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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2024 (11/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Jueves 11 de enero de 2024 El Peruano / pendientes por ejercicios anteriores, obtendrán los bene ficios siguientes: a) Se otorga un descuento del 16% en el insoluto de los Arbitrios Municipales determinados para el 2024, siempre y cuando el contribuyente cancele las doce cuotas de arbitrios municipales y el Impuesto Predial anual en su totalidad hasta el 31 de enero del 2024. b) Se otorga un descuento del 12% en el insoluto de los Arbitrios Municipales determinados para el 2024, siempre y cuando el contribuyente cancele las doce cuotas de arbitrios municipales y el Impuesto Predial anual en su totalidad hasta el 29 de febrero del 2024. c) Se otorga un 10% de descuento en el insoluto de los Arbitrios Municipales determinados para el ejercicio 2024, siempre y cuando el contribuyente cancele al primer vencimiento del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales hasta el 31 de enero del 2024 y los demás trimestres correspondientes de Impuesto Predial, y meses correspondientes de los arbitrios municipales, antes o dentro de la fecha del vencimiento respectivo. d) Se otorga un 8% de descuento en el insoluto de los Arbitrios Municipales determinados para el ejercicio 2024, siempre y cuando el contribuyente cancele al primer vencimiento del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales hasta el 29 de febrero del 2024 y los demás trimestres correspondientes de Impuesto Predial y meses correspondientes de los arbitrios municipales, antes o dentro de la fecha del vencimiento respectivo. 2. Todos los contribuyentes que presenten determinación de tributos por el ejercicio 2024, y que a la fecha de pago de dichos tributos (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales), sí mantengan deudas tributarias pendientes de años anteriores, obtendrán los bene fi cios siguientes: a) Se otorga un descuento del 8% en el insoluto de los Arbitrios Municipales determinados para el 2024, siempre y cuando el contribuyente cancele las doce cuotas de arbitrios municipales y el Impuesto Predial anual hasta el 29 de febrero del 2024. b) Se otorga un 8% de descuento en el insoluto de los Arbitrios Municipales determinados para el ejercicio 2024, siempre y cuando el contribuyente cancele al primer vencimiento del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales hasta el 29 de febrero del 2024 y los demás trimestres correspondientes de Impuesto Predial y meses correspondientes de los arbitrios municipales, antes o dentro de la fecha del vencimiento respectivo. Respecto a los contribuyentes que no registren deudas por concepto de períodos anteriores al 2024, pero tienen acotadas únicamente montos por gastos y costas procesales del procedimiento de cobranza coactiva, se les otorgará el Bene fi cio de Condonación del íntegro de las mismas, siempre que efectúen el pago al contado de la totalidad del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2024, hasta la fecha del vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial, es decir hasta el 29 de febrero del 2024. CUADRO RESUMEN DE BENEFICIOS DESCRIPCION USO CONDICION% DESCUENTO EN ARBITRIOS ENERO FEBRERO Contribuyentes que no mantienen deudas pendientes de años anteriores al 2024CASA HABITACIÓN Y OTROS USOSPagar la totalidad del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales de manera anual16% 12% Pagar el Impuesto Predial y los Arbitrios antes o dentro de las fechas de vencimiento10% 8% Contribuyentes que si mantienen deudas pendientes de años anteriores al 2024CASA HABITACIÓN Y OTROS USOSPagar la totalidad del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales de manera anual o dentro de las fechas de vencimiento 8%Artículo Sexto.- DESCUENTO EXTRAORDINARIO POR ACTUALIZACIÓN DE DATOS En caso que los contribuyentes cumplan con realizar la actualización de sus datos en la base tributaria del Sistema Informático Municipal (SIMAT), previamente a la realización de la cancelación de sus tributos, estos obtendrán un descuento extraordinario adicional del 3%, siempre que cumplan con cancelar total o parcialmente el Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2024, hasta el 29 de febrero del 2024. Artículo Sétimo.- PRECISIONES RESPECTO A LA SITUACIÓN QUE GENERA EL INCENTIVO. Los incentivos establecidos en el artículo quinto de la presente Ordenanza son aplicables sólo al insoluto de los Arbitrios Municipales determinados para el ejercicio fiscal 2024 y según las fechas de vencimiento respectivas. En todas las modalidades de descuento por pronto pago de Arbitrios Municipales, detalladas en el artículo quinto, el bene ficio se aplicará por anexo cancelado. (Predio declarado) Artículo Octavo.- RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA El acogimiento a los bene ficios contemplados en la presente Ordenanza implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria, por lo que la Municipalidad de Barranco considerará que ha operado la sustracción de la materia, en los casos de procedimientos contenciosos o no contenciosos vinculados a dicho concepto y período. Artículo Noveno.- PÉRDIDA DEL BENEFICIO El incumplimiento de los requisitos establecidos para otorgarse los bene ficios señalados en los literales c y d de los numerales 1, así como, el literal b del numeral 2 del artículo quinto de la presente Ordenanza, devendrá en la pérdida del bene ficio respecto del trimestre y/o cuota por el cual se realizó dicho incumplimiento. Artículo Décimo.- DESCUENTO ADICIONAL POR PAGO EN WEB Los contribuyentes que cumplan con realizar la cancelación de sus tributos mediante el pronto pago de las doce cuotas de Arbitrios Municipales y la totalidad del Impuesto Predial correspondientes al ejercicio 2024, dentro de las condiciones y fechas dispuestas en el Artículo Quinto de la presente ordenanza, obtendrán un descuento adicional del 2% en Arbitrios Municipales, siempre que se efectúe dicho pago a través de nuestra página web https://pagoweb.munibarranco.gob.pe/. Artículo Décimo Primero.- DESCUENTO ADICIONAL PARA EL VECINO BARRANQUINO PUNTUAL (VBP) Para el caso de los contribuyentes que mantengan la condición de Vecino Barranquino Puntual (VBP) que cumplan con realizar la cancelación de sus tributos mediante el pronto pago de las doce cuotas de Arbitrios Municipales y la totalidad del Impuesto Predial correspondientes al ejercicio 2024, dentro de las condiciones y fechas dispuestas en el Artículo Quinto de la presente ordenanza, se les brindará el descuento del 4% adicional a los Arbitrios Municipales del ejercicio 2024, siempre que se efectúe dicho pago a través de nuestra página web https://pagoweb.munibarranco.gob.pe. DISPOSICIONES FINALES Primero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información conjuntamente con la Secretaría General, el cumplimiento de las formalidades de publicidad establecidas en la Ley, a efecto que la presente Ordenanza se publique en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Barranco (www.gob.pe/munibarranco.), así como encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y unidades orgánicas correspondientes el cumplimento de la presente Ordenanza. Segundo.- FACULTAR al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación