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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (18/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Domingo 18 de febrero de 2024 El Peruano / 13.2 Los mecanismos de participación ciudadana en la función evaluadora brindan información y promueven espacios de diálogo e interacción con actores sociales participantes, considerando sus comentarios y aportes en cada etapa de la evaluación ambiental, brindando herramientas que permitan a la ciudadanía participar de manera informada y organizada. Artículo 14.- Tipos de mecanismos de participación ciudadana en la función evaluadora del OEFA Los mecanismos de participación ciudadana en la función evaluadora del OEFA son: a) Reunión para la propuesta del Plan de Evaluación b) Taller para la presentación del Plan de Evaluación aprobado c) Acompañamiento en la ejecución de la evaluación ambiental d) Reunión para la presentación del Informe de evaluación ambiental Artículo 15.- Reunión para la propuesta del Plan de Evaluación Este mecanismo comprende las siguientes actividades: 15.1 Informar a los participantes sobre la propuesta del Plan de Evaluación. 15.2 Recibir, registrar y atender los comentarios, sugerencias y aportes de los participantes relacionados al Plan de Evaluación, incluyendo las propuestas de puntos de muestreo por parte de los participantes. 15.3 Incorporar las sugerencias y aportes que correspondan en el Plan de Evaluación. Artículo 16.- Taller para la presentación del Plan de Evaluación aprobado Este mecanismo comprende las siguientes actividades: 16.1 Informar a los participantes sobre el ejercicio y desarrollo de la función de evaluación ambiental del OEFA. 16.2 Informar a los participantes sobre el contenido del Plan de Evaluación aprobado, su ejecución, las acciones técnicas en campo, la metodología aplicable para la recolección de muestras, la evaluación de resultados, así como las facultades, deberes y restricciones de los participantes relacionados al mecanismo de acompañamiento en la ejecución de la función evaluadora. 16.3 Informar a los participantes sobre la atención de los comentarios, sugerencias y aportes en el Plan de Evaluación, así como el motivo de la decisión del evaluador. 16.4 Absolver los comentarios, dudas y consultas de los participantes. Artículo 17.- Acompañamiento en la ejecución de la función evaluadora Este mecanismo comprende las siguientes actividades: 17.1 Realizar las acciones técnicas relacionadas a la evaluación ambiental, tales como, mediciones de campo, monitoreo, muestreo, en conjunto con los ciudadanos participantes y en los puntos previstos en el Plan de Evaluación aprobado y siempre que no implique tomar muestras dentro de la unidad fi scalizable, sin perjuicio de lo señalado en el numeral 31.2 del artículo 31 del Reglamento de Evaluación del OEFA. 17.2 Recibir y atender consultas de los participantes sobre el desarrollo de acciones técnicas relacionadas a la función evaluadora. 17.3 Informar a los participantes la posibilidad de la realización de contramuestras, por su propio cargo y cuenta, considerando las condiciones y exigencias señaladas en el Reglamento de Evaluación del OEFA. 17.4 Proveer temporal y excepcionalmente, cuando las circunstancias lo justi fi quen y previa coordinación, los equipos de protección personal que requieran los/as participantes acreditados/as y asumir los costos de su acompañamiento. Artículo 18.- Reunión para la presentación del Informe de Evaluación Ambiental Este mecanismo tiene como objetivo informar a los participantes y/ o autoridades sobre las conclusiones y resultados del informe de evaluación ambiental, así como aclarar dudas o consultas de la ciudadanía. Artículo 19.- Fases de los mecanismos de participación ciudadana en la función evaluadora del OEFA El desarrollo de cada uno de los mecanismos de participación ciudadana en la función evaluadora cumple con las siguientes fases: a) Convocatoria: En un plazo no menor de diez (10) días hábiles de la realización, se convoca a los actores sociales a fi n de incorporarlos en los mecanismos de participación ciudadana, bajo los criterios de priorización citados en las presentes Reglas. La convocatoria debe efectuarse a través de invitaciones formales, medios de comunicación escritos, radio o televisión u otras vías análogas, que permitan asegurar el mayor número de participantes. Para de fi nir la fecha y hora de la convocatoria se deberá tomar en cuenta el enfoque intercultural y de género, así como la gestión de las autorizaciones y permisos necesarios. Asimismo, la convocatoria deberá incluir los siguientes aspectos: i) Tipo de mecanismo de participación ciudadana en la función evaluadora ii) Lugar, fecha y hora de la realización del mecanismo de participación ciudadana. iii) Breve reseña del contenido de la realización del mecanismo de participación ciudadana b) Realización: El evaluador designado informa a los participantes el alcance del mecanismo de participación que se va a ejecutar, elabora el Acta de Participación Ciudadana y al término, la suscribe junto con las fi rmas de los participantes. El evaluador aplica diversas herramientas para conocer el nivel de receptividad de la información proporcionada a los participantes de los mecanismos de participación ciudadana llevados a cabo en la función evaluadora tales como encuestas, entrevistas o mecanismos análogos. Artículo 20.- Análisis del desarrollo de los mecanismos de participación ciudadana en la función evaluadora Finalizada la fase de realización de los mecanismos de participación ciudadana en la función evaluadora, el OEFA consolida, sistematiza y analiza la información contenida en la Base de Datos de Participación Ciudadana, con la fi nalidad de identi fi car oportunidades de mejora en la implementación de dichos mecanismos y asegurar el cumplimiento de la fi nalidad del presente Anexo. Artículo 21.- Del carácter público de la Base de Datos sobre la Participación Ciudadana La Base de Datos sobre la Participación Ciudadana en la función evaluadora es de acceso público a través de los canales previstos por el OEFA, sin perjuicio de las excepciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS y sus modi fi catorias. El OEFA actualiza la Base de Datos sobre la Participación Ciudadana. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Las disposiciones contenidas en las presentes Reglas pueden aplicarse para las labores de monitoreo ambiental participativo que se desarrollen en el marco de Mesas de Diálogo, intervenciones multisectoriales o espacios similares en los que participe el OEFA. 2262636-1