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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (25/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Domingo 25 de febrero de 2024 El Peruano / VISTO: O fi cio N° 0001076-2023-CG/GRECE, emitido por la Contraloría General de la República; los Memorandos Nros 000256 y 000656-2024-OGA/IPD, emitidos por la O fi cina General de Administración; el Memorando Nº 000184-2024-OPP/IPD, emitido por la O fi cina de Presupuesto y Plani fi cación; el Informe N° 000015-2024-UPTO/IPD, emitido por la Unidad de Presupuesto; el Informe N° 00063-2024-OAJ/IPD, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 7 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y sus modi fi catorias, el Instituto Peruano del Deporte (IPD) es el ente rector del Sistema Deportivo Nacional y constituye un organismo público ejecutor que cuenta con autonomía técnica, funcional y administrativa, constituyéndose, además, en un pliego presupuestal; Que, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 076-2023-IPD-P/CD, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, por la suma de S/ 208,087,101.00 (Doscientos Ocho Millones Ochenta y Siete Mil Ciento uno y 00/100 Soles), por toda Fuente de Financiamiento, sujeto a habilitaciones y anulaciones durante el año fi scal 2024; Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, dispone que “Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego”; Que, el mismo artículo, también señala que las “transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican en el diario o fi cial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web”; Que, en virtud a lo dispuesto por la normativa antes mencionada, la Contraloría General de la República mediante Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG, aprueba el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, mediante el O fi cio Nº 0001076-2023-CG/ GRECE, la Contraloría General de la República solicitó al Instituto Peruano del Deporte - IPD efectuar la transferencia fi nanciera a su favor, para fi nanciar la contratación y pago a la sociedad de auditoría fi nanciera gubernamental, por el monto de S/ 250 726.00 (Doscientos Cincuenta Mil Setecientos Veintiséis), por concepto del 100% Retribución económica (incluye Impuesto General a las Ventas) de los periodos 2023 y 2024; así como la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, por el monto de S/ 12 748.00 (Doce Mil Setecientos cuarenta y ocho) por concepto de derecho de designación por los periodos 2023 y 2024; Que, con el Memorando Nº 000256-2024-OGA/ IPD, la O fi cina General de Administración solicitó a la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Presupuesto y Plani fi cación la aprobación de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0194 y 0195, por el importe de S/ 250 726.00 (Doscientos Cincuenta Mil Setecientos Veintiséis y 00/100 soles) y S/ 12 748.00 (Doce Mil Setecientos Cuarenta y Ocho y 00/100 soles) por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, a fi n de atender la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por el período auditado 2023 y 2024; Que, la O fi cina de Presupuesto y Plani fi cación, mediante el Memorando N° 000184-2024-OPP/IPD, remitió a la O fi cina General de Administración el Informe N° 000015-2024-UPTO-OPP/IPD de la Unidad de Presupuesto – UPTO, a través del cual emite opinión favorable a la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, debido a que se aprobó la Certi fi cación de Crédito Presupuestario correspondiente y se encuentra acorde a la normativa vigente”; comunicando a su vez, mediante Memorando N° 000153-2024-UPTO/IPD, la aprobación de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0194 y 0195 por el monto solicitado; Que, la O fi cina General de Administración del Instituto Peruano del Deporte – IPD, mediante el Memorando N° 000656-2024-OGA/IPD, solicitó a esta O fi cina se emita opinión técnica a efectos de continuar con el trámite correspondiente para la emisión del acto resolutivo que autorice la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, correspondiente al 100% Retribución económica (incluye IGV) de los periodos 2023 y 2024, y por el pago del derecho de designación por los periodos 2023 y 2024,considerando que se cuenta con la aprobación de las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario de N° 0194 y N° 0195, que garantiza la disponibilidad de recursos; Que, mediante el Informe N° 00063-2024-OAJ/ IPD, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera que se debe continuar con el trámite correspondiente para la emisión del acto resolutivo con el cual se apruebe la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, según lo solicitado y sustentado por la Ofi cina General de Administración; considerando que, se encuentra acorde a lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; por lo que, corresponde a la Presidencia del Instituto Peruano del Deporte, en su calidad de Titular del Pliego, emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con las facultades previstas en la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y sus modi fi catorias; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modi fi catorias; Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada con Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01, y; Con el visto de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina de Presupuesto y Plani fi cación, de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Peruano del Deporte; SE RESUELVE:Artículo 1º.- AUTORIZAR TRANSFERENCIA FINANCIERA Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, Unidad Ejecutora 001: Instituto Peruano del Deporte, por la suma de S/ 250 726.00 (Doscientos Cincuenta Mil Setecientos Veintiséis y 00/100 soles), por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, a favor de la Contraloría General de la República, para fi nanciar el 100% de la retribución económica que incluye el IGV de los periodos 2023 y 2024. Artículo 2°.- DISPÓNGASE Dispóngase la Transferencia de la Unidad Ejecutora 001: Instituto Peruano del Deporte, por la suma de S/ 12 748.00 (Doce Mil Setecientos Cuarenta y Ocho y