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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2024 (16/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Martes 16 de julio de 2024 El Peruano / mediante el cual informa respecto a las acciones realizadas en el marco de la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la Corte Superior de Justicia de Ica en especialidad la en la especialidad Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT). Adicionalmente, la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación mediante O fi cio Nº 000189-2024-GSJR- GG-PJ, indica los órganos jurisdiccionales que serán comprendidos en la implementación del Expediente Judicial Electrónico y el dimensionamiento de la Mesa de Partes Física para la atención de ingresos de documentos en la Corte Superior de Justicia de Ica. Al respecto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica mediante O fi cio Nº 000631-2024-P-CSJIC-PJ, brinda conformidad a los precitados informes, solicitando adicionalmente se efectué la entrada en producción e inauguración correspondiente. Octavo. Que, existiendo la necesidad de continuar con las implementaciones del Expediente Judicial Electrónico, como parte de las acciones de fortalecimiento de transformación digital, y estando en ejecución las actividades correspondientes al Plan Operativo Institucional del Expediente Judicial Electrónico y Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, se propone iniciar la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la en la especialidad Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en la Corte Superior de Justicia de Ica. Noveno. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por tales fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 916-2024 de la vigésima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 3 de julio de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra y Cáceres Valencia, sin la intervención del señor Zavaleta Grández por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la en la especialidad Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), a partir del 15 de julio de 2024, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Ica, conforme al detalle siguiente: Sede Calle Lima, ubicada en Calle Lima N° 187 – Nasca: - Juzgado de Paz Letrado. - Juzgado de Trabajo. Sede Pisco - Túpac Amaru Inca, ubicada en Jirón Huáscar, Plaza Mayor – Pisco: - Juzgado de Paz Letrado – San Clemente. - Juzgado de Trabajo. Sede Central Nasca, ubicada en Calle Arica N° 195 – Nasca: - Sala Mixta Descentralizada.Sede Central Pisco, ubicada en Pérez Figueroa N° 140 – Pisco: - Sala Civil Descentralizada.La ceremonia de inauguración se realizará a partir del 18 de julio de 2024.Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de Ica, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Tercero.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2306895-1 Disponen la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), en la especialidad Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000213-2024-CE-PJ Lima, 5 de julio del 2024 VISTOS:El O fi cio Nº 000054-2024-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial; y el O fi cio Nº 000224-2024-ST-CT- EJE-PJ presentado por la Secretaria Técnica de la mencionada Comisión de Trabajo. CONSIDERANDO:Primero. Que, la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio Nº 000054-2024-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del pedido de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, respecto a la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en la especialidad Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en dicha sede judicial; así como la propuesta para la fecha de puesta a producción e inauguración, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000154-2024-CE-PJ, que aprueba la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la citada especialidad, entre otras, en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Segundo. Que, el Expediente Judicial Electrónico promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial, previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000136-2021-P-PJ. En ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa Nº 005-2017-CE-PJ hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, a efecto de asegurar la celeridad y transparencia en la solución de los con fl ictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales, en concordancia con los