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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (22/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Sábado 22 de junio de 2024 El Peruano / que el señor Carlos Antonio Mondragón Velásquez: i) No se encuentra inmerso en causal alguna que impida su acceso a la función pública; ii) No registra sanciones en el Registro Nacional de Sanciones contra servidores civiles y que no registra antecedentes penales, judiciales y policiales a través de la Plataforma de Debida Diligencia; iii) No presenta anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios ni en el Registro de Deudores Judiciales Morosos, y, iv) Presentó declaración jurada de no estar inscrito en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles; razón por la cual, emite opinión favorable para proseguir con el trámite de designación del Asesor de la Presidencia del CONCYTEC; Que, a través del Informe N° D000071-2024- CONCYTEC-OGAJ-MMZ y el Memorando N° D000250- 2024-CONCYTEC-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para continuar con el trámite correspondiente y, en consecuencia, se proceda a la expedición de la Resolución de Presidencia que designe al Asesor de la Presidencia del CONCYTEC; Con la visación de la Secretaria General (e), del Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Jefa de la O fi cina General de Administración y del Jefe (e) de la Ofi cina de Personal del CONCYTEC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y, el Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir del 22 de junio de 2024, al señor Carlos Antonio Mondragón Velásquez en el cargo de Asesor de la Presidencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, cargo considerado de con fi anza. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Personal efectúe la noti fi cación de la presente Resolución al señor Carlos Antonio Mondragón Velásquez; así como a la Ofi cina General de Administración del CONCYTEC para que disponga las acciones correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del CONCYTEC (www.gob.pe/concytec). Regístrese, comuníquese y publíquese. SIXTO ENRIQUE SÁNCHEZ CALDERÓN Presidente 1 Ley que modi fi ca diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; y de la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. 2300278-1 Aprueban transferencias financieras a entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 059-2024-CONCYTEC-P Lima, 21 de junio de 2024 VISTOS: El O fi cio N° D000227-2024-PROCIENCIA-DE, el Informe Técnico - Legal Nº 004-2024-PROCIENCIA-UGC- UPP-UAL y Proveído N° 004-2024-PROCIENCIA-DE del Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados – PROCIENCIA, el I nforme N° D000020-2024-CONCYTEC-OGPP-OPP-JAC de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto mediante el Memorando N° D000401-2024-CONCYTEC-OGPP; y, el Informe N° D00070-2024-CONCYTEC-OGAJ-EAF y Memorando N° D000252-2024-CONCYTEC-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Decreto Supremo N° 051-2021-PCM, se crea el Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados - PROCIENCIA, sobre la base del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co y de Innovación Tecnológica – FONDECYT, y por medio de la Resolución de Presidencia Nº 058-2021-CONCYTEC-P, de fecha 9 de junio de 2021, se aprueba el Manual de Operaciones – MOP del Programa PROCIENCIA, el mismo que establece su estructura; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 088-2021-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva N° 003-2021-CONCYTEC-P denominada “Directiva que regula el proceso de aprobación de Transferencias Financieras y Otorgamiento de Subvenciones en el Pliego Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC”, en adelante, la Directiva; Que, los numerales 6.1.1 y 6.1.2 de la Directiva establecen que la Unidad de Gestión de Concursos, en coordinación con la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Asesoría Legal del Programa PROCIENCIA son responsables, cada una en el ámbito de su competencia, de la información que se consigne en el Informe Técnico Legal (ITL), así como veri fi car que los convenios, contratos y adendas a mérito de los cuales se van a realizar las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, se encuentren debidamente suscritos. Asimismo, elaboran y suscriben el ITL, en el que se sustenta la necesidad de aprobación de las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, utilizando para ello el Formato del Anexo N° 01 e incluyen la copia de los Certi fi cados de Crédito Presupuestario; Que, el numeral 6.2.2 de la Directiva señala que la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto evalúa la solicitud en materia presupuestal y procede a emitir opinión técnica y de ser favorable, remite el expediente a la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; Que, conforme al numeral 6.2.3 de la Directiva, la O fi cina General de Asesoría Jurídica con la opinión favorable de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, procede a elaborar el proyecto de resolución de aprobación de transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país; Que, mediante el O fi cio N° D000227-2024- PROCIENCIA-DE, el Informe Técnico - Legal Nº 004-2024-PROCIENCIA-UGC-UPP-UAL y Proveído N° 004-2024-PROCIENCIA-DE, la Dirección Ejecutiva del Programa PROCIENCIA solicita se aprueben las transferencias fi nancieras a entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, que ascienden a un importe total de S/.