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95 NORMAS LEGALES Viernes 26 de julio de 2024 El Peruano / Disposición Complementaria Transitoria de la mencionada Directiva, modi fi cada en la Sesión 005-2021-CD-SERVIR y formalizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000061-2021-SERVIR-PE, dispone que la desvinculación de los/as servidores/as con cali fi cación de desaprobado a la que se re fi eren los artículos 47 y 49 del Reglamento General y el numeral 8.4 de la citada Directiva queda suspendida hasta la fi nalización del Ciclo de Gestión del Rendimiento 2023; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000235-2023-SERVIR-PE, se formalizó el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprobó como opinión vinculante el Informe Técnico N° 001882-2023-SERVIR-GPGSC de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, relativa al alcance de la desvinculación de los servidores que laboran en el Estado como consecuencia de haber obtenido la cali fi cación de desaprobado en el proceso de evaluación de desempeño; Que, el literal a) del artículo 22 del Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por el Decreto Supremo N° 062-2008-PCM, y modi fi catorias, señala que la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, como órgano de línea de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, tiene como función implementar las políticas nacionales del Sistema Administrativo de Gestión de los Recursos Humanos, en materia de desarrollo de capacidades, y evaluación de desempeño en el marco de la gestión del rendimiento de las personas al servicio del Estado, a través del desarrollo de procesos, instrumentos, metodologías, lineamientos, entre otros; Que, a través del Memorando N° 000532-2024-SERVIR-GDCRSC que hace suyo el Informe N° 000023-2024-SERVIR-GDCRSC-LRS, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, propone y sustenta, entre otros, la modi fi cación de la Primera y Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la “Directiva del Subsistema de Gestión del Rendimiento”; a fi n de que la implementación de dicho subsistema se limite a las entidades que hayan aprobado sus cronogramas de implementación de Gestión del Rendimiento para el ciclo del año 2024, puesto que solo estas podrán cumplir con la extensión mínima de los seis meses para la etapa de seguimiento, de acuerdo con lo dispuesto por el numeral 6.1.2 de la referida Directiva; Que, por medio del Memorando N° 000401-2024-SERVIR-GPGSC e Informe Técnico N° 001013-2024-SERVIR-GPGSC, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, concluye que resultan viables las propuestas de modi fi cación de la Primera y Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva del Subsistema de Gestión del Rendimiento; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, a través del Informe Legal N° 000353-2024-SERVIR-GG-OAJ, concluye que corresponde al Consejo Directivo de SERVIR evaluar y de ser el caso, aprobar el proyecto de modi fi cación de la “Directiva del Subsistema de Gestión del Rendimiento”, en los términos propuestos por la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil; Que, el Consejo Directivo, en la Sesión Nº 09-2024, acordó aprobar las modi fi caciones a la Primera y Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva del Subsistema de Gestión del Rendimiento, encargando a la Presidencia Ejecutiva emitir la resolución que formalice dicho acuerdo; Que, con Memorando N° 000239-2024-SERVIR- GG, el Gerente General, en su calidad de Secretario del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, comunica que en la Sesión N° 09-2024-CD, dicho Consejo Directivo aprobó las modi fi caciones a la Primera y Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la “Directiva del Subsistema de Gestión del Rendimiento”, encargando que se formalice dicho acuerdo; Que, mediante Hoja Informativa N° 000069-2024-SERVIR-GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica remite el proyecto de Resolución de Presidencia Ejecutiva que formaliza el acuerdo del Consejo Directivo de SERVIR sobre la aprobación de las modi fi caciones a la “Directiva del Subsistema de Gestión del Rendimiento”, por lo cual dicho órgano de asesoramiento considera legalmente viable su emisión; Con el visado de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, y sus modi fi catorias; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y sus modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, adoptado en la Sesión N° 09-2024-CD, a través del cual se aprueba la modi fi cación de la Primera y Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la “Directiva del Subsistema de Gestión del Rendimiento”, las que quedan redactadas conforme al texto siguiente: “Primera.- Progresividad de la implementación De acuerdo a la Décima Disposición Complementaria Final del Reglamento General, la progresividad de la implementación se re fi ere al aumento sucesivo de entidades que implementan el Subsistema de Gestión del Rendimiento de acuerdo a la normatividad vigente. En ese sentido, la progresividad dispuesta para el Subsistema de Gestión del Rendimiento es la siguiente, sujeta a evaluación de acuerdo a la implementación de cada ciclo anterior: (…) Desde al año 2024: • Entidades que hayan aprobado sus cronogramas de implementación de Gestión del Rendimiento para el ciclo 2024. (…). Tercera.- Impacto de la evaluación Las consecuencias a las que se re fi ere los artículos 47 y 49 del Reglamento General y el numeral 8.4 de la presente Directiva, se sujetan a las disposiciones normativas que apruebe SERVIR.” Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (www.gob.pe/servir) en la misma fecha de la publicación de la citada resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUILLERMO STEVE VALDIVIESO PAYVA Presidente Ejecutivo Consejo Directivo 2309793-1 OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL Designan responsable de entregar información de acceso público suplente en la Oficina de Normalización Previsional RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000080-2024-JF-ONP Lima, 25 de julio del 2024