TEXTO PAGINA: 59
59 NORMAS LEGALES Martes 23 de julio de 2024 El Peruano / Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENAS MAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRY SANJINEZ SALAZAR OYARCE YUZZELLI Marallano Muro Secretaria General 1 Aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, publicado el 25 de enero de 2029 en el Diario Oficial El Peruano. 2 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el Diario Oficial El Peruano. 2308977-1 MINISTERIO PÚBLICO Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Loreto y su designación en la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Loreto – Sede Iquitos RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1630-2024-MP-FN Lima, 19 de julio de 2024 VISTO: El ofi cio N° 001520-2024-MP-FN-CN-FEMA, de fecha 4 de junio de 2024, y; CONSIDERANDO: Mediante escrito recepcionado el 3 de junio de 2024, por la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Loreto – Sede Iquitos, a través de su mesa de partes, el abogado Gianco Del Aguila Isuiza, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Loreto, designado en el referido despacho, presenta su renuncia al cargo, por motivos estrictamente personales y de crecimiento laboral, solicitando la exoneración del plazo de ley e informando que se haga efectiva a partir del 4 de junio de 2024. Asimismo, estando a que dicho nombramiento se efectuó con la reserva de su plaza de origen, se procedió a comunicar dicha renuncia a la O fi cina General de Potencial Humano, para su conocimiento y fi nes. En esa línea, la referida carta de renuncia, cuenta con la conformidad de su jefe inmediato, el abogado Franco Gonzales Macedo, fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Loreto, designado en el despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Loreto – Sede Iquitos, quien para tal fi n suscribe el o fi cio N°000129-2024-MP-FN-FPEMA-LORETO-IQUITOS, de fecha 3 de junio de 2024. A través del o fi cio de visto, la abogada Flor De María Vega Zapata, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, eleva la citada carta de renuncia, por intermedio de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA) al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando la respectiva conformidad, con efectividad al 4 de junio de 2024. Sobre el particular, el numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fi scal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). Adicionalmente, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar, con e fi cacia anticipada, la renuncia del referido fi scal. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, con e fi cacia anticipada, la renuncia formulada por el abogado Gianco Del Aguila Isuiza, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Loreto, y a su designación en el despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Loreto – Sede Iquitos, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3015-2017-MP-FN, de fecha 21 de agosto de 2017, a partir del 4 de junio de 2024. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Gianco Del Aguila Isuiza que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2308895-1 Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal del Cusco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1631-2024-MP-FN Lima, 19 de julio de 2024 VISTO: El ofi cio Nº 05316-2024-MP-FN-FSNCEDCF, de fecha 4 de junio de 2024, y; CONSIDERANDO: Mediante escrito recepcionado el 3 de junio de 2024, la abogada María del Pilar Sánchez Vargas, fi scal adjunta provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal del