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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2024 (15/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Lunes 15 de enero de 2024 El Peruano / 3 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público (Funcionario Público, Empleado de Con fi anza y Directivo Superior), contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 del referido Decreto Legislativo; siendo que este personal solamente puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, mediante Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, se indican los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, precisa que las O fi cinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en las entidades públicas, son responsables de verifi car el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios/as y directivos/ as públicos/as de libre designación y remoción. Asimismo, el artículo 28 de la citada norma regula el procedimiento de vinculación de dichos funcionarios; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 087-2018- MIDIS, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el día 30 de marzo de 2018, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, el cual contempla el cargo estructural de Asesor (a), considerado como cargo de con fi anza; Que, mediante Resolución Directoral N° 032-2018- MIDIS/P65-DE se aprueba el Clasi fi cador de Cargos del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, modi fi cado mediante la Resolución Directoral N° D000167-2021-PENSION65-DE, el mismo que establece los requisitos mínimos del cargo de Asesor (a) para la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000066-2023-PENSION65-DE, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 15 de marzo de 2023, se designa al señor Vitilio Luis Ausberto Calonge García, en el cargo de con fi anza de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”; Que, mediante Carta S/N de fecha 12 de enero de 2024, el señor Vitilio Luis Ausberto Calonge García presentó su renuncia al cargo de Asesor de la Dirección Ejecutiva ante la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”; Que, en ese contexto, a través del Informe N° D000012-2024-MIDIS/P65-URH de fecha 11 de enero de 2024 la Unidad de Recursos Humanos, por encargo de la Dirección Ejecutiva de este Programa Nacional, solicita opinión legal favorable a la Unidad de Asesoría Jurídica sobre la propuesta de designación de la profesional Miriam Luz Calixto León, en el cargo de con fi anza de Asesor de la Dirección Ejecutiva, debido a que cumple los requisitos mínimos para el acceso al cargo contemplados en el Clasi fi cador de Cargos aprobado por Resolución Directoral N° 032-2018- MIDIS/P65-DE y sus modi fi catorias; Que, con Informe N° D000013-2024-MIDIS/P65-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” estima viable legalmente la expedición del acto resolutivo que acepte la renuncia del Asesor para la Dirección Ejecutiva, señor Vitilio Luis Ausberto Calonge García y se designe en dicho cargo a la señora Miriam Luz Calixto León, por estar conforme a las normas que regulan la materia; Que, estando a las competencias de la Dirección Ejecutiva y con el visado del Jefe de la Unidad de Recursos Información actualizada a su alcance andina.pe DESEAS QUE SU NEGOCIO CREZCA Y TENER MÁS CLIENTES Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima • Central Telefónica: (01) 315-0400 CONTACTO COMERCIAL 996 410 162 915 248 092 ventapublicidad@editoraperu.com.pe