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85 NORMAS LEGALES Jueves 11 de enero de 2024 El Peruano / Publicación del padrón de delega- dos hábiles17 de enero de 2024 Inscripción de candidatos 18 al 20 de enero de 2024 Publicación provisional de candi- datos22 de enero de 2024 Periodo de observación y tachas 23 de enero de 2024 Traslado de observación y tachas 24 de enero de 2024 Absolución de tachas y observa- ciones25 de enero de 2024 Resolución de tachas y observa- ciones26 de enero de 2024 Publicación de candidatos hábiles 27 de enero de 2024 Campaña electoral 28 al 29 de enero de 2024 Jornada electoral 30 de enero de 2024 Informe del Comité electoral - Pu- blicación de resultados31 de enero de 2024 Acreditación a los representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD31 de enero de 2024 Juramentación de miembros del CCLD elegidos31 de enero de 2024 Artículo Segundo.- CONFIRMAR los demás extremos de la Ordenanza Nº 576/CDLO de fecha 29 de diciembre de 2023. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- HACER DE CONOCIMIENTO de lo dispuesto en la presente a la GERENCIA MUNICIPAL y a la GERENCIA DE PARTICIPACIÓN VECINAL para los fi nes de su estricta competencia funcional; y ordenar a la OFICINA GENERAL DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES publicar la presente Resolución de Alcaldía en la página web de la entidad www.munilosolivos.gob.pe y a la OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL su debida difusión. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS FELIPE CASTILLO OLIVA Alcalde 2251280-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Aprueban propuesta de planeamiento integral para predios ubicados en el distrito de San Vicente ORDENANZA MUNICIPAL Nº 036-2023-MPC Cañete, 22 de diciembre del 2023 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de noviembre del 2023, Dictamen Nº 019-2023-CODUYR-MPC de fecha 15 de diciembre del 2023, de la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, Memorándum Nº 2597-2023/GM-MPC de fecha 15 de diciembre del 2023, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 934-2023-SGCUC-GODUR de fecha 15 de diciembre del 2023, Informe Legal Nº 851-2023-OGAJ-MPC de fecha 15 d diciembre del 2023 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, Informe 1992-2023-JAGS- GODUR-MPC de fecha 01 de diciembre del 2023 de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, y sus modi fi catorias por Leyes de Reforma Constitucional, señala que, “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, asimismo el artículo 39º de la Ley Orgánica citada establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos. Ergo, la autonomía que la Constitución otorga a las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, bajo esa premisa, los Gobiernos Locales asumen competencia y ejercen funciones especí fi cas, como es la organización del espacio físico y usos del suelo en sus respectivas jurisdicciones, la cual comprende la zoni fi cación, según lo establecido en el numeral 1.1 del artículo 73º de la Ley Nº 27972; asimismo, en dicha Ley Orgánica, artículo 79º, establece que son funciones exclusivas de las Municipalidades Provinciales, entre otros, aprobar el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; concordante con el artículo 12º del Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA. Que, con en fecha 05 de octubre del 2022, se publicó en el Diario O fi cial El Peruano, el Decreto Supremo Nº 012-2022- VIVIENDA, por el cual se aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Plani fi cación Urbana del Desarrollo Urbano Sostenible, al mismo tiempo, deroga los Títulos I, II, III, IV, los Subcapítulos I, II y IV del Capítulo II del Título VI, la Única Disposición Complementaria Final, y la Primera, Segunda y Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y desarrollo Urbano Sostenible, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA. Que, el proyecto propuesto por el administrado es Planeamiento Integral (Anexión al Área Urbana y Asignación de Zoni fi cación) a los terrenos denominados: Lote Casa Vieja Fundo San Hilarión con Partida Nº 21000389, con un área de 23.3078 Has; Lote el Chirimoyo Fundo San Hilarión con Partida Nº 21000388, con un área de 24.3874 Has y Lote Pancal Fundo San Hilarión con Partida Nº 21000391, con un área de 12.3048 Has; Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, de actual Uso Agrícola - UA dentro de la Zona de Tratamiento Estratégico (ZTE) a Zona de Gran Industria (1-3). Que, el Art. 66º del Decreto Supremo Nº 012-2022 ha previsto en su numeral 66.1. Producto del proceso de plani fi cación a cargo de las municipalidades provinciales orientado a asignar zoni fi cación y vías primarias a los predios rústicos no comprendidos en el ámbito de intervención de los Instrumentos de Plani fi cación Urbana, para fi nes de integración al suelo urbano. Una vez aprobado pasa a formar parte del cuerpo normativo aplicable a la jurisdicción que corresponda. 66.2. Resulta de aplicación única y excepcionalmente, con el debido sustento técnico, en aquellos casos que el ámbito de intervención cumpla las condiciones para ser clasi fi cado como suelo urbanizable inmediato. Y en su artículo 67º. El PI se aplica a los predios rústicos no comprendidos en el ámbito de intervención de los Instrumentos de Plani fi cación Urbana. Que, en el Art. 68º de la norma antes anotada; El PI contiene, como mínimo, lo siguiente: a) La delimitación del ámbito de intervención. b) Los objetivos, estrategias y necesidad del Pl.c) El análisis integral del impacto sobre el instrumento de plani fi cación urbana vigente. d) El análisis en materia de gestión de riesgo de desastres y adaptación al cambio climático, la identi fi cación de las zonas con condiciones de protección