TEXTO PAGINA: 27
27 NORMAS LEGALES Viernes 12 de julio de 2024 El Peruano / la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representante del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N” 047-20202- PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, prevé que la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Misterios y Organismos Públicos Descentralizados se otorga por Resolución Ministerial del respectivo Sector y se publica en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, mediante Informe N° 0847-2024-MIDAGRI- SG/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mani fi esta que se ha cumplido con la normativa en materia de autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y que, por tanto, debe procederse a la emisión del acto resolutivo de autorización del viaje del señor Enrique Martín Vásquez Chumbiauca, Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial, para que participe en la Cuadragésima Cuarta Reunión Ordinaria del Comité Ejecutivo del IICA, a realizarse en la ciudad de San José, República de Costa Rica los días 23 y 24 de julio de 2024; Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, es necesario autorizar el viaje, del referido funcionario, a la ciudad de San José, República de Costa Rica, del 22 al 25 de julio de 2024, conforme se señala en el Anexo 5 – Formato de Información del Servidor Civil para Viaje al Exterior - de la Directiva y a la reserva de vuelos que obra en el expediente; Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure esta, resulta necesario encargar las funciones del Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial; Con las visaciones del Secretario General; del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, la Resolución de Secretaría General N° 0076-2019-MINAGRI-SG, que aprueba la Directiva N° 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización del viaje, otorgamiento y el control de pasajes, viáticos, y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Enrique Martín Vásquez Chumbiauca, Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial, del 22 al 25 de julio de 2024, a la ciudad de San José, Costa Rica, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar las funciones de Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial, al señor Álvaro Martín Quiñe Napuri, a partir del 22 de julio de 2024 y, en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 3.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, son cubiertos con cargo a los recursos del Presupuesto de Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombre y ApellidosViatico x 3 días (157.50 x 3) USDPasajes aéreos Tarifa Económica USDTotal USD Enrique Martín Vásquez Chumbiauca472,50 1 342,90 1 815,40 Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno al país, el servidor cuyo viaje se autoriza, debe presentar al Titular del Sector un informe detallado sobre las actividades y resultados de su participación. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2306153-1 Designan Director de la Dirección de Gestión Ambiental Agraria RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0242-2024-MIDAGRI Lima, 11 de julio de 2024 VISTOS:La Nota Interna N° 0248-2024-MIDAGRI- SG, de la Secretaría General; el Memorando N° 0929-2024-MIDAGRI-SG/OGGRH, de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, que adjunta el Informe N° 0270-2024-MIDAGRI-SG/OGGRH-ODTH, de la Ofi cina de Desarrollo del Talento Humano; y, el Informe N° 0850-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Dirección de Gestión Ambiental Agraria de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Viceministerio de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, siendo necesario designar al profesional que lo desempeñará; Con las visaciones del Secretario General; de la Directora General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos; y, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI;