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79 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de enero de 2024 El Peruano / provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. El Fiscal de la Nación Interino como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno, dar por concluido los nombramientos y designaciones de los magistrados señalados en el ofi cio mencionado en el primer párrafo y nombrarlos y designarlos en las nuevas plazas, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2024, en virtud a la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 111-2023-MP- FN-JFS, de fecha 22 de diciembre de 2023, según corresponda, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Ofelia Gisella Alpiste Cáceres, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur y su designación en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, así como las prórrogas de las vigencias, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.os 3832-2019-MP-FN y 3656-2023-MP-FN, de fechas 31 de diciembre de 2019 y 28 de diciembre de 2023, respectivamente. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Yanina del Pilar Leon Lugo, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chorrillos, así como las prórrogas de las vigencias, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.os 3207-2023-MP-FN y 082-2024-MP-FN, de fechas 17 de noviembre de 2023 y 10 de enero de 2024, respectivamente. Artículo Tercero.- Nombrar a la abogada Ofelia Gisella Alpiste Cáceres, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chorrillos. Artículo Cuarto.- Nombrar a la abogada Yanina del Pilar Leon Lugo, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándola en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur. Artículo Quinto.- Disponer que el nombramiento y designación del personal fi scal señalado en el artículo tercero, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Sexto.- Disponer que el nombramiento y designación del personal fi scal señalado en el artículo cuarto, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a lo dispuesto por la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 111-2023-MP-FN-JFS, de fecha 22 de diciembre de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a las fi scales mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2257278-10 Nombran Fiscal Adjunto Superior Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Noroeste RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 286-2024-MP-FN Lima, 30 de enero de 2024 VISTO Y CONSIDERANDO:Los o fi cios N.os 32 y 190-2024-MP-FN- PJFSLIMANOROESTE, cursados por el abogado Jorge Veiga Reyes, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, mediante los cuales eleva la propuesta para cubrir una plaza de Fiscal Adjunto Superior Transitorio para el Despacho de la Fiscalía Superior de Familia Transitoria de Ventanilla, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante; asimismo, remite la documentación correspondiente. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley N° 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la Ley N° 30483, también modi fi cada mediante Ley N° 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. El Fiscal de la Nación Interino como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa verifi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2024, salvo que algún magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N° 31718.