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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2024 (19/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Martes 19 de marzo de 2024 El Peruano / (i) Los recursos de la meta presupuestal 043, asignada al Órgano de Control Institucional del Ministerio del Interior, en la específica de gasto 23.29.11 Locación de servicios realizados por Persona Natural, cuenta con un Presupuesto Institucional Modificado (PIM) 2024 por el importe de S/ 158 482,00 (CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 00/100 SOLES), donde la locación de servicios que ejecutan labores de control presenta una proyección de gastos de enero a marzo por el importe de S/ 142 000,00 (CIENTO CUARENTA Y DOS MIL CON 00/100 SOLES); de los cuales en enero y febrero se ejecutó S/ 52 000,00 (CINCUENTA Y DOS MIL Y 00/100 SOLES) por mes y se proyecta ejecutar en marzo S/ 38 000,00 (TREINTA Y OCHO MIL Y 00/100 SOLES); (ii) Considerando el monto de transferencia financiera solicitada por la Contraloría General de la República, por el importe de S/ 219 000,00 (DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL CON 00/100 SOLES) menos el monto del gasto de enero a marzo 2024 de locación de servicios de OCI que ejecuta labores de control, correspondería transferir el saldo del importe requerido, que asciende a S/ 77 000,00 (SETENTA Y SIETE MIL CON 00/100 SOLES); (iii) La Oficina General de Administración y Finanzas emite opinión favorable para la realización de la transferencia financiera de la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración del Pliego 007: Ministerio del Interior, a favor de la Unidad Ejecutora N° 001-196: Contraloría General del Pliego del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 77 000,00 (SETENTA Y SIETE MIL 00/100 SOLES), en el marco del proceso de incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República. Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 000454-2024-IN-OGAJ, señala que resulta jurídicamente viable la tramitación de la resolución ministerial que autoriza la transferencia financiera del Pliego 007: Ministerio del Interior a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco del proceso de incorporación progresiva del Órgano de Control Institucional a la Contraloría General de la República, conforme a lo propuesto por las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Administración y Finanzas; Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina General de Administración y Finanzas y de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; la Directiva N° 012-2023-CG/GMPL “Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”, aprobada por la Resolución de Contraloría N° 349-2023-CG; y la Resolución Ministerial N° 1520-2019- IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia financiera Autorizar la transferencia financiera del Pliego 007: Ministerio del Interior hasta por la suma de S/ 77 000,00 (SETENTA Y SIETE MIL Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco del proceso de incorporación progresiva del Órgano de Control Institucional a la Contraloría General de la República. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto de Año Fiscal 2024 del Pliego 007: Ministerio del Interior, Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración, de acuerdo al siguiente detalle.Pliego : 007 Ministerio del Interior Unidad Ejecutora : 001 Oficina General de Administración Categoría Presupuestal : 9001 Acciones Centrales Producto : 3.999999 Sin Producto Actividad : 5.000006 Acciones de Control y Auditoría Fuente de Financiamiento : 1 Recursos Ordinarios Categoría de Gasto : 5 Gastos Corrientes Genérica de Gasto : 2.4 Donaciones y Transferencias Específica de Gasto: 2.4.1.3.1.1. A Otras Unidades del Gobierno Nacional Total : 77 000,00 Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- PublicaciónDisponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Interior (www. gob.pe/mininter), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR MANUEL TORRES FALCÓN Ministro del Interior 2271477-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Modifican la Resolución Ministerial N° 342-2012-MIMP, que constituye Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 096-2024-MIMP Lima, 15 de marzo de 2024 Vistos; el Informe Técnico Nº D000078-2024-MIMP- OSDN de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, el Informe Nº D000034-2024-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional, el Memorándum Nº D000207-2024-MIMP-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº D000163-2024-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd) como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar los riesgos asociados a peligros, priorizar la prevención para evitar la generación de nuevos riesgos, reducir o minimizar sus efectos, así como, la preparación y respuesta ante situaciones de emergencia o desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 29664 señala que la Gestión del Riesgo de Desastres es un proceso social cuyo fin último es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de desastre, considerando las políticas nacionales con especial énfasis en aquellas relativas a