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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2024 (01/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 73

73 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de mayo de 2024 El Peruano / Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Órgano de Imagen Institucional de este Distrito Judicial, la difusión respectiva de la presente resolución administrativa. Artículo Quinto.- PONER en conocimiento la presente Resolución de la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control, Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control, Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Recursos Humanos. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ Presidente de la CSJLima 2284792-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Otorgan duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con Mención en Ingeniería Industrial a egresado de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERíA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2220-2023-UNI Lima, 4 de agosto de 2023 VISTO: El expediente STUDNI N° 62773-2023 presentado por el señor Edgar Dante Arca Maldonado, en la cual solicitó la expedición de un duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería de Petróleo. CONSIDERANDO: El artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece que “Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios Estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes”. Conforme a lo establecido en el Artículo 8° de la Ley Universitaria N° 30220, el Estado reconoce la autonomía universitaria, que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la acotada Ley y demás normativa aplicable, autonomía que se manifiesta en los regímenes: 8.1 Normativo, 8.2 De gobierno, 8.3 Académico, 8.4 Administrativo y 8.5 Económico, concordante con el Artículo 18° de la norma estatutaria, que establece “el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y de ejecución académica y administrativa de la Universidad”. Que el señor Edgar Dante Arca Maldonado, identificado con D.N.I. N° 40209409, egresado de esta casa de estudios, mediante el expediente del Visto solicitó el duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería de Petróleo, por pérdida, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva según lo dispuesto, en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos Títulos Profesionales de la Universidad Nacional de Ingeniería, aprobado por la Resolución Rectoral N° 0122 del 18 de enero de 2008, modificado por Resolución Rectoral N° 1685 del 08 de noviembre del 2013. Asimismo, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante el Informe N° 128-2023- UNI/SG/UGyT del 25 de mayo de 2023, precisó que el diploma del señor Edgar Dante Arca Maldonado, se encuentra registrado de la siguiente manera: en el Libro de Bachilleres Nº 8, página 187, con número de registro 24004-B. Además, la Presidenta de la Comisión Académica del Consejo Universitario, mediante Oficio N° 671-CA- VA-2023-UNI, del 13 de julio de 2023, informó que en Sesión Presencial N° 22-2023 realizada el 10 de julio de 2023, previa revisión y verificación del Expediente acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado del Diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con Mención en Ingeniería de Petróleo al señor Edgar Dante Arca Maldonado. Estando al Proveído N° 4935/ALCHN Rect. 23 del 14 de julio del 2023 del despacho del rectorado, a lo acordado por la Comisión Académica del Consejo Universitario en Sesión Presencial N° 22 del 10 de julio de 2023, a lo aprobado por el Consejo Universitario en la Sesión Ordinaria N° 11 del 02 de agosto de 2023 y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 25° del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Anular, el Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias con Mención en Ingeniería de Petróleo de don Edgar Dante Arca Maldonado, registrado en el Libro de Bachilleres Nº 8, página 187, con número de registro 24004-B, con fecha de otorgamiento el Grado de Bachiller de 29 de octubre de 2003, por motivo de perdida. Artículo 2°.- Otorgar el duplicado del Diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con Mención en Ingeniería Industrial a favor de don Edgar Dante Arca Maldonado, en mérito a los considerandos de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA Rector SONIA ANAPAN ULLOA Secretaria General 2278241-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban modificación del Manual de Clasificador de Cargos de la Oficina Nacional de Procesos Electorales RESOLUCIÓN N° 000026-2024-SG/ONPE Lima, 26 de abril de 2024 VISTOS: el Memorando N° 000094-2024-GG/ONPE, de la Gerencia General, los Informes n° 000107-2024-GRH/ ONPE y N° 000110-2024-GRH/ONPE, de la Gerencia de Recursos Humanos, el Memorando n° 000386-2024-GPP/ ONPE, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, así como el Informe N° 000220-2024-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE; Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 238-2014-SERVIR-PE, se aprobó la Directiva N°