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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2024 (22/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 110

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de mayo de 2024 El Peruano / nivel de riesgo (Anexo 3 del Manual), como requisito para tramitar el procedimiento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones (ITSE) para establecimientos clasi fi cados con nivel de riesgo muy alto que requieren licencia de funcionamiento, materializada en el numeral 9 «Gerencia de Desarrollo Territorial» del procedimiento 9.1.2 del TUPA de la Municipalidad, aprobado mediante Ordenanza N° 267-2018-MDSB, difundido en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (GOB.PE). (viii) La exigencia de presentar la solicitud de ITSE (Anexo 1 del Manual) indicando el número del reporte del nivel de riesgo (Anexo 3 del Manual), como requisito para tramitar el procedimiento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones (ITSE) para establecimientos clasi fi cados con nivel de riesgo muy alto que no requieren licencia de funcionamiento, materializada en el numeral 9 «Gerencia de Desarrollo Territorial» del procedimiento 9.1.2 del TUPA de la Municipalidad, aprobado mediante Ordenanza N° 267-2018-MDSB, difundido en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (GOB.PE). (ix) La imposición de un plazo de nueve (9) días hábiles para la tramitación del procedimiento de Renovación del certi fi cado de Inspección Técnica de Seguridad en Edifi caciones (ITSE) para establecimientos clasi fi cados con nivel de riesgo bajo que requieren licencia de funcionamiento, materializado en el numeral 9 «Gerencia de Desarrollo Territorial» del procedimiento 9.1.4 del TUPA de la Municipalidad, aprobado mediante Ordenanza N° 267- 2018-MDSB, difundido en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (GOB.PE). (x) La imposición de un plazo de nueve (9) días hábiles para la tramitación del procedimiento de Renovación del certi fi cado de Inspección Técnica de Seguridad en Edifi caciones (ITSE) para establecimientos clasi fi cados con nivel de riesgo bajo que no requieren licencia de funcionamiento, materializado en el numeral 9 «Gerencia de Desarrollo Territorial» del procedimiento 9.1.4 del TUPA de la Municipalidad, aprobado mediante Ordenanza N° 267-2018-MDSB, difundido en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (GOB.PE). (xi) La imposición de un plazo de nueve (9) días hábiles para la tramitación del procedimiento de Renovación del certi fi cado de Inspección Técnica de Seguridad en Edifi caciones (ITSE) para establecimientos clasi fi cados con nivel de riesgo medio que requieren licencia de funcionamiento, materializado en el numeral 9 «Gerencia de Desarrollo Territorial» del procedimiento 9.1.4 del TUPA de la Municipalidad, aprobado mediante Ordenanza N° 267-2018-MDSB, difundido en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (GOB.PE). (xii) La imposición de un plazo de nueve (9) días hábiles para la tramitación del procedimiento de Renovación del certi fi cado de Inspección Técnica de Seguridad en Edifi caciones (ITSE) para establecimientos clasi fi cados con nivel de riesgo medio que no requieren licencia de funcionamiento, materializado en el numeral 9 «Gerencia de Desarrollo Territorial» del procedimiento 9.1.4 del TUPA de la Municipalidad, aprobado mediante Ordenanza N° 267-2018-MDSB, difundido en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (GOB. PE). (xiii) La imposición de un plazo de siete (7) días hábiles para la tramitación del procedimiento de evaluación de condiciones de seguridad en espectáculos públicos deportivos y no deportivos (ECSE) hasta 3,000 personas, materializado en el numeral 9 «Gerencia de Desarrollo Territorial» del procedimiento 9.1.3 del TUPA de la Municipalidad, aprobado mediante Ordenanza N° 267-2018-MDSB, difundido en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (GOB.PE). (xiv) La imposición de un plazo de treinta (30) días hábiles para la tramitación del procedimiento de evaluación de condiciones de seguridad en espectáculos públicos deportivos y no deportivos (ECSE) hasta 3,000 personas, ello en caso se necesite más de 7 días para la ejecución de la infraestructura del evento, materializado en el numeral 9 «Gerencia de Desarrollo Territorial» del procedimiento 9.1.3 del TUPA de la Municipalidad, aprobado mediante Ordenanza N° 267-2018-MDSB, difundido en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (GOB.PE). La ilegalidad de las medidas se fundamenta en que contravienen el numeral 1.1) del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que reconoce el principio de legalidad; el numeral 41.1 del artículo 41 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444; así como el Anexo N° 1 del Decreto Supremo N° 043-2021-PCM. En efecto, el Anexo N° 1 del Decreto Supremo N° 043-2021-PCM establece requisitos distintos para la tramitación de los procedimientos ITSE señalados en las medidas (i) al (viii). Asimismo, el referido anexo establece el plazo de siete (7) días hábiles para la tramitación de los procedimientos de renovación de certi fi cado ITSE señalados en las medidas (ix) al (xii); así como el plazo de seis (6) días hábiles para la tramitación de los procedimientos administrativos indicados en las medidas (xiii) y (xiv). De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1256, se dispuso la inaplicación, con efectos generales, de las barreras burocráticas declaradas ilegales en favor de todos los agentes económicos y/o ciudadanos en general que se vean afectados por su imposición. Este mandato de inaplicación surte efectos a partir del día siguiente de publicado el extracto de la Resolución N° 1010-2023/CEB-INDECOPI en la Separata de Normas Legales del Diario O fi cial El Peruano. VLADIMIR MARTÍN SOLÍS SALAZAR Presidente de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas 2290220-1 Declaran barrera burocrática ilegal lo dispuesto en el Procedimiento N° 166 del TUPA aprobado mediante la Ordenanza Municipal N° 013-2021-MPA/A de la Municipalidad Provincial de Acomayo RESOLUCIÓN FINAL N° 0005-2023/CEB-INDECOPI-CUS AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN:Comisión de la O fi cina Regional del Indecopi de Cusco FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN:17 de noviembre de 2023 BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL: El cobro ascendente a S/ 54.00 (cincuenta y cuatro con 00/100 soles) por concepto de derecho de tramitación del procedimiento administrativo de prescripción de papeleta de infracción al reglamento nacional de tránsito. ENTIDAD QUE LA IMPUSO:Municipalidad Provincial de AcomayoNORMA QUE CONTIENE LA BARRERA BUROCRÁTICA IDENTIFICADA: El Procedimiento N° 166 del TUPA, aprobado mediante la Ordenanza Municipal N° 013-2021-MPA/A de la Municipalidad Provincial de Acomayo. FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN:La razón de la ilegalidad obedece a que la Municipalidad Provincial de Acomayo estableció un cobro por derecho de tramitación para un procedimiento iniciado de o fi cio en el marco de un Procedimiento Administrativo Sancionador. Por ende, contravino el numeral 3) del artículo 53° y el