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135 NORMAS LEGALES Jueves 13 de junio de 2024 El Peruano / en dicho proceso, los cuales son elegidos por el Comité Electoral mediante sorteo. La mesa de sufragio estará integrada de la siguiente manera: - Presidente - Secretario- Miembro b) Son funciones de los miembros de Mesa lo siguiente: - Recibir el material electoral, revisa si está completo y en buen estado. - Instalar la mesa de sufragio.- Colocar el padrón de electores en un lugar visible del centro de votación. - Solicita identi fi cación a los personeros de mesa. - Se encargan de ejecutar el proceso de elección el día de las elecciones en todas sus etapas. El Comité Electoral se instalará a las 08:00 horas en el día y lugar establecido en la convocatoria y después de veri fi car la conformidad del material electoral y acondicionar las mesas de votación, se dará inicio a la votación procediendo el presidente de cada mesa a fi rmar el reverso de la cedulas de votación asignadas, pasando posteriormente a llenar y fi rmar junto con los demás miembros el Acta de Instalación respectiva. Artículo 23°.- DEL SUFRAGIO La votación se realizará de acuerdo al orden de llegada de los delegados-electorales a fi n de entregarles las cédulas de votación previa entrega al secretario de su documento de identidad dirigiéndose luego a la cámara secreta para emitir su voto y depositarlo en el ánfora que corresponda al segmento al que pertenece su organización, fi rmando el Padrón Electoral, colocando la huella digital de su dedo índice derecho en la lista de delegados-electores y recibiendo en devolución su documento de identidad. Artículo 24°.- DEL VOTO Y LA VOTACIÓN El voto se considera válido cuando la intersección o cruce de las líneas que formen la cruz (+) o en aspa (x) estén dentro del recuadro del número del candidato de preferencia. La votación concluirá a las 16:00 horas del día señalado. Sin embargo, la votación podrá concluir. - Antes de las 16:00 horas si es que hubieran votado todos los representantes que fi guren en la lista de delegados-electores. - Después de las 16:00 horas si es que aún falta votar alguno de los delegados-electores presentes en la mesa de votación Artículo 25°.- DEL ESCRUTINIO Y ACTA ELECTORAL El escrutinio se llevará a cabo en público, siendo el secretario del Comité Electoral el encargado de anotar la contabilidad de los votos. Los resultados serán anotados en el Acta Electoral, que será suscrita por el Comité Electoral, los personeros que así lo deseen, las actas cuales serán distribuidos de la siguiente manera: - Un ejemplar para el Presidente del Comité Electoral - Un ejemplar para el Alcalde- Un ejemplar para la ONPE- Un ejemplar para el Comité Electoral Artículo 26°.- LA PROCLAMACIÓN DE LOS CANDIDATOS Los candidatos que obtengan mayoría simple de votos de los sufragantes concurrentes, serán proclamados como representantes titulares ante el Consejo de Coordinación Local Distrital. Los siguientes, en orden descendente, ocuparán los cargos accesitarios. De producirse un empate entre alguno de los candidatos para el cargo de representante titular, se procederá inmediatamente a una segunda vuelta entre ellos. De persistir el empate se procederá a realizar un sorteo, el cual también es aplicable para el caso de empate de los accesitarios, acto seguido se comunicará por escrito al Alcalde los resultados del proceso para la expedición de la Resolución de Alcaldía y entrega de credenciales correspondientes. Artículo 27°.- DE LA SUPERVISIÓN DE LA ELECCIÓN La O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) podrá brindar asistencia técnica para la plani fi cación, organización y ejecución de todo el proceso electoral. La elección podrá ser fi scalizada por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y, la observación de otras instituciones. DISPOSICIONES TRANSITORIAS FINALESPrimera.- El Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres, convocará mediante Decreto de Alcaldía según cronograma a la elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local para el periodo 2024-2026, dentro del plazo máximo de diez (10) días, con posterioridad a la publicación de la presente. Segunda.- Instalado el Consejo de Coordinación Local Distrital debe elaborar su propuesta de Reglamento, el mismo que deberá ser aprobado mediante Ordenanza Municipal durante el primer trimestre de su funcionamiento. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Participación Vecinal el cumplimiento y difusión del presente reglamento en coordinación con la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. Cuarta.- El presente reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. ANEXOS ANEXO N° 01: Acta de Asamblea Extraordinaria de Asociados. ANEXO N° 02: Inscripción en el Registro Distrital de organizaciones de la Sociedad Civil ANEXO N° 03: Solicitud de Inscripción como Candidato ANEXO N° 04: Formato de Inscripción del Candidato ANEXO N° 05 : Cuadro de Inscripción de Lista. ANEXO 01: ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ASOCIADOS ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ASOCIADOS Siendo las ………del día………………del 2019, se reunieron los asociados que suscribieron la presente Acta de la Organización social denominada …………………………………..cuyas siglas ( si la tuviera)………………………. Debidamente convocados con la siguiente agenda: 1. Participación de la Organización Social en el proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad de San Martin de Porres-CCLD.