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85 NORMAS LEGALES Viernes 10 de mayo de 2024 El Peruano / MSI de fecha 19 de abril de 2024, emitió opinión favorable; Que, la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática, a través el Dictamen N° 003-2024-CAJLI/MSI de fecha 19 de abril de 2024, emitió opinión favorable; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los numerales 8 y 32 del artículo 9º, y el artículo 40º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Municipalidad de San Isidro, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza N° 553- MSI, que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Municipalidad de San Isidro, así como toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión de Personas y demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación, incluido su Anexo, en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Isidro. POR TANTO Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro, a los 29 días del mes de abril de 2024. NANCY R. VIZURRAGA TORREJÓN Alcaldesa 2286653-1 Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de San Isidro 2024 - 2027 ORDENANZA N° 596-MSI LA ALCALDESA DE SAN ISIDRO POR CUANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDROVISTOS: En Sesión Ordinaria de la fecha; el Informe N° 000278-2023-1400-GSCTGRD/MSI de la Gerencia de Seguridad Ciudadana; el Informe N° 017-2024-0510-SPP-GPPDC/MSI de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 014-2024-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; y el Informe N° 026-2024-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; referidos al proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2023, del distrito de San Isidro; el Dictamen 001-2024-CSCFTGRD/MSI de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Fiscalización, Tránsito y Gestión del Riesgo de Desastres; el Dictamen N° 001-2024-CAFRP/ MSI de la Comisión de Administración, Finanzas, Rentas y Presupuesto; el Dictamen N° 002-2024-CAJLI/MSI Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática; y, CONSIDERANDO:Que, los artículos 194° y 197° de la Constitución Política del Perú establecen que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, así como brindan servicios de seguridad ciudadana, con la cooperación de la Policía Nacional del Perú, conforme a Ley; Que, mediante los artículos 3° y 4° de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, Ley Nº 27933 y modi fi catorias, se creó el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) como el sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana, y se establece como instancias integrantes de dicho Sistema, al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, Comités Regionales de Seguridad Ciudadana, Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana y Comités Distritales de Seguridad Ciudadana; los que cuentan con una Secretaría Técnica; Que, el artículo 17°, numeral 17.5, de la citada Ley, en concordancia con el artículo 28° del Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2014-IN, modi fi cada por Decreto Supremo N° 010-2019- IN, establece como función del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana -CODISEC, la de proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana alineado al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo un enfoque de gestión por resultados e intercultural y articulado con los instrumentos del SINAPLAN; Que, los artículos 46° y 47° del citado Reglamento de la Ley N° 27933, establecen que los planes de acción de seguridad ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distrital, y que para la formulación de los planes de acción distritales se tendrá en consideración el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana, el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana y el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, los enfoques transversales en que se sustentan estos, los fenómenos y componentes de intervención priorizados, adaptándolos a la realidad del distrito; y deben estar alineados a los objetivos y metas de los Planes de Desarrollo Concertado de la Región; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0786- 2023-IN se aprueba la Directiva N° 006-2023-IN-DGSC “Lineamientos técnicos para la formulación, aprobación, implementación y actualización de los planes de acción regional, provincial y distrital de seguridad ciudadana”, con el objeto de establecer las disposiciones técnicas para que los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana y sus Secretarías Técnicas formulen, aprueben, implementen y actualicen sus respectivos Planes de Acción Regional, Provincial y Distritales de Seguridad Ciudadana en el marco de las políticas en materia de seguridad ciudadana de fi nidas por el sector interior; Que, de acuerdo al numeral 7.3 de la precitada Directiva N° 006-2023-IN-DGSC, establecen que la Secretaría Técnica del CODISEC remite la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana a los miembros titulares que conforman el CODISEC para sus observaciones y comentarios, y que absuelta dichas observaciones y comentarios, la Secretaría Técnica convoca a sesión ordinaria o extraordinaria el CODISEC para su validación, siendo que los acuerdos se evidencian en un Acta refrendada por los participantes, así como, que una vez validada la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana (PADSC) el Presidente del CODISEC propone al Concejo Municipal su aprobación mediante Ordenanza; Que, en este contexto, mediante el documento del visto, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Gestión del Riesgo de Desastres, en su calidad de Secretaría Técnica del CODISEC, remite el “Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027” del distrito de San Isidro, el mismo que ha sido validado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC San Isidro mediante Acta del 16 de octubre de 2023; Que, a su vez, con los informes del visto, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, y la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto