administrativas, vigente al 31 de diciembre del 2024; asimismo se faculta al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación del mencionado dispositivo legal; Que, mediante Informe Nº 064-2024-GSATDE/MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico y el Informe Nº 273-2024-SGRCRT-GSATDE/MDSA de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, sustentan la necesidad de prorrogar la vigencia del Régimen de Saneamiento Tributario y Regularización de Deudas Administrativas en el Distrito de Santa Anita hasta el 31 de marzo del 2025; Que, mediante Informe Nº 570-2024-OGAJ/MDSA, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica opina de manera favorable por la prórroga de la Ordenanza Nº 357/MDSA , que Régimen de Saneamiento Tributario y Regularización de Deudas Administrativas en el distrito de Santa Anita, opinión que es compartida por la Gerencia Municipal a través del Memorándum Nº 1195-2024GM/MDSA; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad a lo establecido en el artículo 20º el numeral 6 y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo del 2025, la Ordenanza Nº 357/MDSA que establece benefi cios de Régimen de Saneamiento Tributario y Regularización de Deudas Administrativas en el Distrito de Santa Anita. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico, Ofi cina General de Administración y Finanzas, Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación y demás áreas competentes para el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina General de Secretaría la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación en el Portal de Transparencia Institucional www.munisantanita.gob.pe. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. OLIMPIO ALEGRIA CALDERON Alcalde 2358163-1MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA Ordenanza que aprueba las tasas de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines, y Seguridad Ciudadana para el ejercicio fiscal 2025, de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa ORDENANZA N ° 2681 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima en sesión ordinaria del 12 de diciembre de 2024, en uso de las facultades indicadas en los artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, a través del Dictamen N° 205-2024-MML/ CMAEO; por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta para su inmediata ejecución; Ha dado la ordenanza siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS TASAS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA (BARRIDO DE CALLES Y RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS), PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025, DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA Artículo 1.- Marco legal aplicable Aplíquese, para el ejercicio fi scal 2025, lo dispuesto en la Ordenanza N° 2418-2021, publicada el 29 de diciembre del 2021 en el diario ofi cial El Peruano. Artículo 2.- Determinación del costo y las tasas de los arbitrios municipales Disponer que, para el ejercicio fi scal 2025, se aplicarán los costos y tasas establecidos en la prestación de los servicios públicos de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo, regulados en la Ordenanza N° 2584 publicada el 16 de diciembre de 2023; reajustándose con la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor - IPC al mes de agosto del 2024, que asciende a 2.10%. Artículo 3.- Aprobación del informe técnicoApruébese el Informe Técnico Financiero y Estimación de Ingresos que sustenta el reajuste de las tasas de los arbitrios municipales Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines, y Serenazgo, para el ejercicio fi scal 2025, de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa; el mismo que, como anexo, forma parte de la presente ordenanza. Artículo 4.- VigenciaLa presente ordenanza entrará en vigencia a partir del 1 de enero del 2025, previa publicación de su texto normativo, conjuntamente con el informe técnico aprobado en el artículo precedente, en el diario ofi cial “El Peruano”. Artículo 5.- Derogatoria Deróguense todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultades reglamentariasFacúltese al alcalde de la Municipalidad Centro Poblado de Santa María de Huachipa para que,