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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2024 (31/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de enero de 2024 El Peruano / Candidatos en Reserva de la Convocatoria N° 010-2021- SN/JNJ, se nombró a Fiscales Provinciales Penales de Lima, del Distrito Fiscal de Lima Centro. Con fecha 26 de enero de 2024, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento correspondiente, entre otros, a la abogada Claudia Natali Montero Soto. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley N° 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. El Fiscal de la Nación Interino como titular de la Institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de designar a la fi scal titular en un Despacho Fiscal conforme a su título de nombramiento. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N° 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Claudia Natali Montero Soto, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Corporativa) de Castilla, Distrito Fiscal de Piura, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Castilla, así como su adecuación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.ros 2917-2019-MP-FN y 971-2020-MP-FN, de fechas 18 de octubre de 2019 y 04 de septiembre de 2020, respectivamente. Artículo Segundo.- Designar a la abogada Claudia Natali Montero Soto, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 5º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria-San Luis. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro y Piura, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2257278-4 Nombran Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 280-2024-MP-FN Lima, 30 de enero de 2024VISTOS Y CONSIDERANDO: Los o fi cios Nos 132 y 160-2024-FSC-EFICCOP-MP- FN, cursados por la abogada Marita Sonia Barreto Rivera, Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, mediante los cuales eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Provincial, para el Equipo Especial a su cargo, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley N° 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la Ley N° 30483, también modi fi cada mediante Ley N° 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. El Fiscal de la Nación Interino como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa verifi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2024, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N° 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Carlos Ordaya López, Fiscal Adjunto Provincial Titular de la Fiscalía Supraprovincial Especializada en Terrorismo y Lesa Humanidad, Distrito Fiscal de Huánuco, en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, así como su destaque para que preste apoyo al Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder y su vigencia, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3493-2023-MP-FN, de fecha 15 de diciembre de 2023. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Carlos Ordaya López, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Disponer que el nombramiento y designación señaladas en el artículo precedente, tenga vigencia a partir de la fecha de su toma de posesión y hasta el 30 de junio de 2024, en mérito a lo dispuesto