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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2024 (12/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Viernes 12 de enero de 2024 El Peruano / h) Veri fi car el cumplimento de lo establecido en el artículo 6 de la Ley Nº 31227, Ley que trans fi ere a la Contraloría General de la República la competencia para recibir y ejercer el control, fi scalización y sanción respecto a la declaración jurada de intereses de autoridades, servidores y candidatos a cargos públicos. En materia de Control Patrimonial.a) Aprobar las solicitudes de baja y alta de bienes muebles y demás actos administrativos que deriven de los mismos, conforme a la normativa correspondiente. Artículo 5.- Delegación de facultades en la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Seguimiento. Delegar en el/la jefe/a de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Seguimiento las siguientes facultades: a) Suscribir las solicitudes de aprobación de las notas modi fi catorias internas dirigidas a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. b) Remitir informes de evaluación y seguimiento presupuestal. c) Remitir la información relacionada a la actualización y registro de la cartera de inversiones de la Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, según corresponda. d) Suscribir las solicitudes de incorporación no prevista en la cartera de inversiones de la Programa Multianual de Inversiones - PMI vigente. e) Remitir la información relacionada al Plan Operativo Institucional - POI y Plan Operativo Institucional Multianual - POIM e Informes de evaluación y seguimiento, a los órganos rectores, según corresponda. f) Suscribir aquellas solicitudes dirigidas a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego para la aprobación de incorporación de mayores recursos, por saldo de balance o la incorporación de mayores recursos; que incrementan el presupuesto institucional aprobado para el ejercicio fi scal que corresponda. Artículo 6.- Delegación de facultades en las Unidades de Gestión Zonal del Programa Subsectorial de Irrigaciones – PSI. Delegar en los/las jefes/as de las Unidades de Gestión Zonal del Programa Subsectorial de Irrigaciones – PSI, en el ámbito de sus jurisdicciones y siempre que tengan la calidad de área usuaria, las siguientes facultades: En el marco de la Ley Nº 30556 y el Decreto Supremo Nº 071-2018-PCM, que aprueba el Reglamento del Procedimiento de Contratación Publica Especial para la Reconstrucción con Cambios y Modi fi catorias. a) Aprobar los estudios de fi nitivos o expedientes técnicos de inversión. b) Solicitar la inclusión y/o exclusión de las contrataciones en el Plan Anual de Contrataciones. c) Aprobar la designación de los miembros del comité de selección. d) Aprobar los expedientes de contratación.e) Aprobar las bases de los procedimientos de selección. f) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección. g) Suscribir los contratos que se deriven de los procedimientos de selección. h) Suspender el plazo de ejecución.i) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo.j) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales.k) Aprobar, observar y/o pronunciarse, según corresponda, previo informe técnico fi nanciero elaborado por la Unidad de Administración, respecto de las liquidaciones de los contratos de ejecución de obra y consultorías de obra. l) Apercibir y resolver contratos.m) Aprobar las modi fi caciones convencionales de los contratos, siempre que no impliquen variación del precio.n) Aprobar la reducción de prestaciones. ñ) Evaluar la decisión de conciliar o rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio, así como emitir la respectiva resolución autoritativa. o) Designar al árbitro tanto en el arbitraje institucional o ad hoc. En materia de actividades de emergencia referidas a la limpieza y descolmatación de cauces, defensas ribereñas, sistemas de drenaje y canales de riego en el marco del Programa Presupuestal Nº 0068. a) Elaborar Fichas Técnicas. b) Aprobar Fichas Técnicas.c) Ejecución de las actividades de emergencia.d) Recepción de las actividades de emergencia culminadas. e) Aprobación de la liquidación de las actividades de emergencia. f) Elaborar y suscribir el correspondiente informe de cierre de la actividad. Artículo 7.- Obligación de dar cuenta.7.1. Disponer que los funcionarios en quienes recae la delegación de facultades objeto de la presente Resolución Directoral, informen a la Dirección Ejecutiva dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de terminado cada trimestre, respecto de las acciones realizadas en el ejercicio de las facultades delegadas dentro de dicho período; sin perjuicio de la potestad de el/la Director/a/ Ejecutivo/a de supervisar dichas actuaciones en el momento que considere pertinente. 7.2. Disponer que el/la jefe/a de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Seguimiento informe a la Dirección Ejecutiva, en forma bimestral, respecto de las actuaciones derivadas de la delegación materia de la presente Resolución Directoral; sin perjuicio de la potestad que ostenta el/la Directora/a Ejecutivo/a de supervisar en el momento que considere pertinente dichas actuaciones. 7.3. Disponer que los/las jefes/as de las Unidades de Gestión Zonal del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI, remitan copias de los contratos, sus modi fi catorias y adendas suscritas de acuerdo a las facultades delegadas, bajo responsabilidad, a la Dirección Ejecutiva y a la Unidad de Administración, dentro de los cinco (5) días de haberse suscrito dichos documentos. Artículo 8.- DELEGAR en el /la Jefe/a de la Unidad de Asesoría Jurídica, la atención directa y tramitación administrativa de los documentos y coordinaciones con la Procuraduría Pública del Sector. Artículo 9 .- Las facultades que son objeto de delegación de la presente Resolución Directoral son indelegables y comprenden la facultad de decidir y resolver dentro de las limitaciones establecidas en la Ley; no eximen de la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones legales vigentes establecidas para tal caso. Artículo 10.- DEJAR SIN EFECTO las Resoluciones Directorales Nro. 0035-2023-MIDAGRI-PSI y 052-2023-MIDAGRI-PSI. Artículo 11.- NOTIFICAR la presente Resolución Directoral a las Unidades Orgánicas sobre las que recaen las delegaciones otorgadas, para los fi nes correspondientes, así como al Órgano de Control Institucional de la Entidad para conocimiento y fi nes. Artículo 12 .- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal web institucional de la entidad (https://www.gob.pe/psi). Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR RAUL MEDIANERO TANTACHUCO Dirección Ejecutiva Programa Subsectorial de Irrigaciones 2252006-1