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63 NORMAS LEGALES Viernes 24 de mayo de 2024 El Peruano / VISTOS: La Resolución Administrativa N° 139-2024-CE-PJ de fecha 30 de abril de 2024; la Resolución Administrativa N° 343-2024-P-CSJLI-PJ de fecha 07 de mayo de 2024; y el Ofi cio N° 001-2024-29°JTL-DGR de fecha 22 de mayo de 2024; y, CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 139-2024-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso, entre otros, que a fi n de equiparar las cargas procesales del 23°, 24°, 25°, 26°, 27°, 28°, 29°, 34° y 35° Juzgados de Trabajo Permanentes esta Corte Superior de Justicia, que tramitan expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral (PCAL), se dispuso que estos juzgados permanentes redistribuyan aleatoriamente hacia el 2°, 3°, 9°, 16° y 17°Juzgados de Trabajo Transitorios, un máximo de 120, 30, 140, 110, 560, 420, 20, 120 y 30 expedientes, respectivamente, de la subespecialidad contencioso administrativo laboral, en etapa de trámite más antiguos que no se encuentren expeditos para sentenciar al 15 de mayo de 2024. Segundo. Al respecto, esta Presidencia a fi n de ejecutar las medidas dispuestas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial emitió la Resolución Administrativa N° 343-2024- P-CSJLI-PJ, disponiendo las medidas administrativas complementarias a considerar para la redistribución de expedientes, otorgando un plazo de ocho (8) días hábiles contados desde el día siguiente a la remisión de la relación de expedientes seleccionados aleatoriamente por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Tercero. Que, mediante el o fi cio de vistos la Jueza Coordinadora de los Juzgados de Trabajo PCAL expone que para cumplir con la remisión completa de expedientes se requiere ubicar los expedientes seleccionados por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, para tal fi nalidad, además de proveer escritos que tengan los mismos, coser, folear y empaquetar, y pese a los esfuerzos desplegados por los jueces y auxiliares jurisdiccionales, aún no se culmina con dicha labor, lo que di fi culta que se pueda cumplir con la remisión en el plazo señalado, por lo que se solicita a la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia se amplíe y/o conceda un plazo adicional para poder culminar con la remisión de expedientes conforme a lo dispuesto en las resoluciones administrativas de los órganos de gestión. Cuarto. Estando a lo expuesto, resulta necesario adoptar las medidas que respondan al cumplimiento de la redistribución de expedientes dispuesta por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, advirtiendo que los expedientes faltantes se encuentran preparados y listos para ser recepcionados por la Mesa de Partes correspondiente Quinto. Estando a lo expuesto, resulta necesario adoptar las medidas que respondan al cumplimiento de la redistribución de expedientes dispuesta por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, advirtiendo que los expedientes faltantes se encuentran preparados y listos para ser recepcionados por la Mesa de Partes correspondiente. Sexto. La Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima es la máxima autoridad administrativa de este Distrito Judicial, con competencia para dictar las medidas administrativas pertinentes y necesarias que conlleven al mejoramiento del servicio de administración de Justicia en sus distintos niveles y áreas. Sétimo. Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 y 9 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa N° 090-2018-CE-PJ de fecha 14 de marzo del 2018; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AMPLIAR el plazo para la remisión y redistribución de expedientes dispuesta en el artículo sétimo de la resolución administrativa N° 343-2024-P-CSJLI-PJ, hasta el 24 de mayo de 2024, debiendo observarse todos los lineamientos dispuestos en la citada resolución administrativa, bajo responsabilidad. Artículo Segundo.- DISPONER que el Centro de Distribución General realice las acciones necesarias y brinde las facilidades pertinentes para la recepción y redistribución de los expedientes remitidos por los Juzgados de Trabajo Permanentes PCAL remitentes. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la O fi cina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control de la Corte Superior de Justicia de Lima, la Gerencia de Administración Distrital y de la Administradora del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Lima, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ Presidente de la CSJLima 2291343-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan misión en el exterior a Especialista en Programa Monetario de la Gerencia de Política Monetaria para participar en evento a realizarse en Suiza RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0019-2024-BCRP-N Lima, 30 de abril de 2024CONSIDERANDO QUE:Se ha recibido invitación del Programa de Asistencia Bilateral y Capacitación para Bancos Centrales (BCC) para la presentación del trabajo de investigación BCC Research Project “Is Foreign Exchange Intervention through derivative instruments effective? An analysis of the Peruvian Case”, en el Geneva Graduate Institute, fi nanciado por la Swiss State Secretariat for Economic Affairs (SECO), que se realizará del 27 de mayo al 1 de junio de 2024, en la ciudad de Lausana, Suiza; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales para el cumplimiento de sus funciones; La Gerencia de Política Monetaria tiene entre sus objetivos proveer de análisis, proyecciones y propuestas de política monetaria para defender la estabilidad monetaria; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°27619, su Reglamento, el Decreto Supremo N°047-2002-PCM y sus normas modi fi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión del 11 de abril de 2024; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Flavio Abanto Salcedo, Especialista en Programa Monetario de la Gerencia de Política Monetaria, del 27 de mayo al 1 de junio de 2024,a la ciudad de Lausana, Suiza, y el pago de los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, a fi n de que intervengan en el evento indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: