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30 NORMAS LEGALES Martes 27 de febrero de 2024 El Peruano / de OCI termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del OCI; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación de fi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación en el cargo; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 309- 2020-CG, de fecha 22 de octubre de 2020, se designó al señor Olger Anibal Carrera Torres en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Castilla; Que, la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, mediante la Hoja Informativa Nº 000018-2024-CG/VCST, complementada con el Memorando N° 000139-2024-CG/VCST en atención a sus competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Gerencia Regional de Control de Arequipa para dar por terminada la designación del señor Olger Anibal Carrera Torres en el cargo de Jefe del OCI de la Municipalidad Provincial de Castilla, de conformidad con el literal d) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI; Que, de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; disposición que también es aplicable para los actos de administración interna, de acuerdo con lo previsto en el numeral 7.1 del artículo 7 de la norma antes mencionada; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000208-2024-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000195-2024-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da término a la designación del señor Olger Anibal Carrera Torres en el cargo de Jefe del OCI de la Municipalidad Provincial de Castilla, entidad bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Arequipa, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminada, con e fi cacia anticipada al 19 de enero de 2024, la designación del señor Olger Anibal Carrera Torres, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Castilla; sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepcion de cargo correspondiente. Artículo 2.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución.Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2264592-1 DEFENSORIA DEL PUEBLO Autorizan viaje del Defensor del Pueblo para participar en evento a realizarse en EE.UU. RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 005-2024/DP Lima, 21 de febrero de 2024VISTO:La invitación del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, el Memorando N° 007-2024-DP/GA emitido por el Gabinete de la Defensoría del Pueblo, el Memorando N° 295-2024-DP/OGDH emitido por la O fi cina de Gestión y Desarrollo Humano, el Memorando N° 0087-2024-DP/OAF emitido por la O fi cina de Administración y Finanzas y el Informe N° 140-2024-DP/OAJ emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los artículos 161° y 162° de la Constitución Política del Perú, se constituye la Defensoría del Pueblo como Organismo Constitucionalmente Autónomo y se asignan sus funciones mediante la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y sus modi fi catorias; y, mediante la Resolución Defensorial N° 004-2024/DP se aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM (en adelante la LEY y el REGLAMENTO, respectivamente), regulan la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, que irroguen o no gastos al Tesoro Público; Que, el artículo 2° de la LEY y el artículo 2° del REGLAMENTO disponen que las resoluciones que autoricen viajes al exterior de la República que sean estrictamente necesarios, serán debidamente sustentadas en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberán indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje y el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, el artículo 4° del REGLAMENTO señala que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el artículo 5° del REGLAMENTO dispone que los gastos por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados sobre la base de la Escala de Viáticos por Zonas Geográ fi cas, debiendo aprobar las Entidades del Sector Público, mediante Resolución del Titular de la Entidad y publicada en el Diario O fi cial El Peruano, menores asignaciones por concepto de viáticos, tomando en consideración las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, la existencia de fi nanciamiento parcial, duración del viaje por capacitación, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad del gasto fi scal; Que, mediante el Memorando N° 007-2024-DP/GA de fecha 20 de febrero de 2024, la Jefa (e) de Gabinete