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34 NORMAS LEGALES Martes 19 de marzo de 2024 El Peruano / SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO 2.1. De los actuados se advierte que el deceso de la señora regidora electa ocurrió el 29 de noviembre de 20222, por lo que no juramentó ni asumió el cargo para el periodo de gobierno municipal 2023-2026. 2.2. Así las cosas, corresponde atender la solicitud presentada por el señor alcalde como una “convocatoria a candidato no proclamado por no haber juramentado el titular” (ver S.N. 1.2. y 1.3.); en consecuencia, debe dejarse sin efecto la credencial que le fuera otorgada a la señora regidora electa y convocar al regidor que corresponda. 2.3. Tal como lo dispone el artículo 35 de la LEM (ver SN 1.2.), para completar el número de regidores, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, debe convocarse a don José Fernando Huamán Huamán, identificado con DNI Nº 75793266, candidato no proclamado de la organización política Renovación Popular, a fin de que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Cristóbal, por el periodo de gobierno municipal 2023-2026. 2.4. Dicha convocatoria se realiza de conformidad con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 28 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Bongará, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.5. La notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.4.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Grimilda Ventura Ventura como regidora del Concejo Distrital de San Cristóbal, provincia de Luya, departamento de Amazonas, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por no haber juramentado ni asumido dicho cargo debido a su fallecimiento. 2. CONVOCAR a don José Fernando Huamán Huamán, identificado con DNI Nº 75793266, a fin de que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Cristóbal, provincia de Luya, departamento de Amazonas, por el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculta como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SALAS ARENAS MAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZAR OYARCE YUZZELLI Marallano Muro Secretaria General 1 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario oficial El Peruano. 2 Información corroborada con la consulta virtual del DNI Nº 33800436, correspondiente a la señora regidora electa, realizada en el portal web del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, https://cel.reniec.gob.pe/celweb/index.html. 2271203-1Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Mato, provincia de Huaylas, departamento de Áncash RESOLUCIÓN Nº 0068-2024-JNE Expediente Nº JNE.2023003090 MATO - HUAYLAS - ÁNCASH VACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATONO PROCLAMADO Lima, once de marzo de dos mil veinticuatro VISTOS: los Oficios Nºs. 043-2024-MDM/A, 071-2024-MDM/A y 090-2024-MDM/A, presentados el 1, 16 y 27 de febrero de 2024, respectivamente, por don Gilver Kennedy Callan Luna, alcalde de la Municipalidad Distrital de Mato, provincia de Huaylas, departamento de Áncash (en adelante, señor alcalde), sobre la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado por la declaratoria de vacancia de doña Jeny Karina Vega Polo, regidora de dicha comuna (en adelante, señora regidora), por la causa de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, establecida en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTES 1.1. A través del Oficio Nº 0560-2023-MDM/A, presentado el 28 de noviembre de 2023, el señor alcalde remitió, entre otros, documentación relacionada al procedimiento de vacancia de la señora regidora. 1.2. Mediante la Resolución Nº 0233-2023-JNE, del 13 de diciembre de 2023, el Pleno de este órgano electoral declaró la nulidad de todo lo actuado hasta la citación dirigida a la señora regidora, para que asista a la sesión extraordinaria de concejo en la que se evaluó la vacancia seguida en su contra; además, requirió que el señor alcalde cumpla con convocar a una nueva sesión extraordinaria de concejo, en la cual se dilucide y resuelva dicha vacancia, respetando estrictamente las formalidades previstas en los artículos 21 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 1 (en adelante, TUO de la LPAG), así como el plazo señalado en el cuarto párrafo del artículo 13 de la LOM, y se informe si el acuerdo adoptado quedó consentido o se interpuso algún recurso impugnatorio en su contra. Todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se declare la improcedencia de su pedido, se archive el expediente y se remitan copias de los actuados al Ministerio Público. 1.3. Con los oficios señalados en el visto, el señor alcalde remitió, entre otros, los siguientes documentos: a) Carta Nº 0120-2023-MDM/SG, del 28 de diciembre de 2023, dirigida a la señora regidora, sobre la convocatoria a la sesión extraordinaria programada para el 10 de enero de 2024. b) Carta Múltiple Nº 009-2023-MDM/SG, del 28 de diciembre de 2023, dirigida a los señores regidores, respecto a la convocatoria a la sesión extraordinaria antes citada. c) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 02-2024-MDM, del 10 de enero de 2024, en la que los miembros del concejo declararon la vacancia de la señora regidora. d) Acuerdo de Concejo Nº 010-2024-MDM, del 10 de enero de 2024, que formalizó la decisión edil adoptada. e) Carta Múltiple Nº 001-2024-MDM/SG, del 10 de enero de 2024, dirigida a la señora regidora, sobre la notificación del referido acuerdo de concejo. f) Informe Nº 014-2024-MDM/SG, emitido el 16 de febrero de 2024, por doña Karen Soledad Alegre Chirito, secretaria general (e) de la entidad edil (en adelante, señora secretaria general (e)), sobre la no presentación