Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (13/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Martes 13 de febrero de 2024 El Peruano / Designan Jefa de la Sub Unidad de Planificación, Evaluación y Seguimiento de la Unidad de Planificación, Presupuesto e Inversiones de AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 036-2024-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 12 de febrero de 2024VISTO:El Memorando Nº 486-2024-MIDAGRI-DVDAFIR- AGRO RURAL-DE/UGRH emitido por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 074-2023-MIDAGRI- DVDAFIR-AGRO RURAL-DE, se designó con efectividad al 01 de marzo de 2023 a la señora ZOILA NATALIA DELGADO CALISAYA, en el cargo de Jefa de la Sub Unidad de Plani fi cación, Evaluación y Seguimiento de la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto e Inversiones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación efectuada a la señora ZOILA NATALIA DELGADO CALISAYA en el cargo de Jefa de la Sub Unidad de Plani fi cación, Evaluación y Seguimiento de la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto e Inversiones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, y designar al profesional que desempeñará dicho cargo; Que, mediante documento de visto, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos informa que de la revisión y evaluación del currículum vitae descriptivo y documentos sustentatorios, se concluye que la señora JUSLISSA YOLANDA CERVAN RUIZ cumple con los requisitos para ser designada en el cargo de Jefa de la Sub Unidad de Plani fi cación, Evaluación y Seguimiento de la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto e Inversiones, conforme a la normativa vigente; Que, con el objeto de garantizar las actividades del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, y de conformidad con las facultades otorgadas a esta Dirección Ejecutiva en el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 137-2021-MIDAGRI y modi fi catorias; Contando con los vistos de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y de la Unidad de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la señora ZOILA NATALIA DELGADO CALISAYA en el cargo de Jefa de la Sub Unidad de Plani fi cación, Evaluación y Seguimiento de la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto e Inversiones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, siendo su último día de labores el 12 de febrero de 2024, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2. - DESIGNAR, a partir del 13 de febrero de 2024, a la señora JUSLISSA YOLANDA CERVAN RUIZ en el cargo de Jefa de la Sub Unidad de Plani fi cación, Evaluación y Seguimiento de la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto e Inversiones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de confi anza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.gob.pe/agrorural).Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR ALEJANDRO BACA RAMOS Director EjecutivoPrograma de Desarrollo ProductivoAgrario Rural – AGRO RURAL 2261138-1 EDUCACIÓN Definen como Entidad Tipo B del Ministerio de Educación, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, a la Escuela de Educación Superior Pedagógica Pública Monterrico RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 027-2024-MINEDU Lima, 12 de febrero de 2024VISTOS: el Expediente N° MPD2023-EXT-0473696, el Ofi cio N° 00256-2024-MINEDU/SG-OGRH, el Informe N° 00142-2024-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER, el Informe N° 00023-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME; y, el Informe N° 00172-2024-MINEDU/SG-OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; Que, el literal a) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece que solo para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se considera como entidad pública Tipo B, a aquellos órganos desconcentrados, proyectos, programas o unidades ejecutoras, conforme a la Ley N° 28411, de una entidad pública Tipo A que, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente, cumplan los siguientes criterios: a) tener competencia para contratar, sancionar y despedir; b) contar con una o fi cina de recursos humanos o la que haga sus veces, un titular, entendiéndose como la máxima autoridad administrativa y/o una alta dirección o la que haga sus veces; y c) contar con resolución del titular de la entidad pública a la que pertenece de fi niéndola como Entidad Tipo B; Que, el último párrafo del literal a) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece que la de fi nición antes señalada, se aplica exclusivamente para el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y no tiene implicancias para aspectos de estructura y organización del Estado ni para otros sistemas administrativos o funcionales; Que, en esa línea, el literal f) del numeral 5.1 de la Directiva N° 002-2014-SERVIR/GDSRH, “Normas para la Gestión del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos en las entidades públicas”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 238-2014-SERVIR-PE, (en adelante, la Directiva) establece que son entidades públicas Tipo B, aquellas que cumplan los siguientes criterios: i) ser un órgano desconcentrado, proyecto, programa o unidad ejecutora, conforme a la Ley N° 28411, de una entidad pública Tipo A; ii) tener competencia para contratar, sancionar y despedir, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente; iii) contar con una o fi cina de recursos humanos o la que haga sus veces, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente; iv) contar con un titular, entendiéndose como la máxima