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11 NORMAS LEGALES Jueves 23 de mayo de 2024 El Peruano / De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 004-2024-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1. - Aprobar las Bases Generales de los Juegos Escolares Deportivos y Paradeportivos 2024 “Edición Bicentenario”, las mismas que, como anexo, forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular, a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, a las Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas y al Instituto Peruano del Deporte, en el marco de sus competencias, el cumplimiento de las Bases Generales de los Juegos Escolares Deportivos y Paradeportivos 2024 “Edición Bicentenario”, aprobadas por el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular, la difusión y promoción de los Juegos Escolares Deportivos y Paradeportivos 2024 “Edición Bicentenario” y de las Bases Generales a los que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, a través del portal web del Ministerio de Educación y en las redes sociales oficiales del Ministerio de Educación, a fin de que se garantice la participación de los interesados. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA Viceministra de Gestión Pedagógica 2291132-1 INTERIOR Aprueban la creación de la División de Maniobras contra el Tráfico Ilícito de Drogas - Iquitos, dependiente de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0649-2024-IN Lima, 21 de mayo de 2024VISTOS, el O fi cio Nº 1719-2024-CG PNP/SECEJE- UNITRDOC-ARETDA de la Unidad de Trámite Documentario de la Policía Nacional del Perú; el O fi cio N° 286-2024-SECEJE PNP/DIRPLAINS-DIVMDI de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú; el Memorando N° 000843-2024-IN- OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior; y el Informe N° 000905-2024-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; CONSIDERANDO:Que, conforme al artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Sector Interior comprende al Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú, a los Organismos Públicos y Fondo de Aseguramiento adscrito a él; Que, el artículo 7 de la citada norma legal re fi ere que, el Ministro del Interior con arreglo a la Constitución Política del Perú es la más alta autoridad política del Sector y es responsable de su conducción, tiene como función supervisar y evaluar el cumplimiento de la fi nalidad de la Policía Nacional del Perú; Que, el literal z) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado con Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, señala que el Ministro del Interior en el marco de sus competencias, tiene la función de expedir resoluciones ministeriales correspondientes a su cargo; Que, el artículo 169 del mencionado Texto Integrado dispone que la Constitución Política del Perú, la Ley de la Policía Nacional del Perú y su reglamento determinan la organización y funciones de la Policía Nacional del Perú; precisando que cualquier órgano o unidad orgánica que modi fi que la estructura establecida por su Ley o Reglamento, será aprobada por el Ministerio del Interior a propuesta de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, señala que la Comandancia General es el órgano de Comando de más alto nivel de la Policía Nacional del Perú, encargado de plani fi car, organizar, dirigir y supervisar el desarrollo de la gestión administrativa y operativa de la Policía Nacional del Perú para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional, en un contexto de mejor atención a la ciudadanía y e fi ciente uso de los recursos, en el marco de las políticas sectoriales aprobadas por el Ministerio del Interior; Que, el artículo 114 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2017-IN, establece que las Divisiones de Maniobras contra el Trá fi co Ilícito de Drogas son unidades orgánicas desconcentradas a nivel nacional, de carácter técnico, operativo y especializado; responsables del planeamiento, organización, coordinación, ejecución, control y supervisión de las actividades y operaciones policiales antidrogas del nivel operacional y táctico de interdicción terrestre, aérea, marítima, lacustre y fl uvial, tienen por fi nalidad prevenir, combatir, investigar y denunciar bajo la conducción jurídica del fi scal, a personas naturales, jurídicas y organizaciones criminales dedicadas al trá fi co ilícito de drogas y delitos conexos del crimen organizado, en el ámbito territorial de su responsabilidad; son creadas mediante Resolución Ministerial a propuesta del Comandante General de la Policía Nacional del Perú, contando previamente con la respectiva previsión presupuestal; y, estableciéndose en la Resolución el ámbito territorial que les corresponde; Que, mediante el Informe Administrativo N° 55-2023-DIRNIC PNP/DIRANDRO-SEC-UNIPLEDU.AMD, y el Informe N° 13-2024-DIRNIC PNP/DIRANDRO-SEC-UNIPLEDU-AMD de la Dirección Antidrogas, se sustenta la necesidad de crear de la División de Maniobras contra el Trá fi co Ilícito de Drogas - Iquitos, precisando que el ámbito de responsabilidad territorial de dicha unidad de organización comprenderá el departamento de Loreto, ámbito de competencia de la Región Policial Loreto, con la fi nalidad de apoyar en la ejecución de los operativos policiales antidrogas en el ámbito de dicha región policial, para el cumplimiento del Plan de Operaciones Antidrogas; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N° 162- 2024-EMG PNP/EQUAPEDI, el Equipo de Asesoramiento en Planeamiento Estratégico del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú opina que resulta viable aprobar la creación de la División de Maniobras contra el Trá fi co Ilícito de Drogas - Iquitos, dependiente de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú; Que, con Informe N° 081-04-2024-DIRNIC-PNP/ DIRANDRO-UNIADM-AREPRE, el Área de Presupuesto de la Unidad de Administración de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú informa sobre la disponibilidad de recursos presupuestales asignados a la Unidad Ejecutora 029 DIREJANDRO PNP, destacando la asignación especí fi ca de los recursos para la División de Maniobras contra el Trá fi co Ilícito de Drogas - Iquitos; en ese sentido, la creación de la División de Maniobras