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55 NORMAS LEGALES Sábado 22 de junio de 2024 El Peruano / y ejecutar la producción de las estadísticas básicas a través de censos, encuestas por muestreo y registros administrativos del Sector Público; Que, en ese marco normativo, la O fi cina Técnica de Estadísticas Departamentales, mediante los documentos del visto solicita autorización para la ejecución de la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2024 y la aprobación del Formulario 01 dirigido a las municipalidades provinciales y distritales y el Formulario 02 dirigido a las municipalidades de centros poblados para el levantamiento de la información estadística; Que, en ese sentido, resulta viable autorizar la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2024, y aprobar los Formularios 01 y 02, fi jando el plazo máximo de entrega de la información, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, “Reglamento de Organización y Funciones del INEI”; Estando a lo propuesto por la O fi cina Técnica de Estadísticas Departamentales, con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística y de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, la ejecución de la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2024, que se ejecutará a partir del 24 de junio 2024, y estará cargo de la O fi cina Técnica de Estadísticas Departamentales del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI. Artículo 2.- Aprobar el Formulario 01, dirigido a las municipalidades provinciales y distritales; y el Formulario 02, dirigido a las municipalidades de centros poblados, que serán diligenciados para la actualización del Registro Nacional de Municipalidades, los cuales serán remitidos a todas las municipalidades del país, vía correo electrónico o mesa de partes virtual en formato PDF para su diligenciamiento por el Alcalde u otro funcionario municipal que delegue. Los Formularios, también estarán disponibles en la página Web del INEI https://www.gob.pe/inei/, para su diligenciamiento en la Plataforma en Línea, siendo un formulario amigable de fácil diligenciamiento, y con preguntas estructuradas por tema; asimismo, muestra un reporte del estado situacional del diligenciamiento de las preguntas y validación de los datos registrados. Para acceder a la Plataforma debe ingresar la clave de acceso que será proporcionada mediante o fi cio dirigido al Alcalde. Artículo 3.- Establecer como plazo máximo de presentación de los formularios debidamente diligenciados hasta el 31 de julio 2024, los mismos que serán remitidos a través del Formulario en Línea; y, en formato PDF en el departamento de Lima: al Instituto Nacional de Estadística e Informática a los correos electrónicos renamu@inei.gob.pe y mesadepartes@inei.gob.pe; y, en los otros departamentos del país, a las O fi cinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática, cuyos correos electrónicos se consignan en el Anexo que forman parte de la presente Resolución. Artículo 4.- Los Directores Departamentales y Zonales de las O fi cinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática serán responsables de la ejecución y coordinación con las autoridades municipales de su jurisdicción, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5.- Precisar, que las municipalidades que incumplan con la presentación de la información solicitada en el plazo establecido, serán pasibles de ser multadas conforme a lo dispuesto por los artículos 87, 89 y 91 del Decreto Supremo Nº 043-2001 PCM y que el pago de la multa no exime a las municipalidades de la obligación de suministrar la información solicitada. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Portal de Transparencia Estándar del INEI (www.gob.pe/inei/) Regístrese y comuníquese.PETER ABAD ALTAMIRANO Jefe (e)ANEXO REGISTRO NACIONAL DE MUNICIPALIDADES 2024 Lugares de Distribución y Recepción de Formularios Ofi cinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática - ODEI / OZEI ODEI AMAZONAS Dirección: Jr. Amazonas Nº 440 - Chachapoyas(Ref. A 1/2 cuadra de la Plazuela de Burgos) Teléfono: 997567429 / 970275266 Correo electrónico: AMAZONAS@INEI.GOB.PE ODEI ÁNCASH - HUARAZ Dirección: Jr. Dámaso Antúnez Nº 723 Barrio de Belén - Huaraz Teléfono: 969668298 / 940652650Correo electrónico: HUARAZ@INEI.GOB.PE OFICINA ZONAL DE ÁNCASH - CHIMBOTE Dirección: Urb. Los Pinos, Mz. A2 Lt. 1 - Chimbote (Altura del Vivero Forestal de Chimbote - Zona La Antena) Teléfono: 976543032 / 997567691Correo electrónico: CHIMBOTE@INEI.GOB.PE ODEI APURÍMAC Dirección: Av. Circunvalación Nº 279 Mz. U Lt. 21 - Abancay Teléfono: 997567692Correo electrónico: APURIMAC@INEI.GOB.PE ODEI AREQUIPA Dirección: Calle Santo Domingo 103, O fi cina Nº 412 (Local de la Biblioteca: San Juan de Dios 120A) Teléfono: 997567696Correo electrónico: AREQUIPA@INEI.GOB.PE ODEI AYACUCHO Dirección: Jr. Callao N° 226 - Ayacucho Teléfono: 993583120Correo electrónico: AYACUCHO@INEI. GOB.PE ODEI CAJAMARCA Dirección: Jr. Del Comercio Nº 629 - CajamarcaTeléfono: 997567695Correo electrónico: CAJAMARCA@INEI.GOB.PE ODEI CUSCO Dirección: Av. El Sol Nº 272 - CuscoTeléfono: 997567693 / 991309698Correo electrónico: CUSCO@INEI.GOB.PE ODEI HUANCAVELICA Dirección: Psje. Montesinos S/N (Ref. A 1/2 cuadra del Complejo Deportivo del IPD - Barrio de Santa Ana) Teléfono: 997567697Correo electrónico: HUANCAVELICA@INEI.GOB.PE ODEI HUÁNUCO Dirección: Jr. 28 de Julio Nº 835 - Huánuco Teléfono: 997567698Correo electrónico: HUANUCO@INEI.GOB.PE ODEI ICA Dirección: Av. Municipalidad Nº 213 - 219 - IcaTeléfono: 991685966 / 956629922Correo electrónico: ICA@INEI.GOB.PE ODEI JUNÍN Dirección: Calle Real Nº 601- 615 - HuancayoTeléfono: 997568010Correo electrónico: JUNIN@INEI.GOB.PE ODEI LA LIBERTAD Dirección: Av. Manuel Vera Enríquez N° 504 - Urb. Las Quintanas - Trujillo