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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2024 (20/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Sábado 20 de enero de 2024 El Peruano / a la Gerencia de Desarrollo Humano el proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHÍBE EL USO DEL CASTIGO FÍSICO Y HUMILLANTE CONTRA LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN EL DISTRITO DE LURÍN, y recomienda elevarlo al pleno del Concejo para su deliberación y posterior aprobación; Que, a través del Memorándum Múltiple Nº 030-2023- GDH/MDL, de fecha 25 de octubre de 2023, la Gerencia de Desarrollo Humano, solicita a la Secretaría General, a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y a la Gerencia de Participación Ciudadana, opinión técnica sobre el proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHÍBE EL USO DEL CASTIGO FÍSICO Y HUMILLANTE CONTRA LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN EL DISTRITO DE LURÍN; Que, con Memorándum Nº 907-2023-SG/MDL, de fecha 26 de octubre de 2023, la Secretaría General, traslada el pedido de opinión técnica efectuado a la Unidad funcional de Imagen Institucional y Protocolo, respecto del punto 5.4 del proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHÍBE EL USO DEL CASTIGO FÍSICO Y HUMILLANTE CONTRA LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN EL DISTRITO DE LURÍN; Que, mediante el Informe Nº 480-2023-UFIIyP-SG/ MDL, de fecha 26 de octubre de 2023, la Unidad Funcional de Imagen Institucional y Protocolo remite la opinión técnica a la Secretaría General, precisando que respecto al numeral 5.4) del artículo 5º del referido proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHÍBE EL USO DEL CASTIGO FÍSICO Y HUMILLANTE CONTRA LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN EL DISTRITO DE LURÍN, la mencionada Unidad Funcional cuenta con los instrumentos digitales necesarios para la difusión en los medios de comunicación y redes sociales de la entidad, de la Ley Nº 30403 - Ley que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes; así como también, la aplicación de la misma y las acciones preventivas, manifestando conformidad y otorgando opinión técnica favorable; Que, a través del Memorándum Nº 923-2023-SG/MDL, de fecha 31 de octubre de 2023, la Secretaría General hace suyo el Informe Nº 480-2023-UFIIyP-SG/MDL de la Unidad Funcional de Imagen Institucional y Protocolo, conteniendo la opinión técnica favorable del proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHÍBE EL USO DEL CASTIGO FÍSICO Y HUMILLANTE CONTRA LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN EL DISTRITO DE LURÍN, remitiendo los actuados a la Gerencia de Desarrollo Humano, con la fi nalidad que se prosiga con el trámite correspondiente. Que, con Memorándum Nº 591-2023-GPC/MDL, de fecha 23 de noviembre de 2023, la Gerencia de Participación Ciudadana, sugiere la supresión del literal b) del numeral 5.5) del artículo 5º del proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHÍBE EL USO DEL CASTIGO FÍSICO Y HUMILLANTE CONTRA LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN EL DISTRITO DE LURÍN, toda vez que las actividades que tengan que ver con niños, niñas y adolescentes, están enmarcadas dentro de las responsabilidades de la Gerencia de Desarrollo Humano, conforme a lo dispuesto en el artículo 156º del ROF; y remite los actuados a la Gerencia de Desarrollo Humano, para que prosiga con el trámite correspondiente; Que, mediante Informe Nº 379-2023-GSCi/ML, de fecha 23 de noviembre de 2023, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, emite opinión técnica favorable al proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHÍBE EL USO DEL CASTIGO FÍSICO Y HUMILLANTE CONTRA LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN EL DISTRITO DE LURÍN, por cuanto se enmarca dentro de la normatividad de la materia, derivando los actuados a la Gerencia de Desarrollo Humano para continuar el trámite respectivo; Que, a través del Informe Nº 225-2023-GDH/ MDL, de fecha 28 de noviembre de 2023, la Gerencia de Desarrollo Humano, remite a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, el proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHÍBE EL USO DEL CASTIGO FÍSICO Y HUMILLANTE CONTRA LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN EL DISTRITO DE LURÍN, solicitando la emisión de opinión técnica al referido proyecto; el mismo que, con Proveído Nº 2160-2023-GPP/ML, de fecha 28 de noviembre de 2023, es derivado a la Subgerencia de Planeamiento y Modernización, para la atención correspondiente conforme a sus facultades; Que, por Informe Nº 297-2023-SGPM-GPP/MDL, de fecha 06 de diciembre de 2023, la Subgerencia de Planeamiento y Modernización, remite a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, opinión técnica favorable para la aprobación del proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHÍBE EL USO DEL CASTIGO FÍSICO Y HUMILLANTE CONTRA LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN EL DISTRITO DE LURÍN, señalando que cumple con la estructura de los documentos normativos que rigen o regulan el buen gobierno municipal y con la normatividad vigente aplicable a la materia; Que, con Memorándum Nº 496-2023-GPP/MDL, de fecha 11 de diciembre de 2023, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 297-2023-SGPM-GPP/MDL emitido por la Subgerencia de Planeamiento y Modernización, y solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica opinión legal para la aprobación del proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHÍBE EL USO DEL CASTIGO FÍSICO Y HUMILLANTE CONTRA LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN EL DISTRITO DE LURÍN; Que, mediante Informe Nº 492-2023-GAJ/MDL, de fecha 19 de diciembre de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la aprobación del proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHÍBE EL USO DEL CASTIGO FÍSICO Y HUMILLANTE CONTRA LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN EL DISTRITO DE LURÍN, por cuanto cumple con la normatividad de la materia; Que, a través del Memorándum Nº 598-2023-GM/ MDL, de fecha 20 de diciembre de 2023, la Gerencia Municipal solicita a la Secretaría General que se agende en Sesión de Concejo la aprobación del proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHÍBE EL USO DEL CASTIGO FÍSICO Y HUMILLANTE CONTRA LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN EL DISTRITO DE LURÍN, con base en el sustento de los Informes Técnico y Legal que obran en el expediente administrativo; Que, con Dictamen de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos Nº 060-2023-CPAJ-REG/MDL y el Dictamen de la Comisión Permanente de Comunicaciones, Cultura y Desarrollo Humano Nº 011-2023-CPCCDH-REG/ML, ambos de fecha 21 de diciembre de 2023, se expresan en sentido favorable sobre la aprobación del proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHÍBE EL USO DEL CASTIGO FÍSICO Y HUMILLANTE CONTRA LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN EL DISTRITO DE LURÍN; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, precisa que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno a través de ordenanzas y acuerdos; asimismo, el artículo 40º del mismo cuerpo normativo, establece que, las ordenanzas municipales distritales son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, esta propuesta ha sido debatida y analizada por el pleno del Concejo Municipal y en uso de las facultades conferidas en los artículos 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el VOTO UNÁNIME del pleno, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHÍBE EL USO DEL CASTIGO FÍSICO Y HUMILLANTE CONTRA LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EL DISTRITO DE LURÍN Artículo Primero.- OBJETO La presente Ordenanza tiene por objeto prohibir el uso del castigo físico y humillante contra las niñas, niños y adolescentes en la jurisdicción del Distrito Lurín, así como la actuación y la atención frente al castigo físico y