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82 NORMAS LEGALES Viernes 10 de mayo de 2024 El Peruano / Que, mediante el Informe Técnico Nº 001-2024-OGACM/ MDL de fecha 26 de abril de 2024, la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Municipal emite opinión técnica favorable respecto a la propuesta de iniciativa legislativa del señor Alcalde, denominada “LEY QUE DECLARA DE INTERÉS Y NECESIDAD PÚBLICA LA AMPLIACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA LÍNEA 1 DEL METRO DE LIMA, HASTA EL DISTRITO DE LURÍN”, precisando que, en el distrito de Lurín, es evidente la necesidad de obtener nuevas vías de comunicación respecto al transporte de pasajeros; toda vez que, las vías actuales son administradas por la empresa Rutas de Lima y la Municipalidad Metropolitana de Lima, resultando ser costosas, en razón al incremento reciente de los peajes y de alto congestionamiento, lo cual de un tiempo a esta parte ha generado que el sistema de transporte se tome caótico en el distrito; resultando necesario implementar nuevas alternativas de transporte de pasajeros que reduzcan de modo alguno el problema del transporte en nuestra jurisdicción y distritos aledaños, más aún considerando que dentro del mismo se desarrolla una importante cantidad de actividades comerciales y empresariales, así como actividades personales, en que los vecinos y público en general requieren del traslado “desde” y “hacia” Lurín; y estando a que, hasta la presente fecha no se ha impulsado por el Sector de Transportes y Comunicaciones la materialización de los anuncios de ampliación de la Línea 1 del Metro de Lima hasta el distrito de Lurín; razón por la cual, corresponde, impulsar su puesta en marcha amparados en las herramientas normativas que establece la ley; en ese sentido, remite todos los actuados a la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a efectos de que emita opinión legal respecto a la aprobación de la referida propuesta; Que, a través del Informe Legal Nº 163-2024-OGAJ/ MDL, de fecha 26 de abril de 2024, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la aprobación de la propuesta de iniciativa legislativa del señor Alcalde, denominada “LEY QUE DECLARA DE INTERÉS Y NECESIDAD PÚBLICA LA AMPLIACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA LÍNEA 1 DEL METRO DE LIMA, HASTA EL DISTRITO DE LURÍN”; toda vez que, se enmarca en lo previsto por la Ley de la materia, recomendando, se eleven los actuados al pleno del Concejo Municipal para su deliberación y consecuente aprobación de conformidad con lo previsto en el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, a tráves del Memorándum Nº 260-2024-GM/ MDL, de fecha 26 de abril de 2024, la Gerencia Municipal solicita a la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Municipal, se agende en Sesión de Concejo la Aprobación de la PROPUESTA DE LA INICIATIVA LEGISLATIVA DENOMINADA “LEY QUE DECLARA DE INTERÉS Y NECESIDAD PÚBLICA LA AMPLIACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA LÍNEA 1 DEL METRO DE LIMA, HASTA EL DISTRITO DE LURÍN” planteada por el Señor Alcalde, en atención al informe técnico y legal que obran en el expediente administrativo; Que, mediante el Dictamen de la Comisión de Asuntos Jurídicos Nº 023-2024-CAJ-REG/MDL y el Dictamen de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Fiscalización, Transporte y Gestión de Riesgo de Desastres Nº 003-2024-CSCFTGRD-REG/MDL, ambas de fecha 29 de abril de 2024, se expresan en sentido favorable sobre la Aprobación de la PROPUESTA DE LA INICIATIVA LEGISLATIVA DENOMINADA “LEY QUE DECLARA DE INTERÉS Y NECESIDAD PÚBLICA LA AMPLIACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA LÍNEA 1 DEL METRO DE LIMA, HASTA EL DISTRITO DE LURÍN”; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, precisa que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno a través de ordenanzas y acuerdos; asimismo, el artículo 41º del mismo cuerpo normativo, establece que, los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referido a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad de este órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;Estando a las facultades conferidas en los artículos 39º y 41º de Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y contando con el VOTO UNÁNIME del pleno del Concejo Municpal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se aprobó lo siguiente: ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR, la propuesta de iniciativa legislativa denominada “LEY QUE DECLARA DE INTERÉS Y NECESIDAD PÚBLICA LA AMPLIACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA LÍNEA 1 DEL METRO DE LIMA, HASTA EL DISTRITO DE LURÍN”, con la fi nalidad de cerrar brechas ante las necesidades de transporte e fi ciente a favor de los pobladores de Lurín y aledaños. Artículo Segundo.- PROPONER, al Congreso de la República del Perú, de conformidad con el numeral 13) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la iniciativa legislativa descrita en el Artículo Primero. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Municipal, la remisión del presente Acuerdo de Concejo al Presidente del Congreso de la República del Perú, con la respectiva iniciativa legislativa que contiene la fórmula legal para efectos del trámite parlamentario correspondiente. Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR, a la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Municipal, la publicación del presente Acuerdo de Concejo, en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Sistemas, su publicación en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Lurín. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN RAÚL MARTICORENA PÉREZ Alcalde 2286666-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Convocan a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad de San Borja ejercicio 2024 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2024-MSB-A San Borja, 8 de mayo de 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTO, el Memorándum N° D000093-2024-MSB- GM-OGPPMI de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización Institucional de fecha 29 de abril de 2024, el Informe N° D000040-2024-MSB-OGPV de la O fi cina General de Participación Vecinal de fecha 06 de mayo de 2024, el Informe N° D000069-2024-MSB-GM-OGPPMI-OPMGI de la O fi cina de Planeamiento y Modernización Institucional de fecha 06 de mayo de 2024, el Memorándum N° D000094-2024-MSB-GM-OGPPMI de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización Institucional de fecha 06 de mayo de 2024, el Informe N° D000446-2024-MSB-GM-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica de fecha 07 de mayo de 2024, el Memorándum N° D000354-2024-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 07 de mayo de 2024, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 establece que: “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos