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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (28/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 106

106 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de febrero de 2024 El Peruano / ALTURA MÁXIMA PERMISIBLEUnifamiliar 3 pisos + Azotea Multifamiliar (*)Frente a la calle 5 pisos + Azotea Frente a parque o avenida (3)8 pisos + Azotea Frente a calle 8 pisos + Azotea Conjunto Residencial (**)Frente a parque o avenida (3)1.5 (a+r) PORCENTAJE MINIMO DE AREA LIBREUnifamiliar 30% Multifamiliar (*)Frente a la calle 30% Frente a parque o avenida (3)35% Conjunto Residencial (**)Frente a calle 40%Frente a parque o avenida (3) RETIRO MUNICIPALFrente a vía local 3.00ml Frente a avenidas 5.00ml INDICE ESPACIO DE ESTACIONAMIENTOUnifamiliar No exigible Multifamiliar (*)01 estaciona- miento cada 3 unidades de vivienda Conjunto Residencial (**)01 estaciona- miento cada 3 unidades de vivienda Artículo 2°. - PRECISAR que, el Plano de Zoni fi cación (PZ-01), Plano Perimétrico y Ubicación (PP-01), Plano de Uso de Suelos Actual (PUS-01) el Plano de Planeamiento Integral (PI-01), Plano de propuesta de Lotización (PL-01), fi rmados por el Ingeniero Civil MANUEL QUINO ORDOÑEZ con Registro CIP N° 100645, forman parte de la zoni fi cación aprobada en el Artículo 1° de la presente Ordenanza. Artículo 3°.- DISPONER que, la Municipalidad Provincial de Cañete, incorpore el Plano de Propuesta de Planeamiento Integral y Asignación de Zoni fi cación al Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de San Vicente, aprobada en el Artículo 1°, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 4°.- PRECISAR que, el Planeamiento Integral (PI) tiene un horizonte de largo plazo a diez (10) años; sin embargo, la vigencia del PI concluye cuando se aprueba el PI o el PDU o el EU que lo actualiza, de conformidad con lo previsto por el Artículo 62° del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible aprobado por Decreto Supremo N° 022-2016-VIVIENDA. Artículo 5°.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, así como, notifi car a las áreas correspondientes, para su conocimiento y fi nes pertinentes; además, a la O fi cina de Tecnologías de la Información, Racionalización e Informática de la Municipalidad Provincial de Cañete, para la publicación de la misma en el portal de la entidad: (www.municanete.gob.pe.). Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ TOMAS ALCÁNTARA MALASQUEZ Alcalde 2225752-1MUNICIPALIDAD DISTRITAL SANTO DOMINGO DE ANDA Aprueban inmatriculación de predios destinados a proyecto como primera inscripción de dominio ante la SUNARP, a favor de la Municipalidad Distrital de Santo Domingo de Anda ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2024-MDSDA/A Santo Domingo de Anda, 19 de enero del 2024EL CONCEJO MUNICICPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DE SANTO DOMINGO DE ANDA VISTO: El Informe N°006-2024-MDSDA/UOE, de fecha 18 de enero del 2024, emitido por la Unidad de Obras y Estudios, Informe N° 007-2024-SGI-MDSDA/AJRC de fecha 18 de enero del 2024 emitido por el Sub Gerente de Infraestructura, Proveído N° 77-2024-GM-MDSDA/A de fecha 18 de enero del 2024, en la cual solicita: Aprobar la Inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos en Sesión de Concejo para Componentes de Proyecto “CREACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO RURAL EN LAS LOCALIDADES DE ANGASHYACU, PACAE, LOS JARDINES, ALTO PACAE Y CERRO AZUL, 5 LOCALIDADES DEL DISTRITO DE SANTO DOMINGO DE ANDA-PROVINCIA DE LEONCIO PRADO-DEPARTAMENTO DE HUANUCO”. CONSIDERANDO:Que, la Municipalidad Distrital de Santo Domingo de Anda, es un órgano de Gobierno Local con personería jurídica de Derecho Público, que goza de Autonomía Política, Económica y Administrativa, en los asuntos de su competencia; siendo regulado sus actividades y funcionamiento de acuerdo a las leyes y disposiciones, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado Peruano y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Resoluciones de Alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo; Que, mediante Ley Nº 26338, Ley General de Saneamiento, se declara a los servicios de saneamiento como servicios de necesidad y utilidad pública y de preferente interés nacional, cuya fi nalidad es proteger la salud de la población y el ambiente; Que, con Informe N°006-2024-MDSDA/UOE, de fecha 18 de enero del 2024, el Jefe de la Unidad de Obras solicita la inmatriculación de inmuebles del proyecto “CREACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO RURAL EN LAS LOCALIDADES DE ANGASHYACU, PACAE, LOS JARDINES, ALTO PACAE Y CERRO AZUL, 5 LOCALIDADES DEL DISTRITO DE SANTO DOMINGO DE ANDA-PROVINCIA DE LEONCIO PRADO-DEPARTAMENTO DE HUANUCO”, asignado con Código Único de Inversiones Nº 2447986, es necesario contar con resolución de aprobación para la Inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos en mérito al acuerdo tomado por los pobladores y autoridades de la localidades de Pacae, según el siguiente detalle: 1. Se cuenta con un terreno para la construcción de la estructura de Campo de in fi ltración en la localidad de