Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2024 (17/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Viernes 17 de mayo de 2024 El Peruano / se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; asimismo, con las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000009 y Nº 0000000101, emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en las referidas actividades, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno dos (2) días después de la fecha programada, sin que éstos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio Nº 3075/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Vicealmirante Oscar Alejandro TORRICO INFANTAS, para que participe en la IX edición de la Feria Internacional de la Industria Naval “NAVALIA 2024”, y realice una visita a las instalaciones logísticas de la Armada Española, en la ciudad de Vigo, Reino de España, del 20 y 24 de mayo de 2024, así como autorizar su salida del país el 18 de mayo y su retorno el 26 de mayo de 2024; Que, a través del O fi cio N° 01226-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 335-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 00708-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Vicealmirante Oscar Alejandro TORRICO INFANTAS, para que participe en la IX edición de la Feria Internacional de la Industria Naval “NAVALIA 2024”, y realice una visita a las instalaciones logísticas de la Armada Española, en la ciudad de Vigo, Reino de España, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Vicealmirante Oscar Alejandro TORRICO INFANTAS, identi fi cado con CIP N° 00808532 y DNI N° 43341389, para que participe en la IX edición de la Feria Internacional de la Industria Naval “NAVALIA 2024”, y realice una visita a las instalaciones logísticas de la Armada Española, en la ciudad de Vigo, Reino de España, del 20 y 24 de mayo de 2024, así como autorizar su salida del país el 18 de mayo y su retorno el 26 de mayo de 2024. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima –Vigo (Reino de España) – Lima clase económicaUS$ 4,867.90 x 1 persona (Incluye importe TUUA) US$ 4,867.90 Viáticos: US$ 540.00 x 1 persona x 5 días US$ 2,700.00 Total a pagar: US$ 7,567.90Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El O fi cial Almirante comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2289424-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Aprueban el Plan Operativo Institucional Multianual 2025-2027 del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0175-2024-MIDAGRI Lima, 14 de mayo de 2024 VISTOS:El Memorando N° 1012-2024-MIDAGRI-SG/OGPP emitido por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 0146-2024-MIDAGRI-SG/OGPP-OPLA de la O fi cina de Planeamiento, sobre la aprobación del Plan Operativo Institucional Multianual 2025-2027 del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Informe N° 0608-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala, entre otros, que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus Objetivos Estratégicos Institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), sujetándose a la normatividad vigente; Que, el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como organismo de derecho público cuya fi nalidad es constituirse como el órgano rector, orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN; Que, el numeral 22.3 del artículo 22 de la Directiva N° 001-2024-CEPLAN/PCD, “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de