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64 NORMAS LEGALES Viernes 10 de mayo de 2024 El Peruano / En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349 de la Ley General y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14 de la misma Ley; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a PROTECTA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS la modi fi cación parcial del artículo primero de su estatuto social, cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este organismo; y, devuélvase la minuta que lo formaliza con el sello o fi cial de esta Superintendencia, para su elevación a escritura pública en la que se insertará el texto de la presente resolución, para su correspondiente inscripción en el registro público respectivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP (a.i.) 2284411-1 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Aprueban Presupuesto Analítico de Personal - PAP, correspondiente al año fiscal 2024 del Tribunal Constitucional RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 009-2024-SG/TC Lima, 6 de mayo de 2024VISTOS El O fi cio 2904-2024-EF/53.06, de fecha 26 de abril de 2024, de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); y el Informe 0436-2024-EF/53.06 sobre solicitud de opinión favorable respecto a la propuesta de Presupuesto Analítico de Personal - PAP del Tribunal Constitucional, para el Año Fiscal 2024; y, CONSIDERANDOQue, el numeral 6.1 del artículo 6 de la Directiva 0005-2021-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modi fi cación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público” (la directiva), aprobada por Resolución Directoral 0109-2021-EF/53.01, establece que el Presupuesto Analítico de Personal - PAP es el documento de gestión institucional que sistematiza el presupuesto de las plazas que corresponden a los ingresos de personal que percibe el personal activo de manera permanente, periódica, excepcional u ocasional, cuya entrega se realiza de manera regular en el tiempo, incluyendo los aportes que por ley corresponda comprendidas en el presupuesto institucional de las entidades del Sector Público, que cuenten con un crédito presupuestario aprobado; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 14.6 del artículo 14 de la directiva, el Titular de la Entidad o a quien éste delegue expresamente dicha función, es responsable de emitir el acto administrativo de aprobación del PAP, previa opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas , y de acuerdo con los términos defi nidos en el informe de la Dirección de Técnica y de Registró de Información de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos; Que, por su parte, los numerales 16.1 y 16.2 del artículo 16 de la directiva establecen que, una vez notifi cada la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, la entidad del Sector Público tiene un plazo no mayor de diez (10) días hábiles para aprobar el PAP mediante acto administrativo emitido por el Titular de la Entidad, o a quien éste delegue expresamente dicha función; además, la Resolución que aprueba dicho documento de gestión institucional incluye, como anexos, los formatos correspondientes que fueron materia de opinión favorable por la mencionada Dirección General; Que, la de fi nición contenida en el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH), se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Tribunal Constitucional, aprobado por la Resolución Administrativa 196-2022-P/TC, de fecha 30 de noviembre de 2022, recti fi cada mediante la Resolución Administrativa 084-2023-P/TC, establece en su artículo 12 que la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa y de gestión jurisdiccional del Tribunal, dependiendo de la presidencia; Que, mediante O fi cio 090-2024-SG/TC, de fecha 14 de marzo de 2024, el Tribunal Constitucional solicita a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, opinión favorable sobre la propuesta de PAP 2024. Para ello, se cumplió con remitir, entre otros documentos, los informes de las Unidades de Recursos Humanos y Presupuesto, así como los anexos Formato A.1, Formato A.2, Formato A.3, Formato B y Formato C; Que, a través del O fi cio 2904-2024-EF/53.06, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del MEF pone en conocimiento del Tribunal Constitucional el Informe 0436-2024-EF/53.06, por el cual, se emite opinión favorable respecto a la propuesta del Presupuesto Analítico de Personal para el Año Fiscal 2024 correspondiente a la unidad Ejecutora 001-000201 Tribunal Constitucional; Que, atendiendo a los fundamentos señalados en los considerandos precedentes, se requiere aprobar el Presupuesto Analítico de Personal - PAP del Tribunal Constitucional correspondiente al Año Fiscal 2024, a fi n de contar con un documento de gestión institucional en el cual se activen y presupuesten las plazas de los cargos previstos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional, en función a la disponibilidad presupuestal y así garantizar las plazas necesarias para el cumplimiento de las metas y los objetivos institucionales del Ejercicio Presupuestal; En uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Tribunal Constitucional; SE RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto Analítico de Personal - PAP, correspondiente al año fi scal 2024 de la unidad ejecutora 0201: Tribunal Constitucional, y los anexos que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la Dirección General de Administración, a través de la O fi cina de Gestión y Desarrollo Humano, remita copia de la presente Resolución a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos - DGGFRH del Ministerio de Economía y Finanzas con sus respectivos anexos, dentro del plazo legal correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información del Tribunal Constitucional la publicación de la presente resolución y los anexos que forman parte de la misma, en el portal institucional (www. tc.gob.pe). Artículo Cuarto.- COMUNICAR la presente resolución a los señores magistrados, a la Dirección General de Administración, a las O fi cinas de Gestión y Desarrollo Humano, Presupuesto, Asesoría Jurídica, así como al Órgano de Control Institucional, para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO CHE-PIÚ CARPIO Secretario General 2287025-1