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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2024 (22/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 110

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de mayo de 2024 El Peruano / Artículo Tercero.- RECONÓZCASE como bene fi ciario al postulante que presente copia de su Certi fi cado de Acreditación de Víctima de la Violencia Política emitido por el Consejo de Reparaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros y/o veri fi cación del sistema de registro único de víctimas dentro de su currículo vitae. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE al Ejecutivo del Gobierno Regional de Huancavelica, disponga la difusión y el cumplimiento de la presente norma en toda convocatoria proceso de selección de personal en todas sus instancias, así como su reglamentación en el plazo de sesenta (60) días hábiles de publicada la presente en el diario el peruano. Comuníquese al señor Gobernador Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica a los 14 días del mes de diciembre de 2023. RICARDO YAURICASA FLORES Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los veintidós días del mes de diciembre de dos mil veintitrés. LEONCIO HUAYLLANI TAYPE Gobernador Regional 2280935-1 Aprueban la reducción del marco presupuestal de la Unidad Ejecutora N° 001 Sede Central del Gobierno Regional de Huancavelica CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 069-2024-GOB.REG.HVCA/CR Huancavelica, 27 de marzo de 2024VISTO:El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Extraordinaria, celebrada el 27 de marzo de 2024, con el voto en mayoría de sus integrantes; CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191° de la Constitución Política modi fi cado por Ley N° 27680-Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31° de la Ley N° 27783-Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2° de la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188° y 192° de la Ley N° 27680-Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fi scalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana.Que, mediante Informe N° 0092-2024-EF/50.07, de fecha 18 de marzo de 2024, la Dirección de Articulación del Presupuesto Territorial de la Dirección General de Presupuesto Público, emite opinión favorable sobre el monto máximo a reducir en el marco presupuestal del Año Fiscal 2024, fi nanciados por los saldos de balance de la Fuente de Financiamiento 18. Canon y sobre canon, regañías, renta de aduanas y participaciones, y 15. Fondo de Compensación Regional-FONCOR, en la Unidad Ejecutora N° 001. Sede Huancavelica, del Gobierno Regional, hasta la suma de S/. 14´230,721.00. Que, conforme dispone el Cuarto párrafo de la Segunda Disposición Transitoria de la Ley N° 31953-Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en los casos que fuera necesario una modi fi cación en las estimaciones de saldos de balance por la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, se autoriza a los gobiernos regionales y gobiernos locales, hasta el 29 de marzo de 2024, para reducir su presupuesto institucional aprobado respecto a los recursos correspondientes a saldos de balance por la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, previa opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público. Las solicitudes de modi fi cación deben presentarse hasta el 8 de marzo de 2024 a la Dirección General de Presupuesto Público. Que, conforme dispone el Quinto párrafo de la Segunda Disposición Transitoria de la Ley N° 31953-Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, establece que la modi fi cación del presupuesto institucional autorizada en la presente disposición se aprueba mediante resolución del Titular de la entidad para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, y mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal para el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, respectivamente. La resolución del titular de la entidad y el acuerdo de consejo regional se publica en el diario O fi cial El Peruano, y el acuerdo del concejo municipal se publica en la sede digital del gobierno local. Copia de la resolución, acuerdo de consejo regional y acuerdo de concejo municipal, según corresponda, se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Que, mediante Informe N° 117-2024/GOB.REG. HVCA/GGR-GRPPyAT, de fecha 22 de marzo de 2024, EL Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento, solicita al pleno del Consejo Regional la aprobación de la reducción del marco presupuestal de rubros de fi nanciamiento Fuente de Financiamiento 18. Canon y sobre canon, regañías, renta de aduanas y participaciones, y 15. Fondo de Compensación Regional-FONCOR, en la Unidad Ejecutora N° 001. Sede Huancavelica, del Gobierno Regional, hasta la suma de S/. 14´230,721.00. Que, conforme dispone el Artículo 39° de la Ley N° 27867-Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional; ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR la reducción del marco presupuestal de la Unidad Ejecutora N° 001 Sede Central del Gobierno Regional de Huancavelica, por la suma de S/.14´230,721.00 (catorce millones doscientos treinta mil setecientos veintiuno y 00/100 Soles), fi nanciados por los saldos de balance de la Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados, Rubro 18. Canon y sobre canon, regalías, renta de aduanas y participaciones, por el monto de S/. 8´230,721 Soles y Rubro 15. Fondo de Compensación Regional-FONCOR, por el monto de S/. 6´000,000.00 para el ejercicio presupuestal 2024. Artículo Segundo.- Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, e