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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2024 (17/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Viernes 17 de mayo de 2024 El Peruano / Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1. El Titular del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueba, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Emisión y Destino de los Documentos Cancelatorios – Tesoro Público 3.1 En el marco de lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de la Ley N° 29266, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, emite los Documentos Cancelatorios – Tesoro Público que requiera el Ministerio de Defensa, hasta por la suma aprobada en el artículo 1 del presente Decreto Supremo. 3.2 El referido pliego utiliza los Documentos Cancelatorios – Tesoro Público para el pago de los impuestos que se indican a continuación: 3.2.1 Impuesto General a las Ventas, que le fuera trasladado al Ministerio de Defensa, en las operaciones de adquisición local de bienes o servicios por contrataciones que corresponden al objeto de la Ley N° 29266, hasta por la suma de S/ 21 642 546,00 (VEINTIÚN MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES). 3.2.2 Impuesto a la Renta, que como agente de retención le corresponda abonar al fi sco por las rentas pagadas o acreditadas a sujetos no domiciliados hasta por la suma de S/ 20 357 454,00 (VEINTE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES). 3.3 Los Documentos Cancelatorios - Tesoro Público tienen carácter de no negociable y su caducidad se produce a los cuatro (04) años de su emisión. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2289582-6Designan miembro del Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores, en representación del Banco Central de Reserva del Perú - BCRP RESOLUCIÓN SUPREMA N° 019-2024-EF Lima, 16 de mayo de 2024 CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, aprobado mediante Decreto Ley N° 26126, establece que el Directorio de la SMV es el órgano encargado de aprobar las políticas y objetivos institucionales, sus directores ejercen el cargo por un periodo de seis (06) años y el director que concluya su período puede continuar en el ejercicio del cargo mientras no se designe a su sucesor; Que, el citado artículo 4 dispone que el Directorio de la SMV está compuesto por el Superintendente del Mercado de Valores, quien lo preside, y cuatro (04) directores nombrados por el Poder Ejecutivo mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas; siendo uno (01) de ellos a propuesta del Banco Central de Reserva del Perú - BCRP; Que, mediante la Resolución Suprema N° 003-2018- EF, se designó al señor Jorge Alberto Cerna Morán como miembro del Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores, en representación del Banco Central de Reserva del Perú – BCRP, quien a la fecha ha culminado el periodo máximo para el ejercicio de dicho cargo, por lo que corresponde designar al funcionario que ejerza dicha función; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, aprobado mediante Decreto Ley N° 26126 y modi fi cado por la Ley Nº 29782; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Jorge Alberto Cerna Morán como miembro del Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores, en representación del Banco Central de Reserva del Perú - BCRP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Elías Paulino Minaya Cubillas como miembro del Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores, en representación del Banco Central de Reserva del Perú - BCRP. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2289582-9 EDUCACIÓN Designan Directora General de la Dirección General de Infraestructura Educativa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 225-2024-MINEDU Lima, 15 de mayo de 2024