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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2024 (23/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Martes 23 de julio de 2024 El Peruano / VISTOS: Los o fi cios N°s. 000991 y 001413-2024-MP-FN- PJFSLALIBERTAD, de fechas 25 de abril y 24 de junio de 2024, respectivamente, y; CONSIDERANDO: Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2164-2010-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2010, se resolvió designar al abogado Jorge Isaac Celis Castro, fi scal adjunto provincial titular mixto de Paiján, Distrito Fiscal de La Libertad, en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Paiján. De acuerdo al numeral 3 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 052, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718, corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal. El numeral 4 del artículo 65 de la citada Ley Orgánica establece que corresponde al Fiscal de la Nación designar, según corresponda, a los Fiscales Titulares y Provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca. Así como, el artículo 32 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, re fi ere que la designación de los fi scales, en todos los niveles y especialidades, compete al Ministerio Público y se realiza en la plaza especí fi ca, para el órgano fi scal respectivo y sobre la base de la especialidad, experiencia, desempeño y antigüedad. Adicionalmente, el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, modi fi cada por la Ley N° 31718, prevé que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Mediante los o fi cios N°s. .000991 y 001413-2024-MP- FN-PJFSLALIBERTAD, cursados por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, se eleva las propuestas para ocupar la plaza de fi scal provincial, en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Paiján. En ese sentido y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación, en atención a que la plaza señalada en el párrafo precedente se encuentra pendiente de ocupar, previa veri fi cación de los requisitos que exige la ley, se ha considerado oportuno en mérito al marco normativo, nombrar y designar al abogado Jorge Isaac Celis Castro, como fi scal provincial del Distrito Fiscal de La Libertad, para que ocupe provisionalmente el cargo en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Paiján; previamente deberá darse por concluida la designación que se menciona en el primer párrafo de la presente resolución. Es de precisar, que el nombramiento y designación que se menciona en el párrafo que antecede tendrán vigencia a partir de la fecha de juramentación hasta el 31 de diciembre de 2024, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente, debiéndose además disponer la retención de su cargo de carrera. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo N°052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Jorge Isaac Celis Castro, fi scal adjunto provincial titular mixto de Paiján, Distrito Fiscal de La Libertad, en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Paiján, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2164-2010-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2010; a partir de la fecha de juramentación referida en el artículo tercero de la presente resolución. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Jorge Isaac Celis Castro, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de La Libertad, designándolo en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Paiján, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de juramentación hasta el 31 de diciembre de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento al abogado Jorge Isaac Celis Castro que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Quinto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2308899-1 Nombran fiscal adjunto provincial provisional designándolo en la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1640-2024-MP-FN Lima, 19 de julio de 2024 VISTOS: Los o fi cios N°s. 003699 y 004662-2024-MP-FN- FSNCEDCF, de fechas 16 de abril y 20 de mayo de 2024, respectivamente, y; CONSIDERANDO: De acuerdo al numeral 3 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 052, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718, corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal. El numeral 4 del artículo 65 de la citada Ley Orgánica establece que corresponde al Fiscal de la Nación designar, según corresponda, a los Fiscales Titulares y Provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca. Así como, el artículo 32 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, re fi ere que la designación de los fi scales, en todos los niveles y especialidades, compete al Ministerio Público y se realiza en la plaza especí fi ca, para el órgano fi scal respectivo y sobre la base de la especialidad, experiencia, desempeño y antigüedad. Adicionalmente, el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, prevé que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. En mérito de ello, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que