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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2024 (31/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de enero de 2024 El Peruano / que entre otros incluye el Pliego 033: Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC); Que por Resolución Jefatural N°000215-2023/ JNAC/RENIEC (28DIC2023), se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos para el Año Fiscal 2024 del Pliego 033: Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que el Artículo 20 de la Ley N°27785, Ley Orgánica el Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modi fi cado por el Artículo 3° de la Ley N°30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o el que haga que sus veces en el pliego; Que asimismo el Artículo 20° de la referida Ley, establece que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante Resolución del titular del pliego, en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que a través del O fi cio N°000567-2023/CG/GAD, el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República solicitó al Pliego 033: Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, efectuar la transferencia fi nanciera a su favor por la suma total de S/ 130.650,00 (50% de la transferencia a efectuarse a más tardar el 31 de enero del año 2024) y S/ 65.325,00 para el año 2025 (cuya transferencia debe efectuarse a más tardar el 31 de enero de 2025). Que mediante los documentos de vistos, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, emite opinión técnica favorable, concluyendo que se cuenta con recursos presupuestarios disponibles por el monto ascendente a S/ 65.325,00 (Sesenta y Cinco Mil Trescientos Veinticinco y 00/100 Soles), en la especi fi ca de gasto “2.4.1.3.1.1 Transferencias a Otras Unidades del Gobierno Nacional, destinados a fi nanciar la contratación de una Sociedad de Auditoría”, en ese contexto la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto señala que en materia presupuestal resulta viable la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Que resulta necesario autorizar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de una Sociedad de Auditoría, para la realización de la auditoria fi nanciera gubernamental del pliego RENIEC; Con la opinión favorable de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N°27785, Ley Orgánica el Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3° de la Ley N°30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; conforme a las facultades conferidas por la Ley N°26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil y por el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, aprobado por Resolución Jefatural Nº000086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modi fi catoria. SE RESUELVE: Artículo Primero.- TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Autorizar la transferencia fi nanciera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 del Pliego 033: Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, por la suma de S/ 65.325,00 (Sesenta y Cinco Mil Trescientos Veinticinco y 00/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- FINANCIAMIENTO La transferencia fi nanciera autorizada en el Artículo Primero de la presente Resolución Jefatural se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 del Pliego 033: Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, de acuerdo con el siguiente detalle: Categoría Presupuestal : 9001. Acciones Centrales Producto : 3999999. Sin Producto Actividad : 5000003. Gestión AdministrativaFuente de Financiamiento : RO Especi fi ca de Gasto: 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional Meta : 122 S/ : 65,325.00 Artículo Tercero.- LIMITACIÓN AL USO DE LOS RECURSOS Los recursos de la transferencia fi nanciera que hace referencia el Artículo Primero de la presente Resolución Jefatural no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Cuarto.- PUBLICACIÓN Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional del Pliego 033: Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil-RENIEC (www.reniec.gob.pe ), en el plazo máximo de dos (02) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, publíquese y cúmplase.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2257024-1 Aprueban el Protocolo “PT -001-DRIAS/ SDFI/001 “ Atención a Personas que viven en situación de vulnerabilidad”, primera versión RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 000001-2024/GG/RENIEC Lima, 30 de enero de 2024VISTOS:Los Memorandos N° 000130-2023/DRIAS/RENIEC (19OCT2023), N° 000954-2023/DRIAS/RENIEC (26OCT2023) y N° 001105-2023/DRIAS/RENIEC (22DIC2023) de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Informe N° 000130-2023-DRIAS/SDFI/RENIEC (17OCT2023) de la Sub Dirección de Fortalecimiento de la Identi fi cación; los Memorandos N° 002153-2023/OPP/RENIEC (20OCT2023) y N° 002223-2023/OPP/RENIEC (30OCT2023) de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; los Informes Nº 000292- 2023/OPP/URM/RENIEC y N° 000300-2023/OPP/URM/ RENIEC de la Unidad de Racionalización y Modernización de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; el Memorando N° 002554-2023/OAJ/RENIEC (22DIC2023) y el Informe N° 001999-2023/OAJ/RENIEC (29DIC2023) y Hoja de Elevación N° 0047-2024/OAJ/RENIEC (19ENE2024) emitida por la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que por la Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del