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57 NORMAS LEGALES Sábado 20 de enero de 2024 El Peruano / Que, estando a los documentos del visto y con las visaciones de Secretaria General y la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Cusco; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, el inciso d) del artículo 21 y el inciso a) del artículo 41 de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modi fi cada por Ley N° 27902, el artículo único de la Ley N° 30305 Ley de Reforma de los artículos 191, 194 y 203 de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los Gobiernos Regionales y de los Alcaldes y los Art. 72 inciso 72.1, Art. 78 inciso 78.1 y el Art. 85 incisos 85.1 y 85.3 del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; RESUELVE:Artículo Primero.- DELEGAR, al GERENTE GENERAL REGIONAL del GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, la facultad de DESIGNAR Y CESAR a los Funcionarios de Con fi anza y Directivos de libre designación y remoción del Gobierno Regional del Cusco, de los Órganos Desconcentrados y Unidades Ejecutoras adscritos al Gobierno Regional de Cusco, salvo aquellos que conforme a norma expresa se encuentren exceptuados, de conformidad al Art. 72 inciso 72.1, Art. 78 inciso 78.1 y el Art. 85 incisos 85.1 y 85.3 del TUO de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General los considerandos precedentes. Artículo Segundo.- DISPONER, que las facultades delegadas, comprende la atribución de evaluar, decidir y resolver sobre la procedencia de la realización de las actuaciones objeto de delegación, encontrándose el servidor delegado obligado a veri fi car el cumplimiento de los requisitos exigidos por ley para cada caso concreto, debiendo así mismo dar cuenta en forma trimestral de las designaciones realizadas, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución Ejecutiva Regional a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Administración, a la Sub Gerencia de Gestión de Recursos Humanos del Gobierno Regional de Cusco para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.WERNER MAXIMO SALCEDO ALVAREZ Gobernador Regional 2253210-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Tacna ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2023-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintinueve de diciembre del dos mil veintitrés, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; asimismo, en su artículo 192 prescribe: “Los Gobiernos Regionales (...). Son competentes para: (...) 1. Aprobar su organización interna y su presupuesto. (...)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 13 sobre el Consejo Regional señala: “Es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional”. Asimismo, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “a) Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; en tanto que en su artículo 38 prescribe: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”. Que, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 064- 2021-PCMA, en su artículo 43 sobre el Reglamento de Organización y Funciones – ROF establece: “Es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad. Contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia”; asimismo, en su artículo 45 sobre Norma que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones señala: “45.3 Las entidades que no forman parte del Poder Ejecutivo aprueban su ROF íntegramente de la siguiente manera: (…) b) Los Gobiernos Regionales por Ordenanza Regional (…)”. Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 016-2022- CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 07 de setiembre de 2022, se dispuso: “ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, (…)” Que, mediante O fi cio Nº 1032-2023-GGR/GOB.REG. TACNA, de fecha 17 de noviembre de 2023, remitido por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna al Consejo Regional de Tacna, en cumplimiento de los acuerdos aprobados en la sesión de Directorio General Regional de fecha 31 de octubre de 2023, se traslada el expediente de Modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Tacna” solicitando su respectiva aprobación, para lo cual se adjunta los informes y demás documentación sustentatoria de su pedido. Que, con el acta de sesión de Directorio Regional General N 010-2023-DGR/ GOB.REG.TACNA, de fecha 31 de octubre del 2023; el Informe Nº 0200-2023-GRPPAT- SGMI/GOB.REG.TACNA, de fecha 07 de noviembre de 2023, emitido por la Sub Gerencia de Modernización Institucional; el O fi cio Nº 3908-2023-SGMI-GRPPAT/ GOB.REG.TACNA, de fecha 07 de noviembre de 2023, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe Nº 104-2023-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 13 de noviembre del 2023, emitido por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; el O fi cio Nº 075-2023-CONyRR-CR/ OB.REG. TACNA, de fecha 27 de noviembre del 2023, emitido por la Presidencia de la Comisión Ordinaria de Normas y Reglamentos Regionales; el O fi cio Nº 1406-2023-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 30 de noviembre de 2023, emitido por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; el Informe de Asesor de Comisión Nº 001-2023-CRCC-CONyRR-CR/GOB. REG.TACNA, de fecha 19 de diciembre de 2023; y, demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Normas y Reglamentos Regionales del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 007-2023-CONyRR -CR, de fecha 20 de diciembre del 2023 sobre: “APROBAR LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 29 de diciembre de 2023, en mérito al Pedido Nº