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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (18/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Domingo 18 de febrero de 2024 El Peruano / N 7985000 E357000, V3 N7985000 E355000, V4 N7986000 E355000, V5 N7986000 E356000, V6 N7988000 E356000; E) 19; F) R.D. 002-2024-DREM/ GOB.REG.TACNA/04 DE ENERO DE 2024, G) No tiene derecho por respetar. 11. A) HAOKES PERU S.A B) 73-00038-22; C) CLEVER JUAN TACO MAMANI, D) V1 N8025000 E342000, V2 N8024000 E342000, V3 N8024000 E340000, V4 E8025000 N340000 E) 19; F) R.D. 135- 2023-DREM/GOB.REG.TACNA/18 DE DICIEMBRE DE 2023, G) No tiene derecho por respetar. Regístrese, notifíquese y archívese.VICTOR RICARDO CABRERA PINTO Director RegionalDirección Regional de Energía y Minas de Tacna 2262069-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que aprueba la rectificación del Plano de Zonificación del distrito de Ate del ATN I y II, aprobado por Ordenanza N° 2495-2022 ORDENANZA N° 2600 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano Vivienda y Nomenclatura, a través del Dictamen N° 006-2024-MML-CMDUVN, el Concejo Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA RECTIFICACIÓN DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE ATE DEL ATN I Y II, APROBADO POR ORDENANZA N° 2495-2022. Artículo Primero .- Aprobar la recti fi cación parcial de zonifi cación a: Residencial de Densidad Media – RDM, de un área de 1,485.03 m 2 del predio ubicado en la Av. Los Mochicas N° 301, urbanización El Pino, distrito de Ate. La aprobación de la recti fi cación acotada está dirigida solo al área que no se encuentra involucrada en el derecho de vía de la Av. Separadora Industrial que tiene 80 ml. de sección vial según el Sistema Vial Metropolitano. El área del predio involucrado en el derecho de vía antes mencionado no es materia de la presente recti fi cación; conforme se desprende del anexo que forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo .- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación - IMP incorporar en el plano de zonifi cación del distrito de Ate, aprobado por Ordenanza N° 2495-2022, la cali fi cación de RDM aprobado en el artículo precedente. Artículo Tercero .- Disponer la noti fi cación de la presente ordenanza al propietario del predio y a la Municipalidad distrital de Ate. Artículo Cuarto .- Encargar a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano, y a la O fi cina de Gobierno Digital, su publicación, incluido su anexo, en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.Lima, 31 de enero de 2024.RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2262494-1 Ratifican derechos de trámite que corresponden a procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad aprobados en la Ordenanza N° 493-MVES por la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador ACUERDO DE CONCEJO N° 617 Lima, 21 de diciembre de 2023EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha, acordó lo siguiente; VISTO: El O fi cio Nº D000530-2023-SAT-JEF del 12 de diciembre de 2023 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, que remite el expediente de rati fi cación digital de la Ordenanza Nº 493- MVES, que aprueba los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 de la acotada ley orgánica, las ordenanzas, en materia tributaria, expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, según el artículo 38.8 de la Ley N° 27444, el pronunciamiento sobre la solicitud de rati fi cación se circunscribe a la determinación de la cuantía de las tasas por derechos de tramitación a las que se re fi ere el artículo 40 de la Ley N° 27972; Que, en aplicación de lo normado por el Decreto Legislativo N° 1203, que crea el Sistema Único de Trámites – SUT para la simpli fi cación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, y por la Ordenanza N° 2386-2021, que aprueba el procedimiento de rati fi cación de ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador registró su expediente TUPA en el SUT y aprobó la ordenanza, objeto de rati fi cación, cuya documentación sustentatoria cargada en el referido aplicativo, tiene carácter de declaración jurada; Que, a través del Informe N° D000182-2023-SAT- ART del 12 de diciembre de 2023, el Área Funcional de Ratifi caciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del