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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2024 (23/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Jueves 23 de mayo de 2024 El Peruano / Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1620, Decreto Legislativo que modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1280 dispone que, mediante Decreto Supremo, con el refrendo del/de la Ministro/a de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se aprueba un nuevo Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento; Que, a través de los documentos de vistos, la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento sustenta y propone el proyecto del nuevo Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, el cual tiene por objeto desarrollar las disposiciones para regular la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento en los ámbitos urbano y rural, así como establecer las funciones, responsabilidades, derechos y obligaciones de las entidades con competencias reconocidas en materia de prestación de los servicios de agua potable y saneamiento; y, los derechos y obligaciones de los usuarios y de los prestadores de servicios; Que, el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario o fi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, conforme al sustento propuesto por la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el nuevo Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280 y su Exposición de Motivos resulta necesaria a fi n de que las personas interesadas formulen sus aportes, comentarios o sugerencias a las medidas propuestas; Que, a través del Informe N° 416-2024-VIVIENDA/ OGAJ, desde el punto de vista legal, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a la emisión de la presente Resolución Ministerial que dispone la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento; De conformidad con la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, y de la Exposición de Motivos que lo sustenta en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Plazo Establecer un plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Información actualizada a su alcance andina.pe DESEAS QUE SU NEGOCIO CREZCA Y TENER MÁS CLIENTES Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima • Central Telefónica: (01) 315-0400 CONTACTO COMERCIAL 996 410 162 915 248 092 ventapublicidad@editoraperu.com.pe