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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2024 (11/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 83

83 NORMAS LEGALES Jueves 11 de enero de 2024 El Peruano / continúe el trámite correspondiente sobre la aprobación de la propuesta de Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Los Olivos 2024·2027 PADSC; Que, Informe Nº 412-2023/MDLO/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente aprobar el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Los Olivos, correspondiente al periodo 2024 - 2027, validada por el Concejo Distrital de Seguridad Ciudadana de Los Olivos, puesto que el mismo se encuentra alineado a los alcances dispuestos por la Directiva Nº 006-2023-IN-DGSC; Estando a lo expuesto y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el pleno del Concejo Municipal, con dispensa de lectura y aprobación de acta, aprobó por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA Nº 575-CDLO QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA LOS OLIVOS 2024-2027 Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LOS OLIVOS 2024-2027, validado por el COMITÉ DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA - CODISEC LOS OLIVOS, cuyo texto en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor alcalde adoptar las medidas necesarias y actos administrativos para la implementación del PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LOS OLIVOS 2024-2027, descrito en el artículo precedente. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza a la GERENCIA MUNICIPAL, a la GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y GESTIÓN DE RIESGO DE DESASTRES, a la SECRETARÍA TÉCNICA DEL CODISEC, a la OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL y demás órganos competentes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la OFICINA GENERAL DE SECRETARÍA la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL y OFICINA GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES la publicación de la Ordenanza y del íntegro del PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LOS OLIVOS 2024-2027 en el portal: www.munilosolivos.gob.pe. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. LUIS FELIPE CASTILLO OLIVA Alcalde 2250090-1 Aprueban el Reglamento del Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital ORDENANZA N° 576/CDLO Los Olivos, 29 de diciembre de 2023 CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Informe N° 426-2023-MDLO/GPV del Gerente de Participación vecinal, Informe N° 403-2023-MDLO/OGAJ de la O fi cina General de Asesoria Juridica, Proveido N° 3350–2023/MDLO/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cada por las Leyes de Reforma Constitucional, Leyes Nº 27680 y Nº 28607, las municipalidades distritales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que las ordenanzas de las municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter generales de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia. Mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, el Consejo de Coordinación Local Distrital, de conformidad con el artículo 102º de la Ley Orgánica de Municipalidades, es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales, integrado por el Alcalde Distrital que lo preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde, y los regidores distritales, por los Alcaldes de Centros Poblados de la respectiva jurisdicción distrital y por los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital; con las funciones y atribuciones que le señala la citada Ley; Que, de acuerdo al tercer párrafo del mismo artículo los representantes de la Sociedad Civil son elegidos democráticamente, por un periodo de dos (02) años, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel Distrital, que se hayan inscrito en el Registro que abrirá para tal efecto La Municipalidad Distrital, siempre y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de tres (03) años de actividad institucional comprobada; en consecuencia, las organizaciones interesadas en participar en las elecciones para elegir a sus representantes ante el Consejo de Coordinación Local Distrital por un periodo de dos (02) años deberán previamente registrarse en el Libro de Registro de Inscripción de Representantes de las Organizaciones Civiles: Que, el Artículo 4º de la Ley N 29298 – Ley que Modi fi ca la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo señala que constituyen instancias de participación en el proceso de programación participativa del presupuesto, en concordancia con las disposiciones legales vigente el Consejo de Coordinación Regional, el Consejo de Coordinación Provincial y el Consejo de Coordinación Local Distrital; Que, mediante Informe N° 426-2023-MDLO/GPV de fecha 27 de diciembre de 2023, el Gerente (e) de Participación vecinal, remite el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil, ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, para su trámite correspondiente, por lo que recomienda remitir la propuesta de ordenanza que acompaña el presente informe a la O fi cina de Asesoria Juridica y posteriormente al Concejo Municipal; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través Informe N° 403-2023-MDLO/OGAJ, opina que resulta necesario, se apruebe el Reglamento de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil, ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de Los Olivos para el periodo 2024-2026 y sus anexos que forman parte integrante de la presente ordenanza, asimismo se apruebe el Cronograma de las Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de Los Olivos para el periodo 2024-2026, debiéndose convocar al proceso de elecciones de los representantes de la sociedad civil ante el consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de Los Olivos para el periodo 2024-2026; Estando a lo expuesto y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9° y el artículo 40º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el pleno del